Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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La fiscalía reclamó 12 años de prisión para Marcelo Caramelli y Leonardo Pombo

Los exfuncionarios municipales están procesados por cobrar dinero a albañiles que realizaban obras en el cementerio local. Los defensores reclamaron la absolución de ambos.

Pablo Presti-La Nueva.

   El fiscal Gustavo Zorzano solicitó penas de 12 años de cárcel para los exfuncionarios comunales Marcelo Caramelli y Leonardo Pombo, imputados de extorsionar y cobrar dinero a albañiles que ejecutaban obras en el cementerio municipal.

   Durante los alegatos del debate que lleva adelante el Tribunal en lo Criminal Nº 3, el titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10, sostuvo que el relato de las víctimas y los testigos permite acreditar el procedimiento extorsivo.

   Agregó que los albañiles hablaron del pedido del dinero y las consecuencias por no acceder al pago.

   Zorzano imputó a Caramelli y Pombo por el delito de extorsión reiterada (8 hechos) en concurso real.

   También reclamó 10 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de 50 mil pesos de multa.

   A fines de marzo Caramelli había sido condenado a 5 años de cárcel por la muerte de Daiana Herlein.

Las defensas

   A su turno, en un alegato que superó las dos horas, el abogado César Sivo, defensor de Pombo, indicó que existieron contradicciones y deficiencias probatorias en la acusación.

   Agregó que las "declaraciones autocontradictorias" de los trabajadores "chocan con otras constancias de la causa".

   Señaló que las "supuestas víctimas son inconsistentes y no pueden sostener ni las amenazas".

   El letrado consideró "descabellada" la hipótesis de la extorsión, al tiempo de señalar que la declaración de su asistido "tiene correlato con la prueba".

   Describió que a los albañiles les interesaba pagar para obtener otros beneficios.

   Refirió que la figura legal más indicada resultaría la de dádivas, pero mencionó que al no existir una imputación alternativa por parte de la fiscalía corresponde la absolución.

   En forma subsidiaria, en caso de ser hallado culpable, solicitó que el caso se encuadre como concusión y se imponga la pena mínima.

   Finalmente, ante la posibilidad de que los jueces encuentren probada la extorsión, refirió que el delito no se produce en concurso real y que se debe dejar al margen a 4 de las víctimas señaladas por la fiscalía, al entender que algunas no se vieron intimidadas, otras abonaron dinero por decisión propia y alguna de las restantes directamente no lo hizo.

   En el mismo orden se expresó el abogado Sebastián Martínez, representante legal de Caramelli, quien también afirmó que no se configuró la extorsión y debe ser absuelto.

   Manifestó que si los magistrados admiten la acusación del Ministerio Público, el ex director del Cementerio no puede ser considerado como coautor sino en carácter de partícipe secundario, debiendo imponérsele la sanción mínima para esa figura.

   Sostuvo además que en el caso de que el Tribunal decida condenar y adopte otro tipo penal, este debería ser el de concusión, también con el mínimo de la sanción.

   Ambos defensores sostuvieron que la condena impuesta a los procesados a mediados de 2017 no puede ser computada como antecedente, debido a que se trata de una sentencia dictada con posterioridad a estos hechos imputados.

   Tras escuchar a las partes los jueces decretaron un cuarto intermedio hasta el próximo martes a mediodía, cuando se de a conocer el veredicto.