Bahía Blanca | Miércoles, 25 de junio

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La CCIyS y la Cámara de Comercio señalan que no habrá restricciones para trabajar jueves y viernes

Mediante un comunicado se detalla cómo son las normas legales para quienes decidan o no trabajar en semana santa.

Para los días que comprende semana santa, los comercios y empresas y/o sus dependientes de nuestra ciudad podrán trabajar con absoluta normalidad y libertad, sin perjuicio del estricto cumplimiento de la legislación laboral vigente, según detalla un comunicado emitido por la Corporación del Comercio, la Industria y Servicios y la Cámara de Comercio de Bahía Blanca.

El jueves santo es un día no laborable, según establece el artículo 167 LCT, por lo que el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines.

Los trabajadores que presten servicio ese día percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable,
el jornal deberá ser igualmente abonado al trabajador.

El viernes santo es feriado nacional (Ley 27.399) por lo que en tal caso rigen las normas legales sobre el descanso dominical, y los trabajadores que presten servicios 
cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual (artículo 166 LCT), por lo que se paga doble.