Bahía Blanca | Domingo, 11 de enero

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Multas 2026: hasta $ 1,8 M por ruidos molestos y $ 2,1 M por negarse al test de alcoholemia

En 2025 el aumento de la UF ha sido del 29,26 %, un porcentaje apenas inferior al casi 32 % de inflación oficial. La infracción más cometida en nuestra ciudad es utilizar el celular mientras se conduce.

La segunda falta más sancionada es estacionar en lugares prohibidos, con el 23 % del total. / Fotos: Emmanuel Briane-La Nueva.

Con una suba del 5,61 % respecto al bimestre anterior, quedó definido en 1.807 pesos la Unidad Fija (UF) para enero y febrero 2026, referencia que utiliza la provincia para establecer el valor de las multas por infracciones de tránsito.

Esta modalidad rige desde 2009 y relaciona a la UF con el precio de la nafta de mayor octanaje de la petrolera YPF, tomado en la sucursal La Plata del Automóvil Club Argentino. El mecanismo lo utiliza también la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), aunque en su caso adopta para la UF la mitad del precio de la nafta de mayor octanaje.

En lo que va del año, el aumento de la UF ha sido del 29,26 %, porcentaje un tanto inferior al 32% estimado de inflación. De acuerdo a la infracción es la multa, la cual se establece aplicando una determinada cantidad de UFs, variando las mismas entre un mínimo de 50 UF ($ 90.350) y un máximo de 1.500 UF ($ 2.710.500).

El Juzgado de Faltas local tiene como criterio general aplicar el valor mínimo y alentar el pago voluntario. De hacerlo, el infractor abona el 50 % del monto. Si no adhiere a esa modalidad, pierde la bonificación y corre el riesgo de ser sancionado con un monto mayor. La UF se ajusta de manera bimestral, con cada actualización que establecen las petroleras. Entre los años 2009 y 2025 la nafta YPF de mayor octanaje pasó de $ 3,20 a $ 1.807, un aumento del 56.369 %.

En 2009, negarse a realizar el test de alcoholemia se penaba con hasta $ 3.200. Hoy se castiga con un tope de $ 2.100.000. Aquellos $ 3.200 equivalían a 842 dólares, hoy corresponden a casi 1.400 dólares.

De acuerdo a la infracción es la multa, la cual se establece aplicando una determinada cantidad de UFs, desde 90.350 pesos hasta un máximo de $ 2.710.500.

Estos valores resultan elevados para cualquiera. Sin embargo existe un camino alternativo para reducir a cero este castigo pecuniario: respetar las leyes y no cometer infracciones.

La infracción más cometida en nuestra ciudad es utilizar el celular mientras se conduce. Representa el 24 % de las multas, con el agravante de ser una de las conductas que más accidentes genera por la distracción que provoca en los conductores.

La segunda falta más sancionada es estacionar en lugares prohibidos, con el 23 % del total. Si bien no es una acción de riesgo, el infractor se expone a una multa de hasta $ 1.807.000. La pena es menor si estaciona en zonas indebidas --doble fila, garaje, parada de ómnibus, ochava o senda peatonal--, falta que representa el 14,53 % de las infracciones.

Las siguientes contravenciones más sancionadas son:

—Carecer de licencia (9,75 %).

—No tener seguro obligatorio (8,70 %).

—No respetar los semáforos (6,28 %).

—Alcoholemia-estupefacientes (4,74 %).

—Circular sin casco (3,77 %).

—Circular sin chapa patente (2,69 %).

Respecto de los pagos, no es simple establecer que recaudación generan las multas en la ciudad. La razón es que existen muchas variables a la hora de establecer ese valor, desde los pagos con descuentos, la variabilidad entre mínimos y máximos, las sanciones desestimadas y la muy baja tasa de cobrabilidad (ubicada en el 25 %).

En caso de morosidad, el Juzgado intima al deudor y, de no obtener respuesta, inicia el reclamo por vía judicial. Este trámite suele demorarse, atento a que el juzgado tiene a cargo, además del tránsito, las causas iniciadas por las áreas de fiscalización Comercial, Bromatología, Veterinaria y Zoonosis; Saneamiento, Obras Particulares y OMIC (Defensa al Consumidor).

Al margen (I)

La multa más elevada establecida castiga a los camiones que circulan con carga que exceda las dimensiones o el peso máximo reglamentario.

La multa en ese caso puede llegar a las 20.000 UF, es decir la suma de $ 36.140.000 pesos.

Al margen (II)

El seguro, vigente. La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías dejó sin efecto en diciembre último la multa e inhabilitación aplicadas a un motociclista en un control en la ciudad de Mar del Plata.

El conductor había sido infraccionado por no exhibir la constancia del seguro obligatorio. En su descargo, afirmó que contaba con el seguro vigente, pero que el recibo virtual estaba en un teléfono que no tenía consigo mientras trabajaba.

Los jueces acreditaron que, efectivamente, la cobertura estaba vigente y señalaron que la falta correspondía a un incumplimiento formal, no a una infracción que pusiera en riesgo la seguridad vial. Con ese fundamento, revocaron la multa y la inhabilitación.

Sabor amargo

Estos son los montos vigentes, mínimos y máximos, para noviembre-diciembre 2025, haciendo la salvedad que en todos los casos el pago voluntario tiene un 50 % de descuento:

—Sin cobertura de seguro obligatorio: $ 542.100 y $ 1.807.000.
—Sin comprobante de seguro: $ 90.350 y $ 180.700.
—Uso telefonía celular: $ 271.050 y $ 903.500.
—Sin cinturón de seguridad: $ 180.700 y $ 903.500.
—No respetar semáforo: $ 542.100 y $ 903.500.
—Estacionar zona prohibida: $ 542.100 y $ 1.807.000.

—Exceso de velocidad: $ 271.050 y $ 1.807.000.
—Circular sin licencia: $ 180.700 y $ 813.150.
—Ruidos molestos: $ 542.100 y 1.807.000.
—Negarse al test alcoholemia: $ 903.500 y $ 2.168.000.
—Test de alcoholemia positiva: $ 542.100 y $ 1.807.600.
—No registrarse en parquímetros: $ 26.400.