Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

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Exclusivo: Casación propone liberar presos para atacar la crisis carcelaria

Conmutación de penas, externación seleccionada detenidos y traslado de presos a otras provincias son algunos de los polémicos planteos.  
 

Juan Pablo Gorbal / jgorbal@lanueva.com

   El sistema penitenciario de la provincia de Buenos Aires, desde hace muchos años en terapia intensiva, hoy está con respirador artificial y coma inducido.

  La emergencia carcelaria que renovó ni bien asumió la gobernadora María Eugenia Vidal no solo está vigente desde 2004 sino que no tiene señales de recuperación. Por el contrario.

   El nivel de sobrepoblación y las cada vez más graves condiciones de hacinamiento motivaron, a fines del año pasado, la intervención de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que ordenó al Tribunal de Casación Penal la creación de un espacio interinstitucional para el abordaje de la problemática.

   Ese punto de encuentro avanzó hasta la confección del primer documento por parte de Casación, que es profundo y lapidario con el diagnóstico y presenta una serie de 11 propuestas a corto, mediano y largo plazo -algunas de las cuales van a generar polémica y resistencia-, que en definitiva buscan replantear la política criminal.

   El exhaustivo análisis, de 135 páginas y al que tuvo acceso "La Nueva.", propone, entre otras medidas controvertidas, la conmutación de penas para algunos internos, la externación seleccionada de detenidos y el traslado de reclusos a otras provincias.

   Firman el documento los jueces Fernando Mancini, Víctor Violini, Carlos Natiello, Daniel Carral, Ricardo Maidana, María Florencia Budiño y Mario Kohan.

   El riesgo latente, advirtió Casación, no es solo para la integridad de los presos sino también para quienes deben custodiarlos.

   “El sistema de la crueldad” lo llama la Comisión Provincial por la Memoria, que acaba de presentar el informe anual 2019 en el cual consta que el año pasado murieron 140 personas en las prisiones provinciales, de las cuales el 72% fue por un problema de salud no asistido.

   “El hacinamiento de personas privadas de libertad producto de la sobrepoblación que se corrobora en la mayoría de las unidades penitenciarias genera ya, inicialmente, fricciones constantes entre los internos”, alertó Casación.

   A las situaciones de violencia se suman dificultades regulares de higiene y el riesgo de propagación de enfermedades -que puede extenderse a los límites de los muros- al tiempo que la dotación del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) claramente no aumentó en proporción al número de encarcelados.

Comisarías: la prioridad

   Otra de las medidas urgentes que estipula Casación es el desalojo de los abarrotados calabozos de las comisarías, teniendo como gravísimo antecedente la muerte, por un incendio, de 8 detenidos en las celdas de la seccional Tercera de Esteban Echeverría, sobre la cual pesaban reiteradas clausuras desde 2011.

   Observó que en las comisarías se dan “condiciones extremadamente precarias” y que el 98% son procesados, es decir que no tienen condena. En lugares para poco más de 1.300 personas hay 3.800.

   El tribunal de La Plata calificó la situación como una “grave crisis humanitaria”.

   Hoy existen casi 49 mil presos en cárceles y alcaidías que tienen una capacidad de alojamiento de 28.810 plazas, adaptadas hasta casi 30 mil.

   Casación consideró que el crecimiento espiralado de la prisionalización, a partir de la elevación de las escalas penales y las reformas de los códigos Penal y Procesal Penal y la ley de Ejecución -se limitaron beneficios-, llevó a que la Provincia elevara la tasa de detenciones de 276 cada 100 mil personas en 2017 a 308 c/100mil en 2018.

   Este dato choca violentamente con el tradicional discurso político que alude a la “puerta giratoria”.

  Venezuela, por ejemplo, tiene una tasa de prisionalización de 178 c/100mil y la mayoría de los países latinoamericanos está por debajo de la media bonaerense.

   Al 31 de diciembre de 2018, más de la mitad de los 92.161 detenidos en todo el país estaban alojados en el territorio provincial.

Y con un dato adicional para el análisis: el 88% responde a delitos descubiertos en flagrancia (in fraganti).

   “No hay información detallada respecto a un desagregado de cuáles son los delitos que han dado lugar a ese número de aprehensiones en flagrancia, pero en vista (...) del número total de ingresos al sistema penitenciario, surge de manera evidente que no ha sido necesario, en la gran mayoría de estos supuestos, mantener un estado de coerción”, opinó Casación.

  El “palo”, en ese caso, fue digirido al Ministerio de Seguridad y al Ministerio Público Fiscal, por la fuerte postura acusatoria.


 

   En contrapartida, remarcaron que, siempre según los datos del Registro Único de Detenidos (RUD), existe una "ausencia de viabilidad" de medidas alternativas a la prisión preventiva, especialmente en algunos departamentos judiciales.

   En San Martín y Morón, por caso, apenas entre el 1% y el 2% de los detenidos tiene arresto domiciliario.

   El jefe del SPB, Xavier Areses, informó que para febrero de 2019 el número de personas sometidas a monitoreo electrónico se amplió de 300 a 2.000, con 80 internos en lista de espera.

   Y desde el Ministerio de Justicia aclararon que están a la espera de la entrega de 3.000 pulseras más de Nación. 

La escuela "informal"

   Este marco situacional también incide en la educación, uno de los pilares para la resocialización, ya que se nota cada vez más la falta de cupos y las dificultades en el traslado de reos para rendir exámenes, con vencimientos de fechas y pérdida de materias cursadas.

   También se creó lo que se llama un "sistema de educación informal", que llevan adelante los internos-estudiantes con aquellos que no están incluidos en los programas, aunque esa información, al ser extracurricular, no se vuelca en el legajo del interno y en consecuencia le impide avanzar hacia algún beneficio previsto para mitigar la ejecución de la pena.

 

Las 11 propuestas polémicas para bajar la sobrepoblación en las cárceles

 

   Solo el 35% de la población carcelaria bonaerense accede a estudios formales. 

   También resulta particularmente grave la situación en el fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, que en su mayoría se compone de varones de entre 16 y 18 años.

   Sin embargo, está incluyendo, “de manera creciente”, a “niños/as menores de 16”.

  "El sistema judicial considera que estos niños y niñas no punibles pueden ser un peligro para sí o terceros, imponiéndoles medidas de seguridad que prohíben su libertad ambulatoria", sostuvo Casación.

Indultos: la experiencia en otros países

   El Tribunal de Casación explicó que aquellos países caracterizados por un alto nivel de prisionalización se vieron obligados a modificar las políticas criminales y optaron por medidas así.

   "En el ámbito de latinoamericano son varios los países que han afrontado crisis como la que hoy nos convoca a nivel local y, en todos los casos, frente a situaciones de apremio también los Estados han acudido a decisiones emergencia para paliar la grave crisis carcelaria que, en muchos casos, no se diferencia de la nuestra", se indicó en el documento.

   En Chile, durante mayo de 2012, se sancionó la ley 20.588 que indultó parcialmente a una importante categoría de condenados.
Idéntica experiencia adoptó Perú, en junio de 2013, respecto de jóvenes condenados, quienes estaban detenidos en el penal de Ayacucho. Y lo mismo sucedió en Bolivia ese año, como una primera respuesta para mejorar las condiciones de hacinamiento de algunas cárceles.

   La Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró ilustrativo tomar en cuenta sentencias de las máximas instancias judiciales de Estados miembros de la OEA e incluso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

   Casación hizo constar los de la Corte Constitucional de Colombia (sentencia T-388/13) y la Suprema Corte de los Estados Unidos (casos Coleman v. Brown-1990 y Plata v. Brown-2011), entre otros.

  En el caso de Plata v. Brown explicaron que el máximo tribunal estadounidense le ordenó al Estado de California un plan de cumplimiento si no disminuía la población carcelaria o aumentaba las plazas. 

   Remarcó Casación que este cuadro situacional ubica al Estado nacional en “un incumplimiento notorio” de la Constitución y de tratados internacionales.