Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

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DyF: seguirán presos los dos abogados condenados por asociación ilícita

El Tribunal de Casación Penal confirmó las sanciones impuestas en 2018 a Roberto Carmona y Rafael Díaz Flaqué, relacionados con las maniobras que tenían por cabecilla a Sergio Favretto.

 

Díaz Flaqué, de pie, y Carmona, en el fondo, durante el juicio de 2018. Foto: archivo La Nueva.

   La Sala IV del Tribunal de Casación Penal confirmó las condenas que la justicia de Bahía Blanca les había impuesto a dos abogados acusados de conformar una asociación ilícita en el marco de los planes de vivienda de DyF.

   Esta confirmación llegó en las últimas horas al Tribunal en lo Criminal N° 1, cuyo juez Ricardo Gutiérrez había dictado la sentencia, a 9 años de cárcel, contra Roberto Daniel Carmona y Rafael Benedicto Díaz Flaqué.

   Ambos están acusados de ser partícipes necesarios de defraudación fiduciaria (3 hechos) y coautores de estafa en grado de tentativa, administración infiel y asociación ilícita, todo en concurso real.

   Los jueces Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello, de Casación, confirmaron el fallo del doctor Gutiérrez y, de esa manera, rechazaron las apelaciones presentadas por los defensores Leonardo Gómez Talamoni y Augusto Duprat.

   Carmona permanece detenido en la Unidad Penal N° 46, en San Martín, y Díaz Flaqué, en el Complejo Federal de Ezeiza, según se informó.

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   Casación sostuvo que no advierte que el juez "haya incurrido en afirmaciones absurdas o arbitrarias" al arribar a las condenas.

   "Los acusados suscribieron numerosos documentos, de variada índole (poderes, boletos de compraventa, constituciones de sociedades anónimas y civiles, cambios de directorio, transmisiones de dominio, mediaciones, reconocimientos de deuda, etc.), con los que se concretaron actos jurídicos que tuvieron en mira afectar patrimonios ajenos", concluyó Casación.

   Fueron "evidentes" las maniobras para evitar cumplir con los contratos y obtener de esa manera un beneficio personal.

   Explicó Casación que el fallo se basó en "un lógico razonamiento que no presenta fisura alguna de prueba pertinente, seria, decisiva y convincente" y que el reclamo de los defensores es "insuficientes", aunque los habilitaron para apelar ante la Suprema Corte de Justicia provincial.

   También rechazó el pedido de achicar la pena, porque consideró que se tuvo correctamente en cuenta la extensión del daño causado, el valor del perjuicio, la posición de las víctimas y la formación profesional de los acusados.

   Sergio Favretto, supuesto organizador del andamiaje delictivo, permanece detenido en Brasil, a la espera de que avance el proceso de extradición demorado, entre otros aspectos, por la pandemia.