Bahía Blanca | Martes, 07 de mayo

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Autonomía municipal: senadores radicales impulsan una reforma de la Constitución Provincial

Proponen, por el mecanismo de enmienda, cambiar el Capítulo VII y dotar de mayor poder de decisión a los municipios. Si prospera, cada comuna tendrá su propia carta orgánica, mayores atribuciones y más ingresos por coparticipación. El vecinalismo había presentado un proyecto en esa línea hace dos años.

Fotos: Archivo La Nueva.

Juan Ignacio Schwerdt / jschwerdt@lanueva.com

   La autonomía municipal vuelve a tomar impulso en la Legislatura bonaerense; en esta oportunidad, de la mano de un grupo de senadores radicales que integran la bancada de Juntos, quienes proponen una reforma de la Constitución Provincial a través de una enmienda.

   “El proyecto propone una reforma parcial de la CP a los fines de dotar de autonomía plena a los municipios de la provincia de Buenos Aires, logrando una mayor descentralización del poder en nuestro sistema federal”, indicaron desde el grupo que conforman, entre otros, el senador David Hirtz (Juntos-Adolfo Alsina).

   La iniciativa contempla que las comunas tengan “autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional” y puedan dictar sus propias cartas orgánicas.

   De esta modo “podrán ejercer su poder constituyente y tener normas adecuadas a las necesidades y realidades locales”, explicaron.

La iniciativa surge como una alternativa a otro proyecto impulsado desde Juntos: la división de la provincia.

  Los legisladores hicieron hincapié en que los municipios bonaerense “absorben cada vez más competencias” y responsabilidades, pero no reciben los fondos correspondientes de parte de la Provincia ni tienen la potestad de crear impuestos para ello.

   “El municipio ha dejado de ser un mero ente público que se dedica solamente al barrido, alumbrado y limpieza de las calles, sino que se ha convertido en la instancia pública más cercana de la sociedad y debe dar respuesta al reclamo social de sus vecinos”, enfatizaron.

   “Hoy los municipios ejercen facultades y competencias relativas a cuestiones de salud, producción, empleo, cultura, seguridad, obra pública, urbanismo, entre otros tantos temas”, agregaron los legisladores.

Los senadores Ariel Martínez Bordaisco, Erica Revilla, David Hirtz, Flavia Delmonte, Alejandro Cellillo y Agustin Maspoli, autores de la iniciativa.

 

   La senadora Flavia Delmonte, otra de las senadoras que firmó la iniciativa, sostuvo que con esta reforma los intendentes tendrán “un mayor grado de libertad para regular diversas cuestiones en función de los intereses locales”.

   “Los municipios tienen necesidades que el gobierno provincial no conoce o no quiere o no puede solucionar. Eso quedó en evidencia durante estos dos años de pandemia: se disponían limitaciones o cierres en los 135 distritos, pero los municipios pequeños del interior no tenían las mismas complejidades que los del AMBA, y les costaba mucho que el gobernador y sus funcionarios entendiera su realidad”, señaló a modo de ejemplo.

   “Nadie mejor que cada intendente, más allá de su color político, y los habitantes de cada distrito para entender sus necesidades. Es difícil que el gobernador o un funcionario provincial entiendan las necesidades de los 135 municipios en el día a día”, agregó.

Los detalles del proyecto de enmienda

   El proyecto de ley establece la necesidad de reformar en forma particular la Sección VII de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires (que contiene los artículos 190º a 197º) mediante la modalidad de enmienda.

   En primera instancia, el nuevo proyecto reconoce a cada municipio como “una comunidad natural” con “autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional”. 

   También establece que los límites territoriales de las comunas los definirá la Legislatura, mientras que la creación y/o división de nuevos municipios deberá ser sancionada “por ley y con mayoría de dos tercios del total de los miembros de ambas cámaras”. 

   En este punto los legisladores aclararon por qué no impulsaron un sistema similar al de la provincia de La Pampa, donde cada localidad o ciudad constituye una comuna.

   Adoptar algo así -indicaron- “implicaría dividir la provincia en unos 641 administraciones locales (135 cabeceras y 506 delegaciones) lo que es inaceptable desde el punto de vista administrativo–burocrático, ya que generaría un exceso de gasto público imposible de enfrentar en momentos de crisis como el que estamos viviendo”.

David Hirtz, senador de la región y coautor del proyecto.

 

Reglas propias

   “Los municipios podrán dictar sus Cartas Orgánicas y son independientes de todo otro poder en el ejercicio de sus atribuciones, conforme a esta Constitución y las leyes que en su consecuencia se dicten”, establece el primer artículo de la iniciativa.

   Para sancionar las cartas orgánicas se conformará en cada caso una Convención Municipal, la cual tendrá el doble de integrantes “que el número de concejales” actuales.

   Las Cartas Orgánicas deberán asegurar el sistema representativo y republicano (con elección de sus autoridades por voto directo, universal, igualitario, secreto y obligatorio); la división de poderes municipales y sus respectivas atribuciones; el régimen financiero, presupuestario y contable; la publicidad de los actos de gobierno y la reseña de los mismos en una memoria anual de percepción e inversión de fondos, entre otros temas.

   Los municipios, además, podrán “adoptar medidas internas de descentralización de poder, servicios y recursos entre la cabecera y las delegaciones”. 

   La conformación del gobierno no sufrirá mayores cambios: el poder ejecutivo estará a cargo de un intendente y, el legislativo, a cargo de un Concejo Deliberante, cuyos miembros (entre 6 y 24) se definirán en función de la cantidad de habitantes. 

   Todos los mandatos se extenderán por cuatro años y el CD se renovará por mitades, tal como sucede hoy.

   También se habilitará a los municipios a contraer deudas por hasta el 25% de los recursos ordinarios (considerando capital e intereses); elaborar planes de desarrollo urbano y rural; y normar y reglamentar el uso del suelo y la organización territorial de su destino, en el marco de la legislación provincial.

   En cuanto a los recursos, el proyecto permite establecer “tasas, derechos, patentes, tarifas y contribuciones”, pero también impuestos en línea con las normas provinciales y nacionales.

   Sobre la coparticipación, determina que no podrá ser inferior al 20% de la totalidad de los ingresos que perciba la Provincia (por impuestos o por coparticipación nacional), y establece además que “la descentralización de servicios provinciales o nacionales hacia los municipios deberán ir acompañada de los recursos pertinentes”.

   El proyecto también habilita a las comunas a “celebrar convenios entré sí o con la Provincia y/o constituir organismos intermunicipales, consorcios, cooperativas o sociedades para la realización de obras públicas, prestación de servicios, promoción de la producción y turismo, cooperación técnica financiera o cualquier otra actividad de interés común”.

La diputada María Fernanda Bevilacqua (FdT-Villarino), autora de un proyecto de promoción de las autonomías municipales que no prosperó en la Legislatura.

 

El vecinalismo había dado el primer paso

   El movimiento vecinalista bonaerense viene insistiendo desde hace años con una reforma que promueva la autonomía municipal. 

   En nuestra región quien más se ha explayado al respecto es el intendente de Villarino, Carlos Bevilacqua (Acción por Villarino). Su hija, la diputada María Fernanda Bevilacqua (FdT-Villarino), elevó cuatro iniciativas a la Cámara Baja bonaerense, pero nunca tuvieron el respaldo que esperaba.
Bevilacqua proponía: 

   1) La reforma de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Nº 6.769), con el objetivo de que en el futuro cada municipalidad pueda sancionar su propia carta orgánica.

   “Es un absurdo que una misma ley regule la realidad de un distrito agrícola de 20 mil habitantes y, al mismo tiempo, otro del Conurbano que tiene dos millones de pobladores. Cada comuna debería tener la posibilidad de definir su funcionamiento en base a su realidad y necesidades”, indicó al respecto el jefe comunal villarinense.

   El jefe comunal dijo que también es absurdo que haya un único tribunal de cuentas para 135 distritos, y propuso que cada uno tenga el propio. Esto no está incluido en el proyecto que ahora presentan los senadores radicales.

   2) La autonomía municipal con suficiencia presupuestaria.

   Bevilacqua subrayó que, cuando la gente necesita pavimento, cloacas o agua, “no va a golpearle la puerta a Alberto Fernández o a Axel Kicillof, sino al intendente”.

   “Entonces cada jefe comunal debería tener los fondos a mano para dar respuestas -dijo-. En lugar de eso, la lógica que impera es que los intendentes, ante la necesidad de sus vecinos, tengan que ir a mendigar partidas por los ministerios. Eso no puede ser así. Si queremos una democracia más madura, más fuerte en lo institucional, hay que cambiar”, resaltó.

   3) La implementación de la boleta única de papel en los actos electorales.
Este punto tampoco está contemplado en el nuevo proyecto, pero para el vecinalismo es clave porque evitaría que las pequeñas estructuras partidarias estén en igualdad de condiciones respecto de las más grandes.

   4) La reformulación de las secciones electorales, elevando el número actual de jurisdicciones de 8 a 11.

   Esto no está en el proyecto nuevo, pero para el vecinalismo es importante para garantizar que todas las regiones tengan el mismo número de representantes en la Cámara de Senadores, sin importar la cantidad de población que tengan.