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Los resultados encontrados corresponden al Domingo 26 de Julio de 2026
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 3 Secretaría Unica, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, cita y emplaza por Treinta Dias a herederos y acreedores de Margarita Haydee Iriarte. Bahía Blanca, 17 de julio de 2026. Fdo. Silvia Andrea Bonifazi, secretaria.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Miguel Angel Tombesi. Bahía Blanca, 15 de Julio de 2026. Fdo. Gabriela Mercuri, auxiliar letrada adscripta.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Roberto Leonardo Bueno. Bahia Blanca, de Julio de 2026. Fdo. Silvina Andrea Nasini, auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaria Unica de Bahía Blanca, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Cintia Antonela Kees para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten. Bahía Blanca 16 de Julio de 2026. Fdo. Adriana Patricia Lopez, auxiliar letrado.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca Nº 1, cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores de Hugo Maximiliano Muñiz. Bahía Blanca, 16de junio de 2026. Fdo. Maria Damiana Frias, secretaria.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Paz Letrado de Coronel Dorrego cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Such Monica Susana. Coronel Dorrego, 14 de Julio De 2026. Fdo. Liliana Amali Fadel, secretaria.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Enrique Felix Gayubo. Bahía Blanca, 16 días de Junio de 2026- Virginia G. Grassi. Auxiliar Letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Sandra Vargas Rodriguez. Bahía Blanca, 17 de Julio de 2026. Fdo. Virginia G. Grassi. auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Blanca Elba Hernandez y/o Blanca Elva Hernandez. Bahía Blanca, 17 días de Julio de 2026- Virginia G. Grassi. Auxiliar Letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Silvana Beatriz Compagnoni. Bahía Blanca, 24 de Junio de 2026. Fdo. Virginia G. Grassi, auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Miguel Angel Demes . Bahía Blanca, 16 de Julio de 2026. Fdo. María Verónica Santecchia, auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Estelina Mercedes Heiland Sauer. Bahía Blanca, 3 días de Junio de 2026. Fdo. Germán Gabriel Human. auxiliar letrado.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Jorge Gustavo Ciccioli. Bahía Blanca, 17 de Julio de 2026. Fdo. Virginia G. Grassi. auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Mauricio Walaj. Bahía Blanca, 15 días de Julio de 2026. Fdo. Virginia G. Grassi, auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5, Secretaría Unica, del Departamento Judicial Bahía Blanca, cita y emplaza por Treinta Dias a herederos y acreedores de Manino Celestino y Dech Catalina. Bahía Blanca, 5 de diciembre de 2025. Fdo. Juan Manuel Blanpain, secretario.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Daniel Juan Castelnuovo, Bahía Blanca, 5 de Junio de 2026. Fdo. María Verónica Santecchia, auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Paz Letrado de Coronel Suárez, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Alberto Gomez. Coronel Suárez, 15 de julio de 2026. Fdo. Larumbe Leandro, secretario.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Unica de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Maria Elena Tiracchia. Bahía Blanca, 17 de Julio de 2026. Fdo. Virginia G. Grassi, auxiliar letrada.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Paz Letrado de Coronel Suarez , Secretaría Unica, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Hugo Omar Quaranta. Coronel Suárez, 17 de junio de 2026 . Fdo. Gonzalo Frers, auxiliar letrado.
I-25/7-F-27/7
El Juzgado de Paz Letrado de Coronel Suarez, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Fernando Eugenio Schamber y Maria Magdalena Fibiger. Coronel Suárez, 16 de julio de 2026. Fdo. Frers Gonzalo , auxiliar letrado,
I-25/7-F-27/7
El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Bahía Blanca, hace saber que el martillero Gonzalo Cos (1530), en autos Chidi María Elisa S/ Incidente de Venta Inmueble (Matrícula 71342/14 del Partido de General Pueyrredón, expediente 58030, subastará electrónicamente: iniciando el 12/8/2026 a las 11 hs., finalizando el 27/8/2026, a las 11 hs.el 50% indiviso de una cochera ubicada en la calle Arenales Nº 2.938/ 42/ 46/ 48, cochera, entre las calles Alvarado y Castelli de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, nom. cat.: Circ. VI, Sección D, Manzana 280-D, Parcela 24-a, Subpar. 14, Políg. I-15, partida 337.533. matrícula 71342/14 (45), sup.16 m2. Precio de Reserva $ 5.333.333,33. Depósito de garantía $ 266.666,67. Desocupado. Exhibición 3/8/2026 de 12 a 13 horas. Aquel interesado en participar en la subasta deberá abonar el importe correspondiente al depósito de garantía como mínimo 3 días hábiles, antes al inicio de la puja virtual, en cta. de autos Nº 592710/7, CBU 0140437527620659271072, CUIT 30-70721665-0. Bco. Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales Bahía Blanca. Seña 10% del precio de subastadeduciendo el 5% del depósito en garantía- que el comprador deberá depositar, en el plazo de cinco días de finalizada la subasta electrónica; debiendo acompañar en autos en la oportunidad de realizarse la audiencia del art. 38 del Anexo I de la Ac. 3604/12 SCBA, la boleta pertinente, con la documentación que acredite su identidad y constituyendo domicilio dentro del radio del Juzgado. El comprador deberá abonar al martillero la comisión 5% + iva + adicional de ley dentro de las 48 hs. de finalizada la subasta y suscribir en acta del art. 36 Acord. 3604. El comprador deberá depositar el saldo del precio, descontando el importe depositado en concepto de seña en el Bco. Pcia. Bs. As. o transferir electrónicamente los fondos a la cuenta judicial, dentro del quinto día de notificada ministerio legis la providencia que apruebe el remate (art. 581, CPCC). Caso contrario, rige el art. 585 del CPC (postor remiso). Audiencia de Adjudicación: 8/10/2026, 11 Hs. en Sede del Juzgado, Estomba 34, 4º piso, debiendo comparecer el adjudicatario munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, saldo de precio, además de la constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta, comprobante de haber abonado la comisión, iva y adicional de ley correspondiente al martillero. Si la compra se efectúa en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente en el momento mismo de la registración a la subasta (art. 21 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A.), quien deberá ser postor inscripto para la subasta en cuestión, y deberá ratificarse dicha indicación presentándose el comisionista y el comitente en la audiencia dispuesta por el art. 38 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A. munidos de la documentación pertinente. Se autoriza la cesión del derecho del postor ganador y eventual comprador hasta tanto se hayan completado los trámites de la venta judicial. Los postores deberán encontrarse registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema (Guemes 102, B.Bca.). Mayores informes: remates@rozasdennis.com. Tel/. WhatsApp 291- 156421622. Bahía Blanca, 5 de mayo de 2026. Fdo. Federico Martín Scippa, auxiliar letrado.
I-12/7-P/A-26/7
El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Bahía Blanca, hace saber que el martillero Gonzalo Cos (1530), en autos Chiodi Maria Elisa S/ Incidente de Venta Inmueble (Matrícula 71342/31 del Partido de General Pueyrredon, expediente 58031, subastará electrónicamente: iniciando el 12/8/2026 a las 10 hs., finalizando el 27/8/2026, a las 10 hs.el 50% indiviso de un departamento sito en calle Arenales Nº 2.938/ 42/ 46/ 48, planta baja, departamento K, entre las calles Alvarado y Castelli de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Nom. Cat.: Circ. VI, Sección D, Manzana 280-D, Parcela 24-a, Subp. 31, Polígono 00-06, partida 337.550 matrícula 71342/31 (45), Superficie 58 m2.- Precio de Reserva $ 21.000.000. Depósito de garantía $ 1.050.000. Desocupado. Exhibición 3/8/2026 de 12 a 13 horas. Aquel interesado en participar en la subasta deberá abonar el importe correspondiente al depósito de garantía como mínimo 3 días hábiles, antes al inicio de la puja virtual, en cta. de autos Nº 592711/1, CBU 0140437527620659271119, CUIT 30-70721665-0. Bco. Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales Bahía Blanca. Seña 10% del precio de subasta- deduciendo el 5% del depósito en garantía- que el comprador deberá depositar, en el plazo de cinco días de finalizada la subasta electrónica; debiendo acompañar en autos en la oportunidad de realizarse la audiencia del art. 38 del Anexo I de la Ac. 3604/12 SCBA, la boleta pertinente, con la documentación que acredite su identidad y constituyendo domicilio dentro del radio del Juzgado. El comprador deberá abonar al martillero la comisión 5% + iva + adicional de ley dentro de las 48 hs. de finalizada la subasta y suscribir en acta del art. 36 Acord. 3604. El comprador deberá depositar el saldo del precio, descontando el importe depositado en concepto de seña en el Bco. Pcia. Bs. As. o transferir electrónicamente los fondos a la cuenta judicial, dentro del quinto día de notificada ministerio legis la providencia que apruebe el remate (art. 581, CPCC). Caso contrario, rige el art. 585 del CPC (postor remiso). Audiencia de Adjudicación: 8/10/2026, 11,30 Hs. en Sede del Juzgado, Estomba 34, 4 piso, debiendo comparecer el adjudicatario munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, saldo de precio, además de la constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta, comprobante de haber abonado la comisión, iva y adicional de ley correspondiente al martillero. Si la compra se efectúa en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente en el momento mismo de la registración a la subasta (art. 21 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A.), quien deberá ser postor inscripto para la subasta en cuestión, y deberá ratificarse dicha indicación presentándose el comisionista y el comitente en la audiencia dispuesta por el art. 38 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A. munidos de la documentación pertinente. Se autoriza la cesión del derecho del postor ganador y eventual comprador hasta tanto se hayan completado los trámites de la venta judicial. Los postores deberán encontrarse registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema (Güemes 102, B.Bca.). Mayores informes: remates@rozasdennis.com. Tel/. WhatsApp 291156421622. Bahía Blanca, 5 de mayo de 2025. Fdo. Federico Martín Scippa, auxiliar letrado.
I-12/7-P/A-26/7
El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Bahía Blanca, hace saber que el martillero Gonzalo Cos (1530), en autos Casa Humberto Lucaioli S.A. S/ Incidente de Venta (Matrículas 78101, 29914, 73598, 81109 y 2250 de Bahía Blanca), expediente 58.069, subastará electrónicamente: iniciando el 20/8/2026 a las 11 hs., finalizando el 3/9/2026, a las 11 hs. Los inmuebles identificados con las matrículas 78101, 29914; 73598; 81109 y 2250 del partido de Bahía Blanca, poseen todos frente sobre la calle Patricios 845/ 853/ 863/ 875/ 881 de la ciudad de Bahía Blanca, (57 metros de frente), donde funcionaba gran parte de la casa central de la fallida, comprendiendo las parcelas 16-a, 17-b, 19-b y la 19-c. La subasta se realizara en block por las características de las construcciones, unificaciones edilicias, primer piso con dos accesos en las seis parcelas. Superficie de terreno 2.043 metros cuadrados, con 4.248 metros cuadrados construídos, (2.000 en planta baja, 1648 en primer piso y 600 en segundo piso). Salón principal, con ascensor, oficinas, depósitos, sanitarios, cocinas, pequeño patio todo en planta baja, en el primer piso existen oficinas, sala de directorio, depósitos, baños, cocina, con tres escaleras de acceso, y al segundo piso tan solo una escalera donde existen depósitos. Frente sobre calle Patricios. Nomencaltura Catastral: Circ. I, Secc. D, Manzana 301, a) Matrícula 78.101, parcela 16-4, Partida 16679. b) Matrículas 22914 y 73598, parcela 17-b, Partida 31729. c) Matrícula 81109, parcela 19-b, Partida 30067. d) Matrícula 2250, parcela 19-c, Partida 30066. La parcela 17-b, ha sido conformada por la unificación de las parcelas 17-a, 18 y 19-a, según cédula de fecha 1-9-97, legajo nº 1945, folio Nº 114. En el estado en que se encuentra. Precio de reserva $ 784.000.000. Depósito de garantía $ 39.200.000. Desocupado. Exhibición 10/8/2026 de 12 a 14 horas. Aquel interesado en participar en la subasta deberá abonar el importe correspondiente al depósito de garantía como mínimo 3 días hábiles, antes al inicio de la puja virtual, en cta. de autos Nº 591660/1, cuyo CBU es 0140437527620659166017, CUIT 30-70721665-0. Bco. Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales Bahía Blanca. Seña 10% del precio de subasta- deduciendo el 5% del depósito en garantía- que el comprador deberá depositar, en el plazo de cinco días de finalizada la subasta electrónica; debiendo acompañar en autos en la oportunidad de realizarse la audiencia del art. 38 del Anexo I de la Ac. 3604/12 SCBA, la boleta pertinente, con la documentación que acredite su identidad y constituyendo domicilio dentro del radio del Juzgado. El comprador deberá abonar al martillero la comisión 5% + iva + adicional de ley dentro de las 48 hs. de finalizada la subasta y suscribir en acta del art. 36 Acord. 3604. El comprador deberá depositar el saldo del precio, descontando el importe depositado en concepto de seña en el Bco. Pcia. Bs. As. o transferir electrónicamente los fondos a la cuenta judicial, dentro del quinto día de notificada ministerio legis la providencia que apruebe el remate (art. 581, CPCC). Caso contrario, rige el art. 585 del CPC (postor remiso). Audiencia de Adjudicación: 15/10/2026 a las 11 hs. en la sede del Juzgado, Estomba 34, 4º piso, debiendo comparecer el adjudicatario munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, saldo de precio, además de la constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta, comprobante de haber abonado la comisión, iva y adicional de ley correspondiente al martillero. Los inmuebles reconocen hipotecas que no cargara el comprador. Si la compra se efectúa en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente en el momento mismo de la registración a la subasta (art. 21 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A.), quien deberá ser postor inscripto para la subasta en cuestión, y deberá ratificarse dicha indicación presentándose el comisionista y el comitente en la audiencia dispuesta por el art. 38 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A. munidos de la documentación pertinente. Se autoriza la cesión del derecho del postor ganador y eventual comprador hasta tanto se hayan completado los trámites de la venta judicial. Los postores deberán encontrarse registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema (Guemes 102, B.Bca.). Mayores informes: www.rozasdennis.com. Tel/. WhatsApp 291156421622. Bahía Blanca, 3 de julio de 2026. Fdo. Federico Martín Scippa, auxiliar letrado.
I-12/7-P/A-3/8
El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Bahía Blanca, hace saber que el Martillero Gonzalo E. Cos (1530), en autos "Casa Humberto Lucaioli S.A. S/Incidente de Venta (Bienes Muebles)" Expte. Nº 54.610, subastará electrónicamente iniciando el 31/8/2026, finalizando el 14/9/2026, a las 11 Hs. Subasta 27: Un equipo frío-calor con su correspondiente torre marca Scroll Power. Precio de Reserva $ 3.500.000. Dicho bien se encuentra en el patio del inmueble sito en calle Sixto Laspiur 621 de la ciudad de Bahía Blanca. Sin Depósito en garantía. Bienes en estado que se encuentran. Para más información, consultar expediente. Interesados inscribirse en Registro de Subastas Elect. Exhibición 19/8/2026 de 13 a 14 hs. Conf. art. 36 del Ac. 3604, el comprador deberá suscribir el acta dentro de las 48 horas de finalizada la subasta con el martillero interviniente, momento en que deberá abonar la seña del 10%, Comisión 8% + IVA + 10% adicional de ley, debiendo constituír domicilio dentro del radio del juzgado bajo apercibimiento de tenerlo en sus estrados. El saldo deberá ser depositado en la cuenta de autos, dentro del quinto día de notificada la aprobación (art. 581 CPCC). Caso contrario, rige el art. 585 del CPC (postor remiso). El bien será retirado una vez aprobada la subasta y dado cumplimiento al saldo de precio. Cuenta Bco. Pcia. Bs. As., Sucursal Tribunales B. Bca. nº 566550/5, CBU 0140437527620656655059, CUIT 30-70721665-0. Se admite compra en comisión, comitente debe ser denunciado en el acto y debe estar inscripto en Registro de Subastas. No se restringió la cesión del derecho derivado de la postura ganadora, antes de cumplida la venta. Demás condiciones e inventarios completos en expediente. Bahía Blanca, 2 de junio de 2026. Fdo. Federico Martín Scippa, auxiliar letrado.
I-19/7-P/A-26/7
El Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca cita y emplaza a Belen Estrella Rempel, DNI 34.907.809 por el término de diez días para que comparezca a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "Rempel, Pilar Estrella S/ Abrigo" (Expte. Nro. 79293), bajo apercibimiento de designarle como Defensor al de Pobres y Ausentes y de proseguir el trámite sin su intervención. Bahía Blanca, 15 de Julio de 2026. Fdo. Carolina Schwerdt auxiliar letrada.
I-19/7-P/A-26/7
El Juzgado de Familia Nº 4 del Departamento Judicial Bahía Blanca cita ymplaza a Víctor Eduardo Morales (DNI: 16.493.314) por el término de diez días para que comparezca a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "Morales Zurita Mikeas Valentin S/ Abrigo" (Expte. Nro. 20712), bajo apercibimiento de designarle como Defensor al de Pobres y Ausentes y de proseguir el trámite sin su intervención. Bahía Blanca, 15 de julio de 2026. Fdo. Julieta Martellini secretaria.
I-19/7-P/A-26/7
Cítese a Macarena Soledad Rivera mediante edictos que se publicarán por dos días en el Boletín Judicial de la Plata y diario La Nueva de esta ciudad, para que dentro del plazo de cinco días -con más la ampliación que por la distancia corresponda- comparezca a contestar la demanda promovida, bajo apercibimiento de designarse por sorteo una Defensora Oficial para su representación en el proceso (Arts. 145, 341 y concs., CPC).- Ofíciese a la Delegación de Administración del Departamento Judicial de Bahía Blanca a fin de solicitarle que tenga a bien disponer los medios necesarios para la publicación de los edictos en el Diario La Nueva Provincia de esta ciudad, e informe su resultado a la brevedad. Fdo.: Salaberry Maria Celia, juez.
I-19/7-P/A-26/7
El Juzgado Civil y Comercial Nº 5 del Departamento Judicial de Bahía Blanca hace saber que el día 3 de septiembre de 2026 procederá a la destrucción de los expedientes de trámite ante este organismo y que a continuación se detallan: Destrucción de 965 Expedientes (25 legajos). que fueran iniciados entre los años 1983 Y 2015, dejándose aclarado que hay además 4 expedientes iniciados entre 1953 y 1972. Ello fue autorizado mediante resolución de fecha 30/4/26 (JCC 12/2026). Se encuentra a disposición en la mesa de entrada del Juzgado la nómina de los expedientes, a los fines de formular en el plazo de veinte días las presentaciones y oposiciones previstas en el art. 120 de la Ac. 3397. Bahía Blanca, 14 de julio de 2026 Fdo. Juan Manuel Blanpain, secretario.
I-19/7-P/A-2/8
El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Bahía Blanca, hace saber que el martillero Hugo V. Ruesga (1248), en autos Lumadi S.A. S/ Concurso Preventivo (Pequeño) Hoy Quiebra, expediente Nº 109094, subastará electrónicamente: iniciando el 7/9/2026 a las 11 hs., finalizando el 21/9/2026, a las 11 hs.un inmueble sito en la localidad de General Daniel Cerri, Partido de Bahia Blanca, Nom. Catast.: Circ. XIII, Secc. K, Qta. 222, Parc. 5, Partida 36.597, mide 110 metros por cada uno de sus lados. Superficie 12.100 m2. con frente a las calles Lugones (abierta), Armando Antozzi (cerrada), Buenos Aires (cerrada) y J.H. Hours (cerrada). Precio de reserva $ 47.500.000. Depósito de garantía $ 2.375.000. Desocupado. Exhibición 26/8/2026 de 12 a 13 horas. Aquel interesado en participar en la subasta deberá abonar el importe correspondiente al depósito de garantía como mínimo 3 días hábiles, antes al inicio de la puja virtual, en cta. de autos Nº 570492/5, CBU 0140437527620657049255, CUIT 30-70721665-0. Bco. Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales Bahía Blanca. Seña 10% del precio de subasta que el comprador deberá depositar, en el plazo de 5 días de finalizada la subasta electrónica; debiendo acompañar en autos en la oportunidad de realizarse la audiencia del art. 38 del Anexo I de la Ac. 3604/12 SCBA, la boleta pertinente, con la documentación que acredite su identidad y constituyendo domicilio dentro del radio del Juzgado. El comprador deberá abonar al martillero la comisión 5% adicional de ley y suscribir en acta del art. 36 Acord. 3604. El comprador deberá depositar el saldo del precio, descontando el importe en concepto de seña y de depósito en garantía, en el Bco. Pcia. Bs. As. o transferir electrónicamente los fondos a la cuenta judicial, dentro del quinto día de notificada ministerio legis la providencia que apruebe el remate (art. 581, CPCC). Caso contrario, rige el art. 585 del CPC (postor remiso). Audiencia de Adjudicación 21/10/2026 a las 10 Hs. a realizarse en la sede del Juzgado, Estomba 34, 2º piso, debiendo comparecer el adjudicatario munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, saldo de precio, además de la constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta, comprobante de haber abonado la comisión, iva y adicional de ley correspondiente al martillero. Si la compra se efectúa en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente en el momento mismo de la registración a la subasta (art. 21 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A.), quien deberá ser postor inscripto para la subasta en cuestión, y deberá ratificarse dicha indicación presentándose el comisionista y el comitente en la audiencia dispuesta por el art. 38 de la Ac. 3604 de la Excma. S.C.J.B.A. munidos de la documentación pertinente. Se autoriza la cesión del derecho del postor ganador y eventual comprador hasta tanto se hayan completado los trámites de la venta judicial. Los postores deberán encontrarse registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema (Güemes 102, B.Bca.). Mayores informes: www.rozasdennis.com. Tel/. WhatsApp 291156421622. Bahía Blanca, 22 de junio de 2026. Fdo. Fernando Hugo Fratti, secretario.
I-19/7-P/A-16/8
El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Bahía Blanca, cita y emplaza por dos días en el Boletín Oficial de La Plata y diario "La Nueva" de la ciudad de Bahía Blanca, en autos "Marzola, Raquel C/ Valdes, Eulogia S/ Prescripción Adquisitiva Larga" Expte. 112377, citándose a la demandada Eulogia Valdes, para que dentro del plazo de diez días, conteste la demanda y comparezca a estar a derecho, con la advertencia de que si no lo hiciere se le nombrará a la Sr/a. Defensor/a Oficial Departamental; y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II; Sección B, Chacra 131, Manzana 131 N, Parcela 16, Partida 007-21562, Folio nº 836 del Año 1917 del partido de Bahía Blanca (007), para que dentro de igual término comparezcan a estar a derecho. Se expide el presente en la fecha en que fuera firmado digitalmente en Bahía Blanca. 15 de julio de 2026. Fdo. Eduardo J. Acosta, auxiliar letrado.
I-25/7-F-26/7
El Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Secretaría Unica, del Departamento Judicial de Bahía Blanca en los autos caratulados: "Banco De Galicia Y Buenos Aires S.A. c/ Alma Brava Distribuidora Y Servicios S.R.L. S/Cobro Eecutivo", Expediente 68404, cita y emplaza Andrea S. Schwindt a fin que oponga excepciones legítimas dentro del plazo de cinco días bajo apercibimiento de nombrarle Defensor de Ausentes en turno del Departamento Judicial. Bahía Blanca, 6 de julio de 2026. Fdo. Natalia Guillermina, Aramayo, auxiliar letrado.
I-25/7-F-26/7
El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Bahía Blanca, Secretaría no 4 sito en calle Belgrano Nº 274 de la ciudad de Bahía Blanca, en autos: "Banco De La Nacion Argentina c/ Frank, Federico Daniel s/ Cobro De Pesos / Sumas De Dinero" (Expte. nº 3134/2024), cita a Federico Daniel Frank DNI 30.690.238, para que el termino de quince días comparezca a constituir domicilio y contestar demanda, bajo apercibimiento de designar Defensor oficial. Bahía Blanca, 13 de julio de 2026. Fdo, María Gabriela Marrón. Juez Federal.
I-25/7-F-26/7
El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Bahía Blanca, Secretaría Nº 4 sito en calle Belgrano Nº 274 de la ciudad de Bahía Blanca, en autos: "Vázquez, Luis Rolando c/Compañía Puntaltense S.A. y Otro s/Daños Varios" (Expte. Nº 342/2020), cita a los herederos del co-demandado Osvaldo Antonio Román, para que al término de Cinco (5) Días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial. Fdo. María Gabriela Marrón, juez federal. Bahía Blanca, 13 de julio de 2026. Fdo. Gabriela Natividad Costa, secretaria federal.
I-25/7-F-26/7
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de Bahía Blanca, cita y emplaza a Francisco Paulo Fittipaldi y/o Francesco Paolo Fittipaldi a fin de que haga valer sus derechos en los autos "Fittipaldi, Francisco Paulo s/ ausencia con presunción fallecimiento" Expte. Nº 77463. Bahia Blanca, 18 de marzo de 2026. Fdo. Juan Esteban Viglizzo, secretario.
I-26/7-F-26/7
El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Bahia Blanca, cita y emplaza por un día a Juan Domingo Ramos en el Boletín Oficial de La Plata y diario "La Nueva" de la ciudad de Bahía Blanca para que dé y pague en autos la suma de Cuarenta Y Nueve Mil Ochocientos Pesos Con 14/100 reclamada con más la de Veinticuatro Mil Novecientos Pesos presupuestada para responder a intereses, costos y costas del proceso, dentro del último día de la publicación de edictos, y en caso negativo cítaselo y emplázaselo para que dentro del término de CINCO días comparezca a oponer excepciones en autos, con la advertencia de que se le nombrará a la Sra. Defensora Oficial Departamental, en autos "Banco De La Provincia De Buenos Aires C/ Ramos Juan Domingo S/ Cobro Ejecutivo" Expte.Nº 106752. Se expide el presente en la fecha en que fuera firmado digitalmente en Bahía Blanca. Conste.- Bahía Blanca, 9 de febrero de 2026. Fdo. Fernando Hugo Fratti, secretario.
I-26/7-F-26/7
DECRETO Nº 1089/2022 EXPEDIENTE Nº 5563/2026
La Municipalidad de Bahía Blanca, comunica que por expediente 5563/2026, iniciado con fecha 15/07/2026, se encuentra en trámite pedido de vinculación tributaria para la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública respecto al inmueble que catastralmente se encuentra identificado como: Circunscripción XIII, Sección R, Quinta 50, Parcela 11, Partida Nº 007-128483. Se deja constancia que los titulares de dominio de dicho bien podrán concurrir, en el plazo de diez días de la publicación presente, al Departamento de Catastro a tomar vista del expediente y manifestar su oposición. Bahía Blanca, 24 de julio de 2026.
I-26/7-F-26/7
DECRETO Nº 1089/2022
La Municipalidad de Bahía Blanca, comunica que por expediente -0-0000-5244/2026-0-0, iniciado con fecha 30 de marzo de 2026, se encuentra en trámite pedido de vinculación tributaria para la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública respecto al inmueble que catastralmente se encuentra identificado como: Circunscripción II, sección B, Manzana 330f, Parcela 31 partida Nº 22227. Se deja constancia que los titulares de dominio de dicho bien podrán concurrir, en el plazo de diez días de la publicación presente, al Departamento de Catastro a tomar vista del expediente y manifestar su oposición. Bahía Blanca, 26 de julio de 2026.
I-26/7-F-26/7
DECRETO Nº 1089/2022
La Municipalidad de Bahía Blanca, comunica que por expediente -0-0000-5791/2026-0-0, iniciado con fecha 21 de julio de 2026, se encuentra en trámite pedido de vinculación tributaria para la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública respecto al inmueble que catastralmente se encuentra identificado como: Circunscripción II, sección B, Manzana 204N, Parcela 20 partida Nº 85803. Se deja constancia que los titulares de dominio de dicho bien podrán concurrir, en el plazo de diez días de la publicación presente, al Departamento de Catastro a tomar vista del expediente y manifestar su oposición. Bahía Blanca, 26 de julio de 2026.
I-26/7-F-26/7
DECRETO Nº 1089/2022
La Municipalidad de Bahía Blanca, comunica que por expediente -0-0000-5423/2026-0-0, iniciado con fecha 7 de julio de 2026, se encuentra en trámite pedido de vinculación tributaria para la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública respecto al inmueble que catastralmente se encuentra identificado como: Circunscripción II, sección D, Chacra 311, Manzana 311ee, Parcela 28 partida Nº 83611. Se deja constancia que los titulares de dominio de dicho bien podrán concurrir, en el plazo de diez días de la publicación presente, al Departamento de Catastro a tomar vista del expediente y manifestar su oposición. Bahía Blanca, 26 de julio de 2026.
I-26/7-F-26/7
DECRETO Nº 1089/2022
La Municipalidad de Bahía Blanca, comunica que por expediente -0-0000-5289/2026-0-0, iniciado con fecha 03/07/2026, se encuentra en trámite pedido de vinculación tributaria para la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública respecto al inmueble que catastralmente se encuentra identificado como: Circunscripción II, sección D, Chacra 287, Manzana 287p, Parcela 11 y partida Nº 43025. Se deja constancia que los titulares de dominio de dicho bien podrán concurrir, en el plazo de diez días de la publicación presente, al Departamento de Catastro a tomar vista del expediente y manifestar su oposición. Bahía Blanca, 26 dejulio de 2026.
I-26/7-F-26/7
DECRETO Nº 1089/2022
La Municipalidad de Bahía Blanca, comunica que por expediente -0-0000-55470/2026-0-0, iniciado con fecha 13/07/2026, se encuentra en trámite pedido de vinculación tributaria para la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública respecto al inmueble que catastralmente se encuentra identificado como: Circunscripción II, sección D, Manzana 335s, Parcela 25 partida Nº 007-35516 Se deja constancia que los titulares de dominio de dicho bien podrán concurrir, en el plazo de diez días de la publicación presente, al Departamento de Catastro a tomar vista del expediente y manifestar su oposición. Bahía Blanca, 26 de julio de 2026.
I-26/7-F-26/7
Convocatorias
SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE MONTE HERMOSO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
En cumplimiento de las disposiciones estatutarias se convoca a los señores asociados a la asamblea general ordinaria que se llevará a cabo en la sede de la Sociedad de Bomberos Voluntarios del Balneario de Monte Hermoso calle 1º de Abril 362 el día viernes 21 de agosto de 2026 a las 20.00 hs. a fin de considerar el siguiente:.
Orden del dia.
1) Designación de dos asambleístas para refrendar el acta de asamblea junto al Presidente y Secretaria.
2) Consideración de la Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas del Ejercicio culminado el 31/07/2025.
3) Renovación parcial de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, cargos a cubrir.
4 Vocales Suplentes por 1 año.
3 Revisores de Cuentas Titulares por 2 años.
2 Revisores de Cuentas Suplentes por 1 año.
4) Tratamiento del valor de la cuota social.
Las listas de candidatos podrán presentarse hasta el dia 11 de agosto 2026 (inclusive) en las instalaciones del Cuartel Central en el horario de 8 a 12. Fdo. Ma. Soledad Bernay, secretaria, Nicolas Ferrara, presidente.
Orden del dia.
1) Designación de dos asambleístas para refrendar el acta de asamblea junto al Presidente y Secretaria.
2) Consideración de la Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas del Ejercicio culminado el 31/07/2025.
3) Renovación parcial de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, cargos a cubrir.
4 Vocales Suplentes por 1 año.
3 Revisores de Cuentas Titulares por 2 años.
2 Revisores de Cuentas Suplentes por 1 año.
4) Tratamiento del valor de la cuota social.
Las listas de candidatos podrán presentarse hasta el dia 11 de agosto 2026 (inclusive) en las instalaciones del Cuartel Central en el horario de 8 a 12. Fdo. Ma. Soledad Bernay, secretaria, Nicolas Ferrara, presidente.
I-24/7-P/A-26/7
ASOCIACION HOSPITAL ITALIANO REGIONAL DEL SUR CONVOCATORIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
Se comunica que el día 3 de agosto del 2026, se realizará una Asamblea Extraordinaria a las 19 hs. en primera convocatoria, y a las 20 hs. en segunda convocatoria, en las instalaciones de la Sociedad Italiana de Bahía Blanca, sita en calle Rondeau 236, de la ciudad de Bahía Blanca, para tratar los siguientes temas: 1o) Designación de 2 (dos) asociados para firmar el Acta de la Asamblea. 2º) Consideración y aprobación de la modificación del Articulo 49 del Estatuto Social de la entidad, con el objeto de subsanar el error material de transcripción existente y ratificar la designación de la "Sociedad Italiana De Beneficencia En Buenos Aires" (CUIT Nº 30-54586767-9) como entidad beneficiaria de los bienes remanentes en caso de disolución y liquidación de la asociación. Norma Beatriz Campestrin. Apoderada.
I-24/7-F-26/7
ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR CONVOCATORIA
La Comisión Directiva de la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur, de conformidad con las disposiciones vigentes convoca a sus afiliados el día 8 de setiembre de 2026 a horas 15.30 a Asamblea General Ordinaria a realizarse en el predio de ATUNS ubicado en Jacksonville y Payró para tratar el siguiente Orden del día:.
1) Lectura y Consideración del Acta Anterior.
2) Elección de dos afiliados para suscribir el acta.
3) Balance y Memoria período 1-1-2024 al 31-12-2024. Tratamiento y Consideración.
4) Balance y Memoria período 1-1-2025 al 31-12-2025. Tratamiento y Consideración.
Fdo. Nora Graciela Ovejero, secretaria general.
1) Lectura y Consideración del Acta Anterior.
2) Elección de dos afiliados para suscribir el acta.
3) Balance y Memoria período 1-1-2024 al 31-12-2024. Tratamiento y Consideración.
4) Balance y Memoria período 1-1-2025 al 31-12-2025. Tratamiento y Consideración.
Fdo. Nora Graciela Ovejero, secretaria general.
I-26/7-F-26/7
SOCIEDAD DE FOMENTO BARRIO AUSTRAL CONVOCATORIA
La comisión normalizadora de la institución "Sociedad de Fomento Barrio Austral", inscripta en la Dirección Provincial de Personas Juridicas bajo legajo Nº 128832 y matrícula Nº 28703, convoca a todas las personas socias al dia 31 de Diciembre del año 2019, a participar del proceso de reempadronamiento en el marco del expediente Nº74978/26 - 2 del procedimiento de Condonación y Normalización estipulado en la Ley 15.192. El reempadronamiento tendrá lugar entre los días 3 de Agosto al día 17 de Agosto del año 2026, de lunes a viernes en el horario de 18:00 a 20:00 horas, y sábados y domingos de 11:00 a 13:00 hs la sede social de la entidad ubicada en la calle Humboldt Nº 3453 de la localidad y partido de Bahía Blanca y/o mediante envio de e-mail a la casilla de correo perforacionesdulsan@yahoo.com.ar o contacto al teléfono 2916491697, todo ello con motivo de conformar nuevo registro de socios y posterior padrón que sirva de sustento a la asamblea de asociados que próximamente será convocada para tratar la regularización de la institución y designar nuevas autoridades.
I-26/7-F-26/7
SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE B.BLANCA CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
La Comisión Directiva del Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, por su propia iniciativa y conforme lo previsto por el artículo 7º, 8º y Cc. del Estatuto vigente, convoca a Asamblea General Extraordinaria para el día 11 de septiembre del corriente año a las 17.00 hs, en la calle Fragata Sarmiento 74, con el siguiente Orden del día:.
PUNTO PRIMERO: Reforma del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y su adecuación a la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales y a su Decreto Reglamentario Nº 467/88, comprensiva de la modificación de los artículos 14º, 32º, 34º, 35º, 44º (inciso K, P, Q, R, S), 46º, 51º, 58º a 76º, 82º y 83º del Estatuto vigente, de la incorporación de nuevo articulado y de la renumeración de los artículos 84º a 86º, conforme el siguiente detalle.
DETALLE DE LAS MODIFICACIONES PROYECTADAS.
1) Artículo 14º: Admite acreditar la condición de afiliado también con documento oficial de identidad, además del carnet.
2) Artículo 32º: Eleva a treinta y nueve (39) los miembros titulares de la Comisión Directiva -diecinueve (19) en funciones de Secretarios- en correspondencia con las cuatro (4) nuevas Secretarías.
3) Artículo 34º: Reordena los requisitos para integrar la Comisión Directiva e incorpora, como inciso e), la inhabilitación por sanción disciplinaria grave firme dentro de los cinco (5) años previos, con resguardo de proporcionalidad y presunción de inocencia; precisa el principio de Paridad de Género (Ley Nº 25.674 y Decreto Nº 514/2003).
4) Artículo 35º: En el inciso f), lleva la reunión ordinaria de la Comisión Directiva de quincenal a mensual; se modifica el inciso h) estructurando la gestión de gastos.
5) Artículo 44º inciso k): Redenomina la Secretaría de Género como "de Género e Igualdad", sin alterar sus funciones.
6) Artículo 44º inciso p): Incorpora la Secretaría de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557).
7) Artículo 44º inciso q): Incorpora la Secretaría de Tecnologías de la Información y la Comunicación (comunicación digital, redes, protección de datos personales conforme la Ley Nº 25.326).
8) Artículo 44º inciso r): Incorpora la Secretaría Legal y Técnica (asesoramiento jurídico, dictámenes previos, reforma estatutaria, representación judicial y patrocinio de afiliados).
9) Artículo 44º inciso s): Incorpora la Secretaría de Acción Política (coordinación institucional, relaciones con poderes públicos y otras organizaciones, archivo institucional).
10) Artículo 46º: Incorpora la declaración jurada patrimonial de cada Secretario ante la Comisión Fiscalizadora, al asumir y al cesar en el cargo, bajo reserva; su omisión injustificada constituye falta grave.
11) Artículo 51º: Habilita hasta dos (2) miembros de la Comisión Directiva como Delegados Congresales; computa en días hábiles el informe de antecedentes de los Delegados del Personal, sustituyendo la exclusión por sumario en trámite por la ausencia de sanción grave firme en los últimos cinco (5) años; incorpora el apartado C) sobre asistencia obligatoria y sumario ante inasistencias injustificadas.
12) Artículo 58º: Precisa y moderniza la redacción del sistema electoral (lista completa, voto secreto y directo), sin alteración sustancial.
13) Artículo 59º: Computa en días hábiles el plazo de publicación de la convocatoria a elecciones y exige la especificación taxativa e inmutable de lugares, fechas y horarios.
14) Artículo 60º: Mejora la redacción sobre elección conjunta de la Comisión Fiscalizadora, sin alteración sustancial.
15) Artículo 61º: Mejora la redacción de los requisitos de elegibilidad, sin alteración sustancial.
16) Artículo 62º: Atribuye la designación de la Junta Electoral a una Asamblea Extraordinaria (antes, a la Comisión Directiva); la eleva a cinco (5) titulares y cinco (5) suplentes; fija plazos de constitución y entrega del padrón; incorpora régimen de vacancias.
17) Artículo 63º: Precisa que las atribuciones de la Junta Electoral tras la proclamación se limitan al proceso electoral hasta su conclusión formal.
18) Artículo 64º: Amplía los deberes de la Junta Electoral: control de legalidad formal de listas con plazo de subsanación de cuarenta y ocho (48) horas, verificación de elegibilidad de candidatos, registro cronológico y jurisdicción exclusiva sobre la oficialización de listas.
19) Artículo 64 bis: Incorpora las facultades de superintendencia de la Junta Electoral (supervisión integral, instrucciones obligatorias, medidas de seguridad, delegación en su Presidente y/o Vicepresidente).
20) Artículo 64 ter: Incorpora las normas de campaña electoral (período habilitado, recursos propios de cada agrupación, prohibición de uso de recursos sindicales, igualdad de trato).
21) Artículo 65º: La Junta Electoral aprueba un diseño uniforme de boletas; difusión con quince (15) días hábiles de antelación, física y digital; entrega de ejemplares a cada agrupación.
22) Artículo 66º: Organiza los padrones por legajo; incorpora impugnación del padrón provisional (cinco días hábiles) y aprobación del definitivo con quince (15) días hábiles de anticipación.
23) Artículo 67º: Precisa la elección de Presidente y Vicepresidente de la Junta Electoral por mayoría, y el reemplazo por ausencia o impedimento.
24) Artículo 67 bis: Incorpora el funcionamiento interno de la Junta Electoral (quórum de tres miembros, mayoría simple con voto dirimente, actas en veinticuatro horas, vacancia por inasistencias).
25) Artículo 68º: Computa en días hábiles los plazos de designación de fiscales y presidentes de mesa.
26) Artículo 69º: Precisa el procedimiento de emisión del voto (acreditación de identidad, obligatoriedad del cuarto de votación).
27) Artículo 70º: Precisa la redacción de los supuestos de nulidad del voto, sin alterar su alcance.
28) Artículo 71º: Precisa el escrutinio provisorio, agregando la suscripción del acta por los intervinientes.
29) Artículo 72º: Regula la entrega de urnas bajo inventario, el inicio y cierre del escrutinio definitivo en la misma jornada, y el derecho de apoderados y veedores a presenciarlo.
30) Artículo 73º: Incorpora regla de desempate: segunda vuelta dentro de los quince (15) días hábiles y, de persistir, proclamación de la lista presentada en primer término.
31) Artículo 74º: Precisa la proclamación y transmisión de mando (inventario detallado y acta de entrega), sin alteración sustancial.
32) Artículo 75º: Mantiene el plazo de diez (10) días hábiles para la transmisión de mando, computado desde la proclamación.
33) Artículo 76º: Obliga a la Comisión Directiva a proveer a la Junta Electoral, dentro de los tres (3) días hábiles de constituida, fondo de gastos, personal, espacio físico y acceso a los registros necesarios.
34) Artículo 76 bis: Incorpora el régimen de notificaciones de la Junta Electoral (personal, supletoriamente domiciliaria, facultad de notificar por medios electrónicos).
35) Artículo 76 ter: Las decisiones de la Junta Electoral son inapelables en sede sindical, sin perjuicio de la vía judicial.
36) Artículo 76 quater: Incorpora el informe final del proceso electoral a la Comisión Directiva entrante (estadísticas, incidencias, recomendaciones).
37) Artículo 76 quinquies: Incorpora la conservación del acervo documental electoral por cuatro (4) años o hasta el fin del mandato, con derecho de vista de afiliados y agrupaciones.
38) Artículo 82º: Incorpora los principios rectores del régimen disciplinario (legalidad, debido proceso, presunción de inocencia, proporcionalidad, non bis in idem, irretroactividad). El anterior artículo 82º pasa a ser el artículo 83º.
39) Artículo 83º (sustituye al anterior artículo 82º): Tipifica ampliadamente las causales disciplinarias, incorporando mora reiterada en cotizaciones, daño patrimonial o al prestigio institucional, actos discriminatorios o de violencia laboral/de género, uso indebido del cargo o de recursos sindicales, condena penal firme, infracciones electorales y mal uso de bienes sociales.
40) Artículo 84º (sustituye al anterior artículo 83º): Incorpora la multa (hasta tres cuotas) y la inhabilitación temporaria (hasta cuatro años); distribuye la competencia sancionatoria entre la Comisión Directiva, el Tribunal de Disciplina y la Asamblea Extraordinaria (expulsión).
41) Artículo 85º: Clasifica las faltas en leves, graves y gravísimas, con sanciones y pautas de graduación. El anterior artículo 85º (reformas estatutarias) se renumera como artículo 106º.
42) Artículo 86º: Incorpora la prescripción de la acción disciplinaria (uno, tres y cinco años según gravedad) y de las sanciones (tres años desde su firmeza). El anterior artículo 86º (vigencia) se renumera como artículo 107º.
43) Artículo 87º: Crea el Tribunal de Disciplina, órgano colegiado permanente e independiente de la Comisión Directiva.
44) Artículo 88º: Fija la competencia del Tribunal (suspensiones superiores a sesenta días, inhabilitaciones, revocación de mandatos no directivos, dictamen previo en la expulsión, cuya decisión final corresponde a la Asamblea Extraordinaria).
45) Artículo 89º: Fija la composición del Tribunal: tres (3) titulares y dos (2) suplentes, con Presidente y Secretario propios.
46) Artículo 90º: Fija los requisitos de sus miembros (cinco años de afiliación, obligaciones al día, sin sanciones firmes recientes, residencia en la jurisdicción).
47) Artículo 91º: Consagra las incompatibilidades del cargo con otros cargos electivos y con el parentesco hasta cuarto grado con el Instructor Sumariante u órganos de gobierno.
48) Artículo 92º: Regula la designación de sus miembros por la Asamblea General Extraordinaria, a propuesta de la Comisión Directiva, con publicidad previa de la nómina no inferior a diez (10) días corridos.
49) Artículo 93º: Fija el mandato de sus miembros en cuatro (4) años, con una (1) reelección consecutiva posible.
50) Artículo 94º: Regula la vacancia y el reemplazo por suplentes, y la convocatoria a Asamblea Extraordinaria si las vacantes impiden el funcionamiento del órgano.
51) Artículo 95º: Establece las causales y el procedimiento de remoción de sus miembros por la Asamblea, con mayoría de dos tercios (2/3) y garantía de defensa.
52) Artículo 96º: Regula la recusación y excusación de sus miembros (arts. 17 y 30 del CPCCN y causales del art. 98 inc. a), con plazos de resolución e irrecurribilidad.
53) Artículo 97º: Regula el funcionamiento, el quórum (tres miembros) y las mayorías del Tribunal; resoluciones fundadas, escritas y suscriptas por todos sus integrantes.
54) Artículo 98º: Reglamenta el procedimiento sumarial completo: apertura, Instructor recusable, descargo, prueba, alegato, dictamen y resolución, con plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles, prorrogable por noventa (90).
55) Artículo 99º: Regula la articulación con el Tribunal: elevación con dictamen, vista, prueba complementaria, alegato y plazos de resolución.
56) Artículo 100º: Incorpora la suspensión preventiva del imputado, por resolución fundada y hasta cuarenta y cinco (45) días corridos, a cuenta de la sanción definitiva.
57) Artículo 101º: Establece la notificación fehaciente de toda resolución sancionatoria, con sus fundamentos y los recursos disponibles.
58) Artículo 102º: Incorpora el régimen recursivo (reconsideración, recurso ante el Tribunal, apelación ante la Asamblea, todos con efecto suspensivo) y la vía judicial ulterior (arts. 47 y 63 de la Ley Nº 23.551; art. 9 del Decreto Nº 467/88).
59) Artículo 103º: Regula el régimen disciplinario de directivos y delegados: sanciones de separación o inhabilitación por Asamblea Extraordinaria, con dictamen del Tribunal y resguardo de la tutela sindical (arts. 40 a 52 de la Ley Nº 23.551; art. 10 del Decreto Nº 467/88).
60) Artículo 104º: Crea el Registro Disciplinario a cargo de la Secretaría Administrativa y de Actas (Ley Nº 25.326), y faculta a la Comisión Directiva a reglamentar el capítulo.
61) Artículo 105º: Renumeración del anterior artículo 84º (medidas de acción directa), sin modificación de contenido.
62) Artículo 106º: Renumeración del anterior artículo 85º (reforma del Estatuto), sin modificación de contenido.
63) Artículo 107º: Renumeración del anterior artículo 86º (vigencia y disposición transitoria), sin modificación de contenido.
Conservan su redacción actual, sin modificación alguna, los artículos 1º a 13º, 15º a 31º, 33º, 36º a 43º, 45º, 47º a 50º, 52º a 57º y 77º a 81º del Estatuto vigente.
El texto íntegro de las modificaciones estatutarias proyectadas (cuadro comparativo entre el Estatuto vigente y el texto propuesto) se encuentra a disposición de todos los afiliados en la sede sindical de calle Fragata Sarmiento 74, de Bahía Blanca, en cumplimiento de lo dispuesto por el Estatuto vigente.
PUNTO SEGUNDO: Designación de los miembros del Tribunal de Disciplina. Aprobada la reforma en el Punto Primero, y en ejercicio de la competencia consagrada en el artículo 92º del Estatuto reformado, la Asamblea procederá a designar a los tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes del Tribunal de Disciplina, a propuesta fundada de la Comisión Directiva. La nómina propuesta se hallará a disposición de los afiliados en la sede sindical de calle Fragata Sarmiento 74 de Bahía Blanca, con una antelación no inferior a diez (10) días corridos a la fecha de la Asamblea, conforme el citado artículo 92º. Bahía Blanca, 20 de julio de 2026. Miguel Angel Agüero, secretario general S.T.M. Bahía Blanca.
PUNTO PRIMERO: Reforma del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y su adecuación a la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales y a su Decreto Reglamentario Nº 467/88, comprensiva de la modificación de los artículos 14º, 32º, 34º, 35º, 44º (inciso K, P, Q, R, S), 46º, 51º, 58º a 76º, 82º y 83º del Estatuto vigente, de la incorporación de nuevo articulado y de la renumeración de los artículos 84º a 86º, conforme el siguiente detalle.
DETALLE DE LAS MODIFICACIONES PROYECTADAS.
1) Artículo 14º: Admite acreditar la condición de afiliado también con documento oficial de identidad, además del carnet.
2) Artículo 32º: Eleva a treinta y nueve (39) los miembros titulares de la Comisión Directiva -diecinueve (19) en funciones de Secretarios- en correspondencia con las cuatro (4) nuevas Secretarías.
3) Artículo 34º: Reordena los requisitos para integrar la Comisión Directiva e incorpora, como inciso e), la inhabilitación por sanción disciplinaria grave firme dentro de los cinco (5) años previos, con resguardo de proporcionalidad y presunción de inocencia; precisa el principio de Paridad de Género (Ley Nº 25.674 y Decreto Nº 514/2003).
4) Artículo 35º: En el inciso f), lleva la reunión ordinaria de la Comisión Directiva de quincenal a mensual; se modifica el inciso h) estructurando la gestión de gastos.
5) Artículo 44º inciso k): Redenomina la Secretaría de Género como "de Género e Igualdad", sin alterar sus funciones.
6) Artículo 44º inciso p): Incorpora la Secretaría de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557).
7) Artículo 44º inciso q): Incorpora la Secretaría de Tecnologías de la Información y la Comunicación (comunicación digital, redes, protección de datos personales conforme la Ley Nº 25.326).
8) Artículo 44º inciso r): Incorpora la Secretaría Legal y Técnica (asesoramiento jurídico, dictámenes previos, reforma estatutaria, representación judicial y patrocinio de afiliados).
9) Artículo 44º inciso s): Incorpora la Secretaría de Acción Política (coordinación institucional, relaciones con poderes públicos y otras organizaciones, archivo institucional).
10) Artículo 46º: Incorpora la declaración jurada patrimonial de cada Secretario ante la Comisión Fiscalizadora, al asumir y al cesar en el cargo, bajo reserva; su omisión injustificada constituye falta grave.
11) Artículo 51º: Habilita hasta dos (2) miembros de la Comisión Directiva como Delegados Congresales; computa en días hábiles el informe de antecedentes de los Delegados del Personal, sustituyendo la exclusión por sumario en trámite por la ausencia de sanción grave firme en los últimos cinco (5) años; incorpora el apartado C) sobre asistencia obligatoria y sumario ante inasistencias injustificadas.
12) Artículo 58º: Precisa y moderniza la redacción del sistema electoral (lista completa, voto secreto y directo), sin alteración sustancial.
13) Artículo 59º: Computa en días hábiles el plazo de publicación de la convocatoria a elecciones y exige la especificación taxativa e inmutable de lugares, fechas y horarios.
14) Artículo 60º: Mejora la redacción sobre elección conjunta de la Comisión Fiscalizadora, sin alteración sustancial.
15) Artículo 61º: Mejora la redacción de los requisitos de elegibilidad, sin alteración sustancial.
16) Artículo 62º: Atribuye la designación de la Junta Electoral a una Asamblea Extraordinaria (antes, a la Comisión Directiva); la eleva a cinco (5) titulares y cinco (5) suplentes; fija plazos de constitución y entrega del padrón; incorpora régimen de vacancias.
17) Artículo 63º: Precisa que las atribuciones de la Junta Electoral tras la proclamación se limitan al proceso electoral hasta su conclusión formal.
18) Artículo 64º: Amplía los deberes de la Junta Electoral: control de legalidad formal de listas con plazo de subsanación de cuarenta y ocho (48) horas, verificación de elegibilidad de candidatos, registro cronológico y jurisdicción exclusiva sobre la oficialización de listas.
19) Artículo 64 bis: Incorpora las facultades de superintendencia de la Junta Electoral (supervisión integral, instrucciones obligatorias, medidas de seguridad, delegación en su Presidente y/o Vicepresidente).
20) Artículo 64 ter: Incorpora las normas de campaña electoral (período habilitado, recursos propios de cada agrupación, prohibición de uso de recursos sindicales, igualdad de trato).
21) Artículo 65º: La Junta Electoral aprueba un diseño uniforme de boletas; difusión con quince (15) días hábiles de antelación, física y digital; entrega de ejemplares a cada agrupación.
22) Artículo 66º: Organiza los padrones por legajo; incorpora impugnación del padrón provisional (cinco días hábiles) y aprobación del definitivo con quince (15) días hábiles de anticipación.
23) Artículo 67º: Precisa la elección de Presidente y Vicepresidente de la Junta Electoral por mayoría, y el reemplazo por ausencia o impedimento.
24) Artículo 67 bis: Incorpora el funcionamiento interno de la Junta Electoral (quórum de tres miembros, mayoría simple con voto dirimente, actas en veinticuatro horas, vacancia por inasistencias).
25) Artículo 68º: Computa en días hábiles los plazos de designación de fiscales y presidentes de mesa.
26) Artículo 69º: Precisa el procedimiento de emisión del voto (acreditación de identidad, obligatoriedad del cuarto de votación).
27) Artículo 70º: Precisa la redacción de los supuestos de nulidad del voto, sin alterar su alcance.
28) Artículo 71º: Precisa el escrutinio provisorio, agregando la suscripción del acta por los intervinientes.
29) Artículo 72º: Regula la entrega de urnas bajo inventario, el inicio y cierre del escrutinio definitivo en la misma jornada, y el derecho de apoderados y veedores a presenciarlo.
30) Artículo 73º: Incorpora regla de desempate: segunda vuelta dentro de los quince (15) días hábiles y, de persistir, proclamación de la lista presentada en primer término.
31) Artículo 74º: Precisa la proclamación y transmisión de mando (inventario detallado y acta de entrega), sin alteración sustancial.
32) Artículo 75º: Mantiene el plazo de diez (10) días hábiles para la transmisión de mando, computado desde la proclamación.
33) Artículo 76º: Obliga a la Comisión Directiva a proveer a la Junta Electoral, dentro de los tres (3) días hábiles de constituida, fondo de gastos, personal, espacio físico y acceso a los registros necesarios.
34) Artículo 76 bis: Incorpora el régimen de notificaciones de la Junta Electoral (personal, supletoriamente domiciliaria, facultad de notificar por medios electrónicos).
35) Artículo 76 ter: Las decisiones de la Junta Electoral son inapelables en sede sindical, sin perjuicio de la vía judicial.
36) Artículo 76 quater: Incorpora el informe final del proceso electoral a la Comisión Directiva entrante (estadísticas, incidencias, recomendaciones).
37) Artículo 76 quinquies: Incorpora la conservación del acervo documental electoral por cuatro (4) años o hasta el fin del mandato, con derecho de vista de afiliados y agrupaciones.
38) Artículo 82º: Incorpora los principios rectores del régimen disciplinario (legalidad, debido proceso, presunción de inocencia, proporcionalidad, non bis in idem, irretroactividad). El anterior artículo 82º pasa a ser el artículo 83º.
39) Artículo 83º (sustituye al anterior artículo 82º): Tipifica ampliadamente las causales disciplinarias, incorporando mora reiterada en cotizaciones, daño patrimonial o al prestigio institucional, actos discriminatorios o de violencia laboral/de género, uso indebido del cargo o de recursos sindicales, condena penal firme, infracciones electorales y mal uso de bienes sociales.
40) Artículo 84º (sustituye al anterior artículo 83º): Incorpora la multa (hasta tres cuotas) y la inhabilitación temporaria (hasta cuatro años); distribuye la competencia sancionatoria entre la Comisión Directiva, el Tribunal de Disciplina y la Asamblea Extraordinaria (expulsión).
41) Artículo 85º: Clasifica las faltas en leves, graves y gravísimas, con sanciones y pautas de graduación. El anterior artículo 85º (reformas estatutarias) se renumera como artículo 106º.
42) Artículo 86º: Incorpora la prescripción de la acción disciplinaria (uno, tres y cinco años según gravedad) y de las sanciones (tres años desde su firmeza). El anterior artículo 86º (vigencia) se renumera como artículo 107º.
43) Artículo 87º: Crea el Tribunal de Disciplina, órgano colegiado permanente e independiente de la Comisión Directiva.
44) Artículo 88º: Fija la competencia del Tribunal (suspensiones superiores a sesenta días, inhabilitaciones, revocación de mandatos no directivos, dictamen previo en la expulsión, cuya decisión final corresponde a la Asamblea Extraordinaria).
45) Artículo 89º: Fija la composición del Tribunal: tres (3) titulares y dos (2) suplentes, con Presidente y Secretario propios.
46) Artículo 90º: Fija los requisitos de sus miembros (cinco años de afiliación, obligaciones al día, sin sanciones firmes recientes, residencia en la jurisdicción).
47) Artículo 91º: Consagra las incompatibilidades del cargo con otros cargos electivos y con el parentesco hasta cuarto grado con el Instructor Sumariante u órganos de gobierno.
48) Artículo 92º: Regula la designación de sus miembros por la Asamblea General Extraordinaria, a propuesta de la Comisión Directiva, con publicidad previa de la nómina no inferior a diez (10) días corridos.
49) Artículo 93º: Fija el mandato de sus miembros en cuatro (4) años, con una (1) reelección consecutiva posible.
50) Artículo 94º: Regula la vacancia y el reemplazo por suplentes, y la convocatoria a Asamblea Extraordinaria si las vacantes impiden el funcionamiento del órgano.
51) Artículo 95º: Establece las causales y el procedimiento de remoción de sus miembros por la Asamblea, con mayoría de dos tercios (2/3) y garantía de defensa.
52) Artículo 96º: Regula la recusación y excusación de sus miembros (arts. 17 y 30 del CPCCN y causales del art. 98 inc. a), con plazos de resolución e irrecurribilidad.
53) Artículo 97º: Regula el funcionamiento, el quórum (tres miembros) y las mayorías del Tribunal; resoluciones fundadas, escritas y suscriptas por todos sus integrantes.
54) Artículo 98º: Reglamenta el procedimiento sumarial completo: apertura, Instructor recusable, descargo, prueba, alegato, dictamen y resolución, con plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles, prorrogable por noventa (90).
55) Artículo 99º: Regula la articulación con el Tribunal: elevación con dictamen, vista, prueba complementaria, alegato y plazos de resolución.
56) Artículo 100º: Incorpora la suspensión preventiva del imputado, por resolución fundada y hasta cuarenta y cinco (45) días corridos, a cuenta de la sanción definitiva.
57) Artículo 101º: Establece la notificación fehaciente de toda resolución sancionatoria, con sus fundamentos y los recursos disponibles.
58) Artículo 102º: Incorpora el régimen recursivo (reconsideración, recurso ante el Tribunal, apelación ante la Asamblea, todos con efecto suspensivo) y la vía judicial ulterior (arts. 47 y 63 de la Ley Nº 23.551; art. 9 del Decreto Nº 467/88).
59) Artículo 103º: Regula el régimen disciplinario de directivos y delegados: sanciones de separación o inhabilitación por Asamblea Extraordinaria, con dictamen del Tribunal y resguardo de la tutela sindical (arts. 40 a 52 de la Ley Nº 23.551; art. 10 del Decreto Nº 467/88).
60) Artículo 104º: Crea el Registro Disciplinario a cargo de la Secretaría Administrativa y de Actas (Ley Nº 25.326), y faculta a la Comisión Directiva a reglamentar el capítulo.
61) Artículo 105º: Renumeración del anterior artículo 84º (medidas de acción directa), sin modificación de contenido.
62) Artículo 106º: Renumeración del anterior artículo 85º (reforma del Estatuto), sin modificación de contenido.
63) Artículo 107º: Renumeración del anterior artículo 86º (vigencia y disposición transitoria), sin modificación de contenido.
Conservan su redacción actual, sin modificación alguna, los artículos 1º a 13º, 15º a 31º, 33º, 36º a 43º, 45º, 47º a 50º, 52º a 57º y 77º a 81º del Estatuto vigente.
El texto íntegro de las modificaciones estatutarias proyectadas (cuadro comparativo entre el Estatuto vigente y el texto propuesto) se encuentra a disposición de todos los afiliados en la sede sindical de calle Fragata Sarmiento 74, de Bahía Blanca, en cumplimiento de lo dispuesto por el Estatuto vigente.
PUNTO SEGUNDO: Designación de los miembros del Tribunal de Disciplina. Aprobada la reforma en el Punto Primero, y en ejercicio de la competencia consagrada en el artículo 92º del Estatuto reformado, la Asamblea procederá a designar a los tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes del Tribunal de Disciplina, a propuesta fundada de la Comisión Directiva. La nómina propuesta se hallará a disposición de los afiliados en la sede sindical de calle Fragata Sarmiento 74 de Bahía Blanca, con una antelación no inferior a diez (10) días corridos a la fecha de la Asamblea, conforme el citado artículo 92º. Bahía Blanca, 20 de julio de 2026. Miguel Angel Agüero, secretario general S.T.M. Bahía Blanca.
I-26/7-F-26/7
AGRUPACION FOLCKLORICA RUMEL MULELU CONVOCATORIA
La comisión normalizadora de la institución "Agrupación Folcklórica Rumel Mulelu, inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo legajo Nº 213428 y matrícula Nº 42493, convoca a todas las personas socias al día 31 de diciembre del año 2019, a participar del proceso de reempadronamiento en el marco del expediente Nº 38750/25-2 del procedimiento de Condonación y Normalización estipulado en la Ley 15.192. El reempadronamiento tendrá lugar entre los días 3 al día 17 de agosto del año 2026, de lunes a viernes en el horario de 18:00 a 20:00 horas, y sábados y domingos de 11:00 a 13:00 hs. en la sede social de la entidad ubicada en la calle Antozzi 224 de la localidad de General Daniel Cerri, partido de Bahía Blanca y/o mediante el envio de e-mail a la casilla de correo susana_mmiguel@hotmail.com o contacto al teléfono 2914715767, todo ello con motivo de conformar nuevo registro de socios y posterior padrón que sirva de sustento a la asamblea de asociados que próximamente será convocada para tratar la regularización de la institución y designar nuevas autoridades.
I-26/7-F-26/7

Datos de las 5:0hs.























