Lo condenaron por estafar a un banco y tendrá que donar dinero al Cottolengo
El Tribunal Federal de Juicio de Bahía Blanca le impuso a Daniel Regunaga la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional. El acusado se hizo pasar por el contador de una empresa clienta de la entidad bancaria.
La suma de 600 mil pesos deberá donar al Pequeño Cottolengo de Bahía Blanca uno de los tres condenados por estafar a la sucursal local del Banco de la Nación Argentina, quien en juicio abreviado además recibió la pena de dos años de prisión en suspenso.
El Tribunal Federal de Juicio bahiense condenó a Daniel Alberto Regunaga (54) como autor del delito de defraudación agravada, por haberse cometido en perjuicio de la administración pública.
La maniobra estafatoria se consumó el 26 y 27 de agosto de 2015, cuando una persona se comunicó por teléfono con la entidad bancaria y se identificó falsamente como “Santiago García”, presentándose como supuesto contador de la empresa Iturria S.A., clienta del Nación.
Para inducir al error al personal del banco, el acusado también envió correos electrónicos desde una casilla trucha, en los cuales adjuntó notas con membretes apócrifos y firmas falsificadas de los representantes de la firma.
La “puesta en escena” fue lo suficientemente creíble para engañar a los empleados bancarios, quienes autorizaron una transferencia de $ 95.006,05 desde la cuenta de la empresa hacia una caja de ahorro a nombre de la coimputada Natalia Soledad Zubeldía.
Esta caja de ahorro estaba radicada en la sucursal Realicó del Banco Nación, en la provincia de La Pampa.
Al día siguiente, Zubeldía y Gustavo Alberto Villarreal -el otro condenado- retiraron el dinero en efectivo e inmediatamente después el hombre hizo ocho giros bancarios (siete por $ 10.000 y uno por 5.000) destinados a la cuenta de Regunaga en la sucursal bancaria Plaza de Mayo.
Ese mismo día Regunaga, nacido en Avellaneda y de profesión maestro mayor de obras, cobró el total de 75.000 pesos.
El 27 de agosto los delincuentes intentaron realizar dos transferencias más bajo la misma modalidad, pero fueron detectadas y bloqueadas por las autoridades del banco antes de concretarse.
Si bien para defenderse Regunaga alegó que el dinero recibido correspondía al pago por trabajos de refacción hechos para un particular, no aportó ninguna prueba que respaldara sus dichos.
Los informes de la AFIP (actual ARCA) y el sistema Nosis confirmaron que Regunaga “no tenía actividad económica declarada ni capacidad crediticia que justificara un ingreso de esa magnitud”, calificando el movimiento como “absolutamente atípico” para su perfil financiero.
Por otra parte, Villarreal declaró que Regunaga fue quien le indicó a qué cuenta bancaria debía transferir el dinero mal habido.
Sebastián Foglia, uno de los jueces del tribunal, dictó la sentencia condenatoria contra el estafador en el marco de un acuerdo de trámite abreviado, en el que el acusado reconoció su responsabilidad en los hechos y aceptó la calificación legal y la pena consensuadas entre la fiscalía y la defensa.
Denuncia del gerente
La causa se inició a raíz de la denuncia radicada por quien al menos en ese momento era el gerente del Banco Nación en Bahía, Carlos Puig, quien alertó sobre tres operaciones sospechosas hechas los días mencionados.
Puig tomó conocimiento de las irregularidades cuando el 27 de agosto de ese año, el jefe del área Banca Empresas le pidió autorización para hacer dos transferencias desde la cuenta corriente de Iturria S.A. a la compañía Philips Argentina, ya que se había excedido “el monto del acuerdo de descubierto”.
Llamó la atención de Puig que la cuenta de Iturria S.A. registrara un descubierto inusual, teniendo en cuenta que es un “cliente con excelente comportamiento comercial”.
Por medio de averiguaciones internas, el personal del banco estableció que aquel día se efectuaron dos débitos sobre esa cuenta, producto de “órdenes” recibidas por mail “acompañadas de notas escaneadas que aparentaban provenir de la firma”.
Sin embargo, las autoridades de Iturria S.A. negaron haber impartido tales instrucciones.
“Ambas operaciones del 27 de agosto de 2015 fueron realizadas, pero no llegaron a perfeccionarse: una fue bloqueada antes de concretarse y la restante permanecía suspendida preventivamente por el área de Ilícitos de la entidad”, precisa el fallo.
“Ello permitió recuperar íntegramente esos fondos. A su vez se pudo determinar que el día anterior, el 26 de agosto de 2015, una maniobra idéntica sí se logró consumar”, agrega.
Atenuante
Foglia no halló circunstancias eximentes de responsabilidad en relación con el condenado, ni tampoco fueron planteadas por las partes.
"Se tuvo como atenuante el reconocimiento de la existencia del hecho que implica la suscripción del acuerdo firmado por Regunaga”, señala el fallo.
“También se ponderó la fecha del hecho atribuido como atenuante (2015), así como el alcance de la conducta”, agregó el magistrado.
“Por otra parte, no corresponde valorar como agravante los antecedentes penales que registra el imputado (informe del Registro Nacional de Reincidencia del 20 de mayo de este año, en el que surge una condena del 28/8/2018), tal como lo postuló el fiscal en el acta de juicio abreviado, puesto que al momento de la comisión de los hechos aquí juzgados Regunaga carecía de antecedentes condenatorios”, fundamentó el magistrado.
En el debate abreviado intervinieron además el fiscal federal Gabriel González da Silva; la auxiliar fiscal, María Kairuz; y el defensor oficial federal, Gabriel Jarque.
También como reglas de conducta, Regunaga deberá fijar residencia y someterse al control de la Dirección de control y asistencia y ejecución penal.
La condicionalidad de la pena al imputado podría revocarse si incumple alguna de estas reglas.
No hará tareas comunitarias
Resarcimiento. Las partes del proceso acordaron que Regunaga donara $ 600 mil al hogar Pequeño Cottolengo "Beato José Nascimbeni", donde residen y se asiste a mujeres con discapacidad, en vez de estar obligado a realizar tareas comunitarias a modo de reparación del daño económico.
Probation. Villarreal y Zubeldía, cómplices de Regunaga, fueron sancionados con una suspensión de juicio a prueba (probation que está firme), por eso deben hacer estas tareas.