Bahía Blanca | Lunes, 01 de diciembre

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La única condenada por “los 500 kilos de marihuana” podrá salir de prisión

Casación revocó una resolución de la Justicia local y benefició a Brisa Mora, quien está en la cárcel desde marzo de 2022. La investigación no avanzó “hacia arriba”.

Oculta en el sommier donde dormía la joven encontraron la media tonelada de marihuana.

Brisa Aylén Mora, la única persona condenada por el mayor secuestro de marihuana en nuestra ciudad, obtendrá el beneficio de las salidas transitorias de la cárcel.

La joven, hoy de 23 años, está detenida en una cárcel federal de la ciudad de Santa Rosa desde marzo de 2022, mientras purga una sentencia a 4 años de prisión por el secuestro, en la vivienda que alquilaba -ubicada en la cortada de Cerro de la Caballada 412 del barrio Pacífico- de más de media tonelada de ladrillos prensados de esa droga.

Siempre se consideró a Mora un "perejil" o un eslabón muy secundario de la organización que traficó dicho cargamento hacia Bahía Blanca, y por ese motivo se le aplicó el mínimo de la pena prevista por la ley, aunque la investigación nunca avanzó "hacia arriba".

Desde hace un tiempo que viene reclamando beneficios excarcelatorios y si bien desde el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía se lo negaban, ahora recibió una respuesta favorable a sus pretensiones.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría de opiniones, anuló la última resolución del cuerpo judicial bahiense y ordenó un nuevo pronunciamiento, que significaría el beneficio de las salidas, teniendo en cuenta que la pena de la joven le vence el 17 de marzo próximo.

Por mayoría

Los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar aceptaron la apelación de la defensa, mientras que su colega Guillermo Yacobucci (en minoría) consideraba válida la medida del tribunal bahiense de mantenerla sin salidas.

La restricción, a criterio del tribunal local, no se daba por el tiempo de detención -ya cumplido para obtener el beneficio- sino por algún reparo del Departamento Técnico Criminológico acerca del concepto (bueno 5) que tenían sobre la interna.

La defensa de Mora sostenía que los informes que tuvo en cuenta el tribunal bahiense "son parciales y meramente descriptivos" y que la determinación de salidas de prisión "requiere un pronóstico individualizado y razonado en todas sus áreas".

Si bien el juez Yacobucci consideró que la negativa del TOCF bahiense no era arbitraria ni tenía vicios de fundamentación, sus colegas de Casación Ledesma y Slokar coincidieron en afirmar que a Mora le correspondía dicho beneficio.

Aclararon que se "omitieron" evaluar distintas áreas sobre el desempeño intramuros de la chica, como los avances evidenciados en el régimen progresivo, "indispensable para efectuar un pronóstico adecuado acerca de su reinserción social".

También destacaron que la detenida realizó talleres de manicuría, serigrafía y cestería, con lo cual también demostró "buena disposición".

De hecho, por estímulo educativo, el 16 de abril del año pasado se le concedió una reducción de 4 meses de los plazos requeridos para el avance en el régimen de progresividad del sistema penitenciario, según lo que prevé la ley 24.660.

Autodisciplina

"Mantiene autodisciplina dentro y fuera de su lugar de alojamiento, habiéndose adaptado a las normativas y pautas que deben regir en el establecimiento carcelario", sostuvo Slokar. 

Casación, en consecuencia, dispuso -por mayoría de opiniones de los jueces de la Sala II- anular la sentencia del TOCF de Bahía Blanca, que le había negado a Mora las salidas transitorias, y remitió las actuaciones para un nuevo pronunciamiento.

Hay que tener en cuenta que el régimen penitenciario está regulado en base a un tratamiento progresivo e individualizado, que encuentra su fundamento en el artículo 18 de la Constitución Nacional.

Dicha modalidad "importa el avance del interno por las distintas etapas de la ejecución de la pena -entre éstas el acceso al régimen preparatorio para la liberación-, considerándose para ello sus potencialidades y evolución", explicaron los jueces al momento de anular el fallo de origen.

Habría llegado desde el Paraguay

Característica. En los primeros tramos de la investigación se especuló que la marihuana, que estaba prensada, pudo llegar por tierra en un camión o utilitario, a través de Misiones y Santa Fe.

Procedencia. Ese tipo de droga solía arribar desde una localidad paraguaya siempre vinculada al narcotráfico como Pedro Juan Caballero, que está enclavada en la selva y con vastas extensiones de campos cultivados con cannabis.

Destino. Tampoco quedó claro si la droga estaba "en tránsito" cuando fue secuestrada en Bahía. No se descarta que pudiera seguir camino hacia la Patagonia o Chile (se lleva por pasos fronterizos no habilitados), donde tiene mayor valor de reventa.