Polémica situación judicial con el único homicida en la historia de Villa Ventana
En 2000, Aldo Calderón fue condenado a 15 años por degollar a una mujer. Salió de prisión, volvió al conurbano y amenazó de muerte dos veces a su expareja. Le dieron pena en suspenso y tomar el curso “Varones que han ejercido violencia”.
Audionota: Mariano Muñoz
Juan Pablo Gorbal / jgorbal@lanueva.com
Difícil de creer que un hombre que degolló a una mujer y cumplió solo parte de la condena en prisión, 15 años después amenace de muerte a su expareja, en dos hechos aislados y graves -siempre con el uso de un cuchillo- y solo reciba como "pena" 3 años de prisión en suspenso y la obligación de realizar un taller sobre violencia machista.
Pero sucedió. Entre beneficios procesales, interpretaciones legales y particulares criterios judiciales.
La situación benefició a Aldo Daniel Calderón, un rosarino de 48 años que quedó en los registros delictivos de nuestra región, como el único homicida en la historia de Villa Ventana.
El 4 de diciembre de 2000, el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Bahía Blanca condenó a Calderón como autor del conmocionante crimen -cometido el año previo- de Nilda Hebe Giusti, una vecina de Villa Ventana que vivía sin compañías en una cabaña.
En los últimos días volvió a ser sentenciado, esta vez por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 7 de la Capital y por dos hechos de graves amenazas a su expareja, aunque llamativamente recibió una pena de ejecución condicional (no irá a la cárcel) y la imposición de realizar el curso virtual "Varones que han ejercido violencia", que se dicta en el marco de un programa del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El juez Gustavo Jorge Rofrano aceptó sin más el acuerdo de juicio abreviado al que habían arribado el fiscal general, Oscar Antonio Ciruzzi, la defensora pública coadyuvante, María Eugenia Portomeñe y, lógicamente, el acusado.
En el invierno de 2014, dentro de una vivienda de la localidad bonaerense de Guernica, Calderón discutía con S.O.C. y en esas circunstancias le mostró un cuchillo.
Ella le pidió a su hija, una niña, que corriera para pedirle ayuda a la abuela. "Si salís de la casa voy a degollar a las dos", le advirtió.
La tarde del 15 de octubre de 2016 la escena se repitió. En medio de un cruce verbal, y luego de mirarla de manera "fija, sonriente y desafiante",
Calderón increpó a su expareja y tomó una cuchilla de mango marrón de uno de los cajones de la cocina de la casa que en ese momento ocupaban, en Scalabrini Ortiz al 1800 de Buenos Aires.
"Gorda, te voy hacer una pregunta: ¿cuánto hace que tenés Facebook? Hace un año le mandaste una solicitud de la foto nuestra a Bernardo, a mi amigo, vos me cagaste con mi amigo", la interrogó.
Luego empuñó la cuchilla con una mano y con la otra le sostuvo la cara a la víctima. "Si gritás te voy a cortar el cuello, no me importa ir preso de nuevo, las cagadoras como vos terminan muertas, te voy a matar, agarrá tus cosas y ándate".
La mujer quiso tomar el celular, pero Calderón se lo impidió, tomó las llaves del departamento, cerró y se fue.
Ella llamó a su hija para pedir auxilio, pero él regresó y al ver que buscaba socorro la arrinconó, le pegó un cachetazo y la volvió a amenazar con el arma blanca.
"Te voy a matar, vos me robaste mi dinero", además le repetía.
La hija escuchó todo a través del teléfono, pudo llamar a la policía y las sirenas pusieron en fuga al agresor.
Calderón, que hoy vive en Longchamps, partido de Almirante Brown, y se desempeña como encargado de un edificio, finalmente fue condenado por esos hechos (amenazas coactivas, doblemente agravadas por el uso de armas y por haber tenido el propósito de compeler a la víctima a hacer abandono de su vivienda), pero la pena es de 3 años en suspenso.
Admisión y pruebas
El tribunal no solo tuvo en cuenta la admisión de autoría por parte de Calderón para llegar a ese acuerdo.
También valoró como pruebas las declaraciones testimoniales de S.O.C., su hija y su hermana, el legajo de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el acta de allanamiento y las declaraciones de policías y otros testigos.
En el caso de la víctima, se destacó que su versión siempre fue la misma a lo largo de distintas intervenciones, ya sea en la comisaría 25 de la Policía Federal, la Oficina de Violencia Doméstica, la Fiscalía N°10 de la Unidad Fiscal Este de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 25.
En 2003, detenido en la cárcel de Villa Floresta, Calderón terminó el secundario.
Todo se complementa con las conclusiones de una licenciada en psicología y una asistente social, que calificaron la situación como de "alto riesgo".
Las peritos tuvieron en cuenta las características de los hechos, el uso de armas, los antecedentes de Calderón y su consumo abusivo de alcohol.
Por otro lado, se valoró el informe de la empresa Claro, que confirma la llamada telefónica desde la línea de la víctima a su hija, durante el segundo incidente, y el secuestro de la cuchilla.
Criterios y dudas
El juez consideró que "el cuadro probatorio es sólido", aunque le impuso una condena condicional, tal como habían acordado el fiscal y la defensora y a pesar de aludir a frases como que "el Estado tiene el deber de cumplir con su obligación de tutela real y efectiva de las pautas establecidas en la ley 26.485, que contempla el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia".
Sobre el antecedente penal de Calderón, advirtió que la condena por el homicidio en Villa Ventana había vencido el 22 de septiembre de 2010 y que ese registro "carece de efectos al día de hoy", según regula el artículo 51 del Código Penal.
Sin embargo, en ese punto surge una controversia.
El artículo 51 del CP señala que las sentencias condenatorias caducarán, entre otros supuestos, después de transcurridos 10 años de extinción de las penas privativas de la libertad, como la que recibió Calderón en Bahía.
El tema es que la sanción venció en 2010 pero los nuevos delitos fueron en 2014/16, es decir que no transcurrieron los 10 años.
Según algunos analistas legales consultados por La Nueva. ese acuerdo de juicio abreviado debería haber sido anulado.
El artículo 26 del Código Penal, además, advierte que "debe ser fundada, bajo sanción de nulidad" la primera condena a prisión de menos de 3 años.
Entre esos fundamentos, la ley requiere basarse en "la personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho y demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad".
Estos aspectos, evidentemente, no fueron evaluados en este caso.
Además, el artículo 27 del Código Penal prevé que la suspensión de una condena por segunda vez (en el caso de Calderón la primera no fue en suspenso) se podra acordar cuando pasen 10 años si ambos delitos fueran dolosos.
Conmoción regional
El 25 de julio de 1999 quedará grabado en la memoria de los pobladores de Villa Ventana, no solo por el 52° aniversario de la fundación del pueblo sino por la consumación del único crimen del cual se tenga registro en la localidad serrana.
Cabaña de la calle Misto, donde se produjo el homicidio
A los 68 años de edad, Nilda Hebe Giusti fue hallada degollada en la cabaña que ocupaba sola, desde el fallecimiento de su marido.
El feroz asesinato se produjo entre las últimas horas de la tarde y la noche y por el caso Calderón fue condenado a 15 años de prisión, aunque solo pasó 6 en la cárcel porque la derogada ley del "2x1" le permitió la excarcelación y su retorno a la localidad bonaerense de Glew, de donde era oriundo.
El cuerpo de Giusti fue encontrado en su cabaña de la calle Misto, entre Cruz del Sur y Pillahuincó, por el carnicero Raúl Alberto Martínez -tiempo después murió en un accidente-, a quien la mujer le alquilaba parte de su vivienda.
Calderón siempre defendió su inocencia. A través de su defensor, el hoy fiscal general Juan Pablo Fernández, apuntaba a un complot en su contra y un direccionamiento de la investigación, pero 2 de los 3 jueces no le creyeron. Y al otro le quedaron dudas.
En la prueba testimonial, de vecinos de la villa serrana y de policías, se sustentó el cuadro probatorio en su contra.
Años después, Juan Alberto Bustriazo, quien se desempeñara como delegado municipal, recordó la conmoción del caso porque se había registrado durante uno de los fines de semana de mayor afluencia turística (en vacaciones de invierno) y durante el día del aniversario de la localidad.
"Después de los actos hubo un almuerzo en la sociedad de fomento y Giusti había estado a dos mesas de la que ocupábamos mi señora y yo. Era una mujer muy sociable. Tenía un pequeño vivero", sostuvo.
Sobre Calderón, lo recordaba como un albañil que había llegado meses antes a Villa Ventana. "Muy callado, educado", lo conceptuó.
Aquel día, el exdelegado concurrió a otra casa de la calle Misto y en el camino se cruzó a Calderón, como volviendo de lo de Giusti "y en un horario coincidente con el del crimen".
Nunca quedó del todo claro el móvil. Se cree que pudo ser el robo.
En la vivienda que ocupaba Calderón, la Policía secuestró un llavero y un mate de madera con una bombilla plateada pertenecientes a la víctima.
También fue sospechoso que el hombre abandonó raudamente su cabaña -dejó la heladera enchufada, con alimentos y medicamentos en su interior, además de prendas de vestir- y se fue al conurbano.
El arma blanca se secuestró en el patio de la vivienda que ocupaba el acusado.
Por otro lado, en el patio de esa propiedad, enterrado, se encontró un cuchillo, con rastros sanguíneos del grupo cero, compatible con el de Giusti.
Otras reglas de conducta
Imposiciones. Además de la realización del curso sobre violencia machista, Calderón, durante 3 años, tendrá que fijar domicilio y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.
"Prudente". El tribunal capitalino, además, consideró "prudente" que dentro del mismo plazo, y dadas las características de los hechos, se le prohíba al acusado acercarse, vincularse y mantener contacto con la víctima.
Alcance. La prohibición de acercamiento es por cualquier vía, la personal, la telefónica o por medios digitales, se aclaró.