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¿Jurados menos “duros”, una tendencia que aumenta en Bahía Blanca?

Aseguran que en juicios bajo esta modalidad muchas personas optan por calificaciones atenuadas para la culpabilidad.

Doce son los jurados que deben actuar en juicio, seis hombres y seis mujeres.

Desde que en 2015 se implementaron en Bahía Blanca los juicios por jurados, la tendencia en los veredictos fue variando: primero prevalecieron las absoluciones, después las condenas se equilibraron y ahora los civiles que juzgan a acusados de delitos graves evidencian una postura no tan “dura” en sus decisiones.

En este contexto surge la figura de “delito menor incluido”, que les da a los ciudadanos juzgadores la opción de declarar al acusado culpable de un ilícito menos grave, si las pruebas presentadas por el fiscal no son suficientes para condenarlo por el hecho más gravoso imputado inicialmente.

Esta situación ya se originó en debates populares por homicidios intencionales y delitos contra la integridad sexual, entre otros.

La calificación legal intermedia se volvió a utilizar hace poco en un juicio por jurados en el que el fiscal Marcelo Romero Jardín sostuvo la acusación contra un hombre que, al parecer, violó a la hija menor de edad de su pareja.

La fiscalía le imputó al acusado dos hechos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por su convivencia con la víctima (penas de 8 a 20 años de prisión), pero el jurado se inclinó por la doctrina jurídica mencionada y lo condenó por estupro agravado, delito con penas más leves.

Romero Jardín también acusó al padrastro de la niña de abuso sexual simple, porque en reiteradas ocasiones habría manoseado partes íntimas de la menor por arriba de su ropa y contra su voluntad.

En relación con estos tocamientos, la votación se estancó en 9 votos y para que no sea necesario hacer nuevamente el juicio completo, el fiscal desistió de acusar al procesado de abuso sexual simple y el jurado emitió veredicto de no culpabilidad.

Respecto de las aparentes violaciones y a raíz del planteo del defensor Sebastián Martínez, la jueza técnica Claudia Fortunatti, en representación del Tribunal en lo Criminal Nº 2, les dio a los jurados la alternativa de delito menor incluido.

En este caso el imputado fue declarado culpable (por mayoría, 10 votos de 12) de dos hechos de estupro agravado por la convivencia preexistente, delito que prevé penas de 6 a 10 años de prisión, de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 120 del Código Penal.

“Lo novedoso es que se estancó en 9 votos, los jurados tuvieron que deliberar y votar nuevamente y el acusado (llegó al juicio detenido en prisión preventiva) resultó culpable por delito menor incluido”, explicó Romero Jardín, a cargo de una de las fiscalías de delitos sexuales bahienses.

“Como viene sucediendo desde hace algún tiempo, el jurado analiza el delito menor incluido y suele optar por alguna calificación legal intermedia. Ya ocurrió durante juicios por homicidios dolosos y, ahora, también empieza a pasar con abusos sexuales”, agregó.

“Creo que lo que pasa es que el jurado no se convence sobre algún elemento del tipo penal, pero sí se convence de que el hecho delictivo existió y entonces lo empieza a analizar de otra manera”, dijo.

“Como pasó con homicidios que terminaron considerándose preterintencionales (producir con la acción efectos de mayor gravedad que los que se pretendían causar), ahora también se analiza el estupro, que básicamente es acceso carnal (no consensuado), pero por seducción a una menor de entre 13 y 15 años y aprovechándose de la inmadurez sexual de la víctima”, continuó diciendo el titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 14.

Los manoseos del acusado a la hija de su pareja, que en ese momento tenía entre 12 y 13 años de edad, se habrían producido entre diciembre de 2021 y el 10 de septiembre de 2022, en la vivienda que compartían en el barrio Progreso de nuestra ciudad.

En tanto, los abusos con acceso carnal supuestamente se cometieron en 2022, uno de ellos el 10 de septiembre.

Según confirmó Romero Jardín, estas alternativas intermedias de culpabilidad también se registraron en debates de los que participaron los fiscales de homicidios y delitos sexuales, Jorge Viego y Diego Torres, respectivamente.

“Delito menor incluido es la denominación técnica; por lo general lo da el juez de oficio o lo plantea la defensa”, precisó la fuente consultada por La Nueva.

La audiencia de cesura del debate por los abusos se llevará a cabo este miércoles, cuando el fiscal solicitará la pena que considere adecuada.

El juicio se había suspendido dos veces como consecuencia de la falta de jurados varones.

“La víctima venía con un arrastre de dos suspensiones anteriores, con todo lo que eso implica emocionalmente. Pero después el juicio se hizo rápido, en dos días”, destacó Romero Jardín.

Opciones de veredicto

El artículo 371 bis del Código Procesal Penal bonaerense regula la audiencia de instrucciones previa a la deliberación del jurado popular y el juez técnico define qué opciones de veredicto tendrá el jurado, introduciendo los delitos menores incluidos.

Tanto la fiscalía como la defensa pueden pedir al juez que, entre sus teorías del caso, incluya opciones de veredicto alternativas o intermedias. El magistrado debe explicar al jurado los elementos que componen el delito principal y los delitos menores.

Para que sea procedente, el delito menor debe compartir la misma base fáctica (los mismos hechos) que el delito original por el que se imputó inicialmente al acusado durante la indagatoria, requiriendo únicamente que falte probar alguno de los elementos más graves de la imputación.

Esta figura evita que el jurado deba optar únicamente entre los veredictos de culpabilidad (por el delito mayor) o no culpabilidad, ofreciendo una vía intermedia de condena.

“El fiscal en juicio por jurados va con su teoría del caso y es muy raro que baje (la acusación principal)”, dijo Romero Jardín.

El Tribunal de Casación Penal bonaerense dictó el fallo “Álvarez / Telechea”, ratificado por la Corte de provincia, que obliga a los jueces a instruir a los jurados sobre los delitos menores incluidos en la acusación principal.

Mirada de la defensa

Desde que Casación emitió esa sentencia en octubre de 2020, en los juicios por jurados de los que participó la defensora general bahiense Fabiana Vannini siempre se incluyó esta figura y, en general, el jurado se inclinó por el delito menor incluido.

Esta situación -opinó Vannini- puede originarse porque el jurado entiende que la prueba es “endeble” para acreditar la hipótesis acusatoria del fiscal, pero esos elementos probatorios tampoco le permiten dictar un veredicto de no culpabilidad.

A su entender, esta postura no se origina porque los jurados eventualmente no son rigurosos al emitir su veredicto.

"El jurado decide en base a las pruebas de los hechos y, cuando tuvo que condenar a un imputado, lo hizo; dictó veredictos de culpabilidad en casos gravísimos con prisiones perpetuas”, resaltó la jefa de la Defensoría departamental.

“Muchas veces también se inclinó por una figura intermedia. El litigio en juicios por jurados es así; el que pueda probar su teoría del caso va a ser quien gane”, agregó.

Sin embargo, la defensora pública aclaró que si el jurado tiene dudas sobre la conducta del enjuiciado, debe dictar un veredicto de no culpabilidad y no elegir el delito menor incluido.

La profesional del Derecho tampoco le adjudica esta decisión de los jurados a posibles deficiencias en la imputación principal sostenida por la fiscalía.

"Habría que analizar los casos en concreto, pero en algunas ocasiones las pruebas no rinden. A veces creés que un testigo va a poder sostener la teoría del caso del defensor, pero en el juicio declara otra versión de los hechos”, dijo.

Por último, Vannini ejemplificó cómo funciona el mecanismo respecto de determinadas calificaciones legales.

“Por ejemplo, en un juicio por abuso sexual con acceso carnal tienen que estar las opciones de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple. Por un homicidio agravado tiene que estar la opción de homicidio simple”, finalizó.

Índice provincial

Al tope. Con casi 200 debates desde marzo de 2015, Bahía Blanca es el departamento judicial que mayor cantidad de juicios por jurados hizo en la provincia.

Integración. Doce son los jurados titulares que deben actuar en juicio, seis hombres y seis mujeres, además de seis jurados suplentes.

Plazo. Hasta el 31 de diciembre de este año, pueden ser citados los DNI terminados en 006, 094, 220, 828, 909 y 964.