Reforma: ¿qué cambia en el sueldo con los tickets canastas y los beneficios?
El proyecto reafirma que el sueldo debe abonarse en dinero, pero amplía las prestaciones complementarias.
Recibido en 1993, acumula 28 años de trayectoria en el periodismo local. Ex jefe de la sección Deportes y La Ciudad y actual secretario de Redacción de La Nueva. Ex profesor de los dos institutos de Periodismo de la ciudad. Especialista en temas deportivos, sociales y gremiales.
La reforma laboral en discusión volvió a encender el debate en el ámbito sindical por un tema sensible: de qué manera podrán pagarse los salarios y qué lugar ocuparán los beneficios en especie, desde criptomonedas hasta tickets restaurante o membresías de gimnasio.
Aunque en la discusión pública se instaló la idea de una fuerte flexibilización, el análisis técnico muestra un escenario más matizado: el principio de pago en dinero se mantiene, pero se abren nuevas zonas grises que los gremios observan con atención.
Uno de los puntos centrales del proyecto es que la remuneración debe abonarse en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, lo que habilita expresamente el pago en dólares.
En paralelo, no se modifica el artículo 107 de la Ley de Contrato de Trabajo, que fija un límite del 20% para el pago en especie. En la práctica, esto implica que:
--el sueldo no puede reemplazarse por bienes o vouchers;
--hasta un 20% podría abonarse en especie;
--el resto debe pagarse obligatoriamente en dinero.
Para los especialistas, este tope sigue siendo el principal dique de contención frente a una eventual “mercantilización” del salario.
Criptomonedas, soja o vino: qué dice la letra fina
El debate público incluyó ejemplos que generaron ruido en el mundo gremial, como la posibilidad de cobrar en criptoactivos o productos.
La interpretación dominante es que las criptomonedas no son moneda de curso legal sino activos financieros, por lo que encuadran como pago en especie y quedan alcanzadas por el tope del 20%.
Algo similar ocurre con bienes como soja o vino: pueden formar parte de la remuneración solo como complemento y dentro de los límites legales.
Además, en el trabajo agrario la remuneración fijada por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario debe pagarse íntegramente en dinero, por lo que la entrega de granos solo podría operar como adicional voluntario.
Tickets y prestaciones complementarias
Donde el proyecto introduce novedades es en la definición de las prestaciones complementarias.
La reforma prevé que el empleador pueda otorgar, además del salario en dinero, prestaciones en especie que integren la remuneración. Entre ellas aparecen:
--canastas alimentarias,
--tickets restaurante,
--u otros beneficios similares.
En estos casos, al ser considerados remunerativos, impactan en aportes y contribuciones.
Sin embargo, los laboralistas advierten que la empresa no puede reemplazar de manera unilateral parte del sueldo en efectivo por estos beneficios, ya que podría configurarse una desmejora de las condiciones laborales.
Lo que queda afuera
El proyecto mantiene la categoría de beneficios sociales, que no tienen carácter remunerativo.
Allí se encuadran, por ejemplo:
--servicios de comedor,
--guarderías,
--capacitaciones,
--cobertura médica integral.
La iniciativa incluso amplía la posibilidad de brindar servicios de alimentación mediante acuerdos con restaurantes cercanos, lo que reavivó el debate sobre un eventual regreso de los tickets de comida.
Para conservar su carácter no remunerativo, estos beneficios deben ser no dinerarios, no acumulables y no sustituibles por dinero.
Gimnasio y otros grises
Uno de los puntos que podría generar mayor conflictividad es la clasificación de ciertos beneficios habituales.
Mientras la medicina prepaga se ubica con claridad como beneficio social, la cuota de gimnasio podría ser considerada remunerativa según cómo se instrumente, lo que abre un área de posible litigio.
La mirada sindical
En el frente gremial, la preocupación no pasa tanto por la redacción actual —que mantiene límites claros— sino por lo que pueda ocurrir en la práctica.
Los sindicatos siguen de cerca:
--la reglamentación pendiente,
--la interpretación judicial futura,
--y el uso que las empresas hagan de las prestaciones complementarias.
Por ahora, la normativa no habilita pagar sueldos íntegramente con vouchers, criptomonedas ni mercadería. Pero el nuevo esquema introduce matices que prometen convertirse en un nuevo eje de discusión en paritarias y negociaciones colectivas.