Bahía Blanca | Sabado, 28 de marzo

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Absolvieron a un médico acusado de mala praxis

Un médico de nuestra ciudad que había sido condenado por un caso de mala praxis, fue absuelto libremente de culpa y cargo por el Tribunal de Casación provincial, que revocó el fallo dictado, en primera instancia, por la justicia local. La resolución, definida por la Sala II del alto tribunal, favoreció al doctor José Luis Castaldi, a quien, a mediados de 2008, el Tribunal en lo Criminal Nº 1, le habían impuesto la pena de un año y medio de prisión en suspenso, por el delito de homicidio culposo.

 Un médico de nuestra ciudad que había sido condenado por un caso de mala praxis, fue absuelto libremente de culpa y cargo por el Tribunal de Casación provincial, que revocó el fallo dictado, en primera instancia, por la justicia local.


 La resolución, definida por la Sala II del alto tribunal, favoreció al doctor José Luis Castaldi, a quien, a mediados de 2008, el Tribunal en lo Criminal Nº 1, le habían impuesto la pena de un año y medio de prisión en suspenso, por el delito de homicidio culposo.


 En ese marco, el Tribunal de Casación confirmó la condena --también un año y seis meses de prisión condicional e inhabilitación especial de cinco años para desempeñar la profesión-- dictada contra el anestesista Oscar Rubén Saucedo, a quien sí responsabilizó por la muerte de la paciente Edith Andrea Cassotana.


 Si bien no trascendieron detalles de la resolución, se supo que el tribunal platense descartó que el accionar de Castaldi en el caso haya sido decisiva para producir el deceso de la víctima, que era odontóloga.


 De esa manera, fue revocado el fallo que habían dictado los jueces Enrique José Montironi, Mario Lindor Burgos y Miguel Alberto Adrover.


 El hecho juzgado se originó el 24 de mayo de 2001, en la Clínica Raúl Matera, de la Asociación Empleados de Comercio, en 9 de Julio 445, cuando a Cassotana se le practicó una cirugía videolaparoscópica ginecológica de quistectomía, por presentar un tumor anexial izquierdo, ocasionándole una perforación o efracción del intestino, no obstante lo cual se le dio el alta un día después.


 Tras permanecer en su domicilio durante una hora, la paciente experimentó intensos dolores abdominales y fue conducida por su marido nuevamente a la clínica, donde le recetaron analgésicos, pero no fue examinada por un médico y tampoco se ordenaron estudios que confirmaran que los dolores se debían pura y exclusivamente al post-operatorio.

Nueva indisposición




 El cuadro --siempre según el fallo inicial-- se mantuvo hasta el 26 de mayo, cuando luego de una nueva indisposición, la paciente fue evaluada y en una interconsulta con el terapista de guardia, se ordenaron controles clínicos y terapéuticos que no se habían efectuado con anterioridad.


 Una hora más tarde se determinaba que la mujer tenía líquido en la cavidad abdominal, decidiéndose la realización de otra intervención, de características exploratorias, y dado que se diagnosticaba la existencia de un "abdomen agudo", el riesgo quirúrgico se estimó en "grado 3".


 Luego que el anestesista diera el visto bueno para iniciar la operación, se realizaron las primeras incisiones, pero antes de arribar a la cavidad abdominal, la paciente sufrió un paro cardiorrespiratorio, debido a una "broncoaspiración", por "haberse efectuado incorrectamente la intubación".


 Debido al paro cardíaco, Cassotana experimentó un estado de hipoxia (falta de oxígeno) y pese a realizársele maniobras de reanimación, resultó con lesión del tallo encefálico y entró en un coma que se tradujo en un "estado vegetativo persistente", hasta el 15 de diciembre de 2005, cuando se produjo su deceso, sin haber recuperado nunca la conciencia.


 Declaraciones testimoniales de familiares de la víctima y de personal sanitario, llevaron al tribunal a la condena, por entender que hubo "negligencia e impericia" en su atención.


 Al declarar en el juicio, Castaldi aseguró que el paro cardíaco fue producto de la broncoaspiración de la paciente y que la lesión intestinal del inicio no fue la causa del coma.


 Sostuvo que corresponde al anestesista controlar que no haya peligro en ese sentido y que si Cassotana hubiera estado bien intubada, no se habría producido la broncoaspiración.


 Saucedo, por su lado, dijo haber advertido que la paciente, mientras se encontraba en la camilla, evidenciaba "regurgitación o vómito".


 Agregó que le puso la cabeza de costado y que al trasladarla a la mesa de operaciones, observó que la mujer no se encontraba bien.


 Detalló que la intubó, infló y comprobó que dicha intubación estaba en el pulmón, por lo que dio la orden de comenzar con la cirugía, aunque el tribunal rechazó su versión y por ese motivo lo declaró culpable.