Bahía Blanca | Martes, 29 de julio

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Otro bahiense que va a la Justicia para renovar la licencia de conducir

Por multas impagas en Misiones -de las que no fue notificado- a un vecino le impidieron hacer el trámite. Interpuso una acción de amparo que está en trámite.
 

La discusión es recurrente: ¿es legal pedir libre deuda de multas para renovar la licencia de conducir?

Más de un bahiense debió afrontar esta situación y no pudo obtener el trámite, pese a tener infracciones sin sentencia firme o directamente no haber sido notificados de las mismas.

Este último es el caso de J.E.D., un vecino de nuestro medio que presentó una acción de amparo para que le habiliten el carnet, porque necesita manejar para trasladar a su madre (es único hijo), que tiene 88 años y es discapacitada.

A fin de 2024, el juez de Garantías N° 2, Guillermo Mércuri, le dio la razón, pero el caso se encuentra actualmente en estudio de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, a partir de un recurso presentado por la Fiscalía de Estado provincial.

El automovilista informó que el 5 de noviembre pasado se le vencía la licencia y que el mes anterior sacó el turno respectivo, pero cuando llegó a las oficinas de Tránsito y Transporte, en el Paseo del Sol, lo "bocharon" apenas lo recibieron.

"Me retiré sorprendido"

"Me dijeron que había multas impagas y que debía abonarlas para continuar con el trámite. Por primera vez tomé conocimiento de una supuesta infracción", agregó.

En ese mismo momento recibió un informe del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT).

"Me retiré sorprendido y sin poder concluir el trámite", continuó.

J.E.D. pudo comunicarse con la Unidad Administrativa de Infracciones de Misiones y estableció que eran dos multas, de mediados de 2023 -en la misma ruta y con 18 minutos de diferencia- por excesos de velocidad leves (superado el límite por menos de 10 kilómetros por hora).

Una de las multas que recibió el bahiense desde Misiones

También estableció que la notificación se la habían enviado a un domicilio equivocado, de la calle Tucumán, cuando él vive en Estela Caballero, que anteriormente se conocía como Segunda Tucumán.

Al día siguiente envió una nota al municipio para advertirle que no podían impedirle la renovación a menos que las multas contaran con sentencia firme y estuvieran debidamente consentidas, aunque recibió como respuesta que esa decisión no era competencia municipal.

"Surge claramente que no existe posibilidad alguna que se haya arribado a una sentencia firme en las actuaciones iniciadas por las presuntas infracciones, ya que el domicilio consignado no es el del suscripto, por lo que nunca se me podría haber notificado ahí. Claramente existen recursos pendientes para ser ejercidos por esta parte, razón por la que no voy a proceder a pagar una multa sin antes utilizar mi derecho constitucional a defenderme", sostuvo el vecino.

También dijo que el informe entregado desde la provincia mesopotámica carece de detalles obligatorios, pero sí cuenta con los datos sobre cómo cancelar la multa, con lo cual, a su criterio, tiene un fin claramente recaudatorio.

Otros mecanismos

Asesorado por la abogada Rocío Soledad Albizu, el hombre presentó la acción de amparo y el juez Mércuri la aceptó.

Sostuvo el magistrado que la ley 13.927, que regula esta cuestión, pide como requisitos que el solicitante no posea sanciones incumplidas ni estuviere inhabilitado y que solo el decreto que la reglamenta alude a "tener libre deuda de infracciones de tránsito".

"Considero irrazonable la necesidad de regularizar el pago de multas por infracciones de tránsito como una exigencia establecida en el decreto reglamentario de una ley que no lo exige", sostuvo Mércuri, para agregar que "existen otros mecanismos legales para exigir y percibir el importe de las multas por infracciones de transito, como es por vía de apremio".

En consecuencia, declaró inconstitucional el inciso 3 del artículo 10 del decreto que reglamenta la ley 13.927 e hizo lugar al amparo.

Sin embargo, la Fiscalía de Estado provincial apeló la medida y el caso fue recibido en las últimas horas por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, que tendrá que fijar postura.

Desde Provincia recurrieron porque consideraron que no se respetaron los plazos de su parte para responder la demanda del vecino bahiense.

Camino sinuoso

Trampa. La misma Cámara marplatense que tiene que actuar en este caso ya había advertido en otras resoluciones que el ciudadano bonaerense que va a sacar o renovar su licencia de conducir "puede quedar entrampado" frente a una denegatoria de este tipo y "la burocracia del sistema instituido".

Inconstitucional. En 2016, la jueza María Elena Baquedano había declarado inconstitucional la misma medida, en ese caso por el reclamo de un vecino de Coronel Suárez.

Rechazo. En 2023, en tanto, ante la presentación de un bahiense, el juez Onildo Stemphelet rechazó el planteo sin analizarlo (adujo falta de pruebas), pero la Cámara marplatense revocó esa resolución y, sin entrar en el fondo de la cuestión, ordenó que un nuevo juez local dictamine.

Opinión. En notas anteriores, el abogado Adrián Carbayo, experto en la materia, reconoció que "muchas veces te quieren cobrar infracciones por las cuales no hay sentencia o no está notificado el infractor o están mal hechas".