Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

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Tema cerrado: le revocaron a Juan Suris la autorización para viajar al exterior

Lo hizo la Cámara Federal bahiense, al aceptar una apelación del fiscal Santiago Ulpiano Martínez, en el marco de la causa por lavado de activos.
 

   El viaje de placer al exterior que Juan Ignacio Suris y su familia tenían programado, desde mañana y durante un mes, quedó definitivamente invalidado.

   Es que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca acaba de revocar la autorización que le había concedido la Justicia en primera instancia.

   Lo hicieron los jueces Roberto Daniel Amabile, Pablo Esteban Larriera y Leandro Sergio Picado, tras aceptar el recurso presentado por el fiscal de instrucción Santiago Ulpiano Martínez, a partir de la causa que se instruye por lavado de activos.

   Esta resolución se da casi al tiempo que dos salas de la Cámara Federal de Casación Penal (la I y la III) habían aceptado una queja planteada por el fiscal de juicio, Gabriel González Da Silva, quien actuó por las causas contra Suris que esperan debate: asociación ilícita fiscal (facturas truchas) y narcotráfico.

   Días atrás Suris había sido autorizado para realizar un viaje turístico junto a su mujer y sus dos hijos a Dubai, Egipto y la Riviera Maya, pese a que espera los dos juicios y tiene abierta la causa por el lavado de dinero.

   El fiscal Martínez (foto) planteó que afronta "un cúmulo de causas de enorme gravedad y trascendencia" y destacó que ya se había profugado de la acción de la justicia oportunamente y que la pena en expectativa en su contra es "altísima".

   "El itinerario del viaje no solo significa un riesgo procesal, sino que evidencia una capacidad económica asombrosa expuesta por una persona a quien no se le conoce actividad lícita y que demuestra un evidente desinterés frente a la sanción penal e intrínseca falta de respeto al sistema judicial", amplió el fiscal en el recurso.

Argumentos de la Cámara

   Los camaristas que revocaron la autorización de salida de Suris remarcaron que en la causa de lavado (por la cual apeló Martínez) ya fue indagado bajo la sospecha de haber ingresado en el circuito comercial legal, en fechas exactas desconocidas, pero desde 2008 en adelante (solo en 2011 fueron más de 7 millones de pesos), el dinero obtenido a partir de las actividades ilegales.

   La gravedad del delito "determina la necesidad de restringir la salida del país del encartado, a los fines de asegurar su sujeción al proceso".
También destacaron los riesgos procesales y sus antecedentes de haberse profugado, que "resultan indicadores de un posible peligro de fuga".

   También reconocieron que no existen tratados de extradición con los países de destino y que la finalidad del viaje no responde a cuestiones laborales, de salud u otro motivo plausible de atender.

   De todas maneras, la Cámara remarcó que la denegatoria a salir del país luce como "una limitación mínima y proporcional" y que la restricción que puede sufrir es "sensiblemente menor" a si por su fuga no puede realizarse su juzgamiento.

   "La prohibición en cuestión no importa desconocer el derecho del solicitante de ejercer su libertad ambulatoria", agregaron.