Bahía Blanca | Domingo, 01 de marzo

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Chocó en moto con un caballo suelto y demandó al Estado, pero no tuvo éxito

Una mujer que resultó con heridas de consideración tras la colisión en la ruta 3 sur buscó un resarcimiento municipal, provincial y/o nacional, aunque la Justicia Federal de Bahía rechazó la acción.

El sector donde se produjo el siniestro vial tiene tránsito fluido de motos, autos y camiones.

El 2 de enero de 2015, sobre la 1 de la madrugada, cuando transitaba en moto por la ruta nacional 3 sur, cerca del cruce con Charlone y en dirección a Villa Bordeu, una motociclista embistió de manera imprevista, afectada por la muy baja visibilidad, a un caballo que estaba suelto.

La víctima, identificada como L.A.P., terminó tendida en el asfalto y con pérdida de conocimiento.

Ya en el hospital recordó que el animal se asustó con el paso de su moto y realizó un movimiento brusco e inesperado que le impidió a ella esquivarlo o frenar.

Por el impacto, la mujer terminó con traumatismos múltiples y riesgo de la pérdida de su feto, ya que transitaba pocos meses de un embarazo.

Pese a que el niño nació, debió ser sometida a una cesárea y no pudo dar a luz mediante parto natural, como deseaba.

Al día de hoy, L.A.P. todavía sufre las consecuencias de los daños físicos y psíquicos. No pudo volver a subirse a una moto.

Dos años después del siniestro decidió avanzar con una demanda y fue contra todos los niveles del Estado: el municipal, el provincial y el nacional.

Asesorada por el abogado Julio Czerniecki, la mujer apuntó no solo contra la comuna, sino también hacia las direcciones provincial y nacional de Vialidad, al considerar que las autoridades pudieron prever esta situación.

Exigió un total de 1.240.000 pesos (a fecha de 2017), discriminado en daño físico ($800.000), daño psicológico ($40.000), gastos de internación y farmacia ($200.000) y daño moral ($200.000).

Citó la ley 26.944, en su artículo 3, que establece ciertos requisitos, como la relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad del órgano oficial y el daño cuya reparación se persigue y la falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular por parte del Estado.

Sin embargo, el Juzgado Federal Nº 2, a cargo de la jueza María Gabriela Marrón, rechazó la demanda.

Ni los Estados nacional y provincial, a través de Vialidad; ni la Municipalidad de Bahía Blanca -por su supuesto por de policía para controlar animales sueltos- fueron considerados responsables del incidente que le provocó lesiones a la mujer.

En el caso de la Dirección Provincial de Vialidad, la jueza aclaró que está documentado que la ruta donde se produjo el siniestro vial responde a Nación, con lo cual se determina la "exclusión de responsabilidad" de ente bonaerense.

También reconoció que la Dirección de Vialidad Nacional tiene obligación de mantener la carretera en buenas condiciones y libre de obstáculos.

"No surgen de las circunstancias adunadas en autos falencia alguna de orden estructural (calzada defectuosa, existencia de pozos, banquinas descalzadas), deficiencia, falta de señalización y/o entorpecimiento que impidiera el libre tránsito", explicó.

"En lo concerniente a la aparición de animales y el invocado deber genérico de prevención, no ha especificado concretamente la
accionante en que consistirían las medidas de fiscalización que debió llevar a cabo la Dirección Nacional de Vialidad y, en ese aspecto, no existe ninguna constancia en autos que acredite que DNV tuviere conocimiento de la presencia de animales sueltos en el lugar", agregó.

Apuntar al dueño

En esa línea, sostuvo la Justicia que el reclamo debería apuntar al dueño del caballo.

"El hecho que genera el daño ocurrió exclusivamente producto de la colisión con un caballo que se encontraba suelto en la ruta, con lo cual la responsabilidad se le puede atribuir al dueño y/o guardián del mismo o, en todo caso, a quien tenía el poder de policía de control y fiscalización sobre la presencia de animales sueltos de manera lindera a una ruta nacional", afirmó el fallo.

Se explicó que la demandante no ofreció como medio de prueba la posible existencia de reclamos previos vía telefónica -como la línea de atención al vecino 0800-666-224 o al 911-, que dieran cuenta de la existencia de animales sueltos en el sector.

Tampoco hay denuncias a la plataforma web Bahía Responde o denuncias formales ante la secretaría de Salud y Bienestar Animal, ni presentaciones en sede policial de terceros sobre la misma cuestión.

Por último, no hubo presentación en esa dirección de documentación periodística de medios televisivos, radiales o gráficos que apuntaran a esa problemática en los días previos al hecho, "que pudieran sostener asiduidad de la existencia de equinos sueltos en el ejido urbano".

¿Era previsible?

El ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, tiene dicho que el concepto de previsibilidad "exige ponderar la responsabilidad del Estado frente a lo esperado, lo esperable y lo inesperado".

La actitud ante a lo previsible o esperado -agrega Rosatti- es la "previsión", que "demanda evitar que el evento suceda, guiar sus acontecimientos o mitigar sus efectos". 

Esa definición fue traída al caso bajo análisis en nuestra ciudad y se explicó que la invocada "omisión" del poder de policía que está a cargo del municipio "en la falta de control de la circulación y cuidado del peatón" no se pudo acreditar.

"Si el municipio no toma el debido conocimiento de la presencia de animales sueltos en determinada zona, no puede imputársele una omisión, en tanto no puede interpretarse que su deber es patrullar incesantemente las calles, lo que torna al hecho en inesperado y prácticamente imposible", dijo la jueza Marrón en la resolución.

Esto sin dejar de tener en cuenta que cuando sucedió el choque no había luz natural y fue repentina la intrusión del caballo en la arteria.