Prohibieron que Jonathan Luna tenga acceso a las redes sociales
Lo resolvió el juez de Ejecución Penal N° 1, Claudio Brun, a partir de que la madre de Micaela Ortega denunciara haber recibido mensajes del sujeto a través de Facebook.
La justicia bahiense determinó la prohibición de que Jonathan Luna, el femicida de Micaela Ortega (12), quien en 2016 se convirtió en la primera víctima en el país de grooming seguido de muerte, tenga acceso a redes sociales desde un celular o cualquier otro dispositivo.
El fallo fue dictado por el juez de Ejecución Penal N° 1, Claudio Brun, a partir de la presentación realizada a principios de agosto por Mónica Cid, quien manifestó que recibió mensajes a través de un perfil de Facebook del asesino de su hija.
"Espero que algún día usted me pueda perdonar", "hoy estoy pagando mi error", le habría escrito Luna a través de Messenger desde una cuenta denominada Jon Jony.
El sujeto, que tiene condena firme a prisión perpetua y la purga en un pabellón de diversidad sexual (en agosto de 2022 cambió su identidad como "Yoana" Luna) de la Unidad Penal N° 32 de Florencio Varela, fue indagado por el magistrado y negó la acusación.
Señaló que no tiene teléfono celular y que los mensajes podrían haber sido enviados por una relación anterior de su actual pareja con el objetivo de "vengarse".
Brun detalló en la resolución la importancia del delito por el que fue sentenciado Luna.
"Si la persona condenada, como Luna, mantiene la posibilidad de acceso a un teléfono móvil o a cualquier dispositivo con conexión a Internet, y considerando que el delito se comete exclusivamente en el entorno digital y sin requerir presencia física, el agresor puede continuar cometiendo ilícitos del mismo calibre desde el ámbito penitenciario. Esta situación se agrava si el uso de dicha tecnología se da sin el control o la supervisión efectiva por parte de la autoridad penitenciaria correspondiente, eliminando el propósito de la pena de prisión respecto a la protección de las víctimas potenciales".
Del mismo modo, ordenó a las autoridades carcelarias que arbitren los medios a fin de que el interno "continúe manteniendo y asegurando el contacto con su entorno familiar y defensa técnica a través de llamadas desde teléfonos que a esos efectos disponga el Servicio Penitenciario Bonaerense (línea fija)".
Finalmente, ante la posible comisión de un delito de acción pública, ordenó que se le de intervención a la fiscalía en turno del Departamento Judicial de Quilmes.