¿Están permitidas las bengalas de humo en los estadios de fútbol?
Confirman la condena a un hincha de un club de la Liga del Sur. Desde Aprevide explican en qué marco se pueden habilitar.

Audionota: Mariano Muñoz
Como parte de "la fiesta del fútbol" de cada domingo en las tribunas, es habitual de observar, con la salida de los equipos al campo de juego, cómo el ambiente se tiñe con los colores partidarios tras la activación de las llamadas bombas de humo.
Está claro que la ley prohíbe el uso de artículos pirotécnicos en espectáculos deportivos -aunque generalmente las hinchadas los utilizan, pero desde afuera de los estadios, para evitar sanciones institucionales-, aunque no está claro el límite con respecto a ese tipo de bengalas de colores.
En los últimos días, la Justicia de Bahía Blanca confirmó la condena a un hincha que a mitad de año prendió un artefacto de ese tipo en una tribuna, al inicio de un partido de la Liga del Sur.
Si bien la sentencia de 15 días de arresto fue remitida (se suspendió su cumplimiento por tratarse de una persona sin antecedentes), el fallo del Juzgado en lo Correccional Nº 2 fue confirmado en los últimos días por la Cámara Penal de Bahía Blanca.
Se lo consideró una infracción al artículo 13 de la Ley 11.929.
Esa normativa prevé 15 a 30 días de arresto, y/o prohibición de concurrencia de 6 a 20 fechas, a quien llevare consigo "artificios pirotécnicos". Si los mismos fueran encendidos y/o arrojados se aplicará al infractor el máximo de la sanción.
Dicho artículo, finalmente, aclara que "toda autorización de excepción será otorgada por autoridad competente, en forma escrita a los organizadores del evento".
El caso en cuestión terminó con la sanción de Martín Ramiro Peralta, de 38 años, seguidor del club Libertad.
Durante un feriado
La falta se constató el 1 de mayo pasado, durante un encuentro que disputó el equipo de Villa Rosas, como visitante, frente a San Francisco.
Poco antes de las 16, cuando estaba a punto de comenzar el encuentro, en la tribuna de Libertad se encendieron algunas bengalas de humo de color azul.
La Policía filmó la escena para iniciar un acta de infracción y en esas circunstancias identificaron a Peralta como uno de los que portaba una bengala y la movía de un lado al otro.
"No lo trasladamos a la comisaría para evitar un mal mayor, ya que estaba con otros simpatizantes", dejaron en constancia los oficiales.
Una vez finalizado el partido, y con la tribuna ya deshabitada, el personal actuante secuestró 3 recipientes de bengalas marca Rolando Rivas, con la inscripción de humo de color azul.
En su declaración, los policías confirmaron que no pudieron identificar a los otros portadores y que tampoco citaron a testigos porque eran parte de la misma hinchada.
Peralta, en tanto, fue citado el 5 de junio en sede policial, pero no prestó declaración sobre el incidente.
En consecuencia, la condena quedó confirmada por la Sala I de la Cámara Penal, aunque como el hombre no registra antecedentes contravencionales y es un infractor primario, se le impuso el mínimo de la pena y la sanción no será cumplida.
De todas maneras, y más allá del caso puntual, la duda prevalece en torno a si ese tipo de productos están o no permitidos en los estadios de fútbol.
Qué dice Aprevide
"El humo, las bengalas y la pirotecnia están totalmente prohibidas en las tribunas por la Ley 11.929. La pirotecnia también está prohibida igualmente fuera del estadio, aunque si no corresponde al operativo policial tendría que ejercerse con la regulación municipal", explicó a La Nueva. Walter Bertotto, titular regional de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte.
De todas maneras, aclaró que sí están habilitadas, con cierta regulación, las denominadas "latas" de humo, que se activan en el campo de juego cuando los equipos salen a la cancha.
"El único momento permitido es a la salida de un equipo y se habilita con autorización, con carta/membrete del club, lo mismo que los telones (banderas que pueden cubrir toda la superficie de una tribuna); son las únicas dos cuestiones que se autorizan aparte", sostuvo Bertotto.
"Potes" limitados y con control
Habilitación. Walter Bertotto, titular regional de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte, aclaró que el número de "potes" de humo para el ingreso de los equipos de fútbol al campo de juego no puede exceder los 10.
Modalidad. Los recipientes de los que emana el humo de color deben estar colocados dentro de la cancha, a una distancia prudencial entre sí pero a su vez todos unidos por una mecha de acción lenta.
Supervisión. "Tiene que haber personal especializado de Bomberos o Explosivos para observar cómo se instalan, se encienden y se retiran los residuos una vez que concluye el recibimiento. Esto nunca se puede hacer en la tribuna", remarcó Bertotto.
Empresas. El funcionario provincial explicó que, al menos en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y en escenarios de la Primera División de AFA, se contratan empresas de fuegos artificiales autorizadas y fiscalizadas por la Anmat, que se encargan de la instalación, el encendido y el retiro de los artefactos.