Bahía Blanca | Miércoles, 21 de enero

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La fiscalía se oponía a darle el arresto domiciliario a Longiarú

Consideraba que no era un enfermo terminal y que no había garantías de que su familia lo contuviera. Finalmente la justicia se lo otorgó.
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   La fiscal Claudia Lorenzo, a cargo de la causa por el robo a la distribuidora y posterior tiroteo entre Federico Longiarú y la policía, se había opuesto al beneficio de arresto domiciliario del joven (ahora detenido porque supuestamente vendía drogas en su casa), aunque finalmente el Tribunal en lo Criminal N° 2 se lo otorgó.

   Entendía la fiscal que, más allá de las cuestiones de salud (es portador de HIV y quedó con secuelas graves de los disparos, como la pérdida del bazo y ano contra natura), su estado no revestía "la calidad de enfermedad incurable en periodo terminal", como lo establece el artículo 159 del Código Procesal Penal.

   "El hecho de ser portador de HIV no lo aleja de la realidad de otros internos, como así tampoco las posteriores dolencias referidas por la defensa, las cuales entiende pueden ser atendidas en el establecimiento carcelario o en su caso derivadas a una institución hospitalaria como se ha hecho en distintas oportunidades con el causante", decía Lorenzo.

Mirá también: ¿Por qué Longiarú gozaba de arresto domiciliario?

   Por ese motivo, consideraba que no había garantías de que el imputado no entorpeciera el procedimiento ni intentara fugarse, toda vez que al tiempo de gozar de beneficios anteriores también los incumplió. Es que al momento del tiroteo con la policía (febrero de 2015), se encontraba bajo libertad asistida por una condena anterior por robo calificado.

   La fiscal también rechazaba el argumento de la defensa (a cargo de la defensora oficial, Fabiana Vannini) de que en su casa de Humboldt 490, donde vive con su madre (es preceptora de una escuela de turno tarde), Longiarú iba a encontrar un marco familiar contenedor.

   "El domicilio que se fija para materializar el arresto es el mismo en donde gozara de la libertad asistida", planteaba Lorenzo.

   Sin embargo, los jueces María Eloísa Errea de Watkins, Claudia Fortunatti y Eugenio Casas se inclinaron por otorgarle el arresto domiciliario (se concretó en diciembre de 2015), al considerar el informe del médico forense Ariel Muzi, que lo ubica al acusado como un paciente de riesgo, y por "el derecho personalísimo de respeto a la vida" en su favor.