El juez Stemphelet seguirá en su cargo: el jury no lo destituyó
El jurado de enjuiciamiento no logró sumar la cantidad de votos necesarios para ordenar su remoción.
El jurado de enjuiciamiento decidió hoy restituir en su cargo al juez de Ejecución Penal Nº 2 de Bahía Blanca, Onildo Osvaldo Stemphelet, quien estaba acusado de incumplir los deberes y realizar actos incompatibles con la dignidad, al no alcanzar la mayoría exigida de votos para removerlo.
Stemphelet afrontaba un pedido de destitución de parte del fiscal del jury, Lucas Oyhanarte, quien representó a la Procuración en este caso.
El suspendido juez estaba imputado de vulnerar los derechos de una trabajadora sexual con la cual había mantenido un encuentro íntimo previo, en mayo de 2019, en un departamento de Rivadavia 2200 de nuestra ciudad.
Al salir del privado, Stemphelet descubrió que supuestamente le faltaba dinero y una tarjeta y, en consecuencia, se comunicó con la Policía para que revisara el domicilio de la mujer -conocida como "Gatúbela"-, sin denunciar el supuesto delito y sin ninguna autorización judicial para el "allanamiento".
"No hay dudas de que toleró o, al menos, auspició, este procedimiento irregular donde se afectaron derechos constitucionales básicos de una mujer", sostuvo el fiscal, mientras que para la defensa, encabezada por la abogada María Graciela Cortázar, la acusación estuvo "vacía" y no hubo conductas inapropiadas de parte del juez.
Los votantes
Votaron el titular de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, doctor Sergio Gabriel Torres, como presidente del jury y los conjueces Gabriela Demaría y María Lorena Mandagarán y los conjueces abogados Aníbal Juan Mathis, Pablo Agustín Grillo Ciocchini, Jorge Pablo Martínez, Julián Alberto Oliva y Pedro Arbini Trujillo.
La lectura del fallo fue dada a conocer por el doctor Ulises Giménez en su carácter de Secretario Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia.
Además de la restitución en el cargo de Stemphelet, el jurado dispuso levantar el embargo sobre el 40% del sueldo del magistrado y, por mayoría de opiniones, no imponerle las costas del proceso.
El jurado, a su vez, aceptó el pedido del fiscal para que se levanten copias de las declaraciones de los policías Mauro Berardo y Gonzalo Aguilar, quienes declararon en la audiencia, a fin de que la Justicia evalúe la posibilidad del delito de falso testimonio.
El jury de enjuiciamiento es un organismo de naturaleza política cuyo accionar se limita a determinar si el juez o funcionario denunciado debe -o no- continuar en el ejercicio de su cargo, verificando si subsiste la 'buena conducta' que la citada Carta Magna local.
En consecuencia, carece de atribuciones jurisdiccionales para decidir sobre la existencia o no de hechos delictivos, circunstancias que forman parte de la esfera de atribución de un juez penal, en caso de que el jury lo entienda necesario.