Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

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Debía operarla de hemorroides y le sacó la vesícula: tendrá que pagar

Un cirujano fue condenado a abonarle 12 millones de pesos, más intereses, a una paciente a la que sometió a una fallida intervención quirúrgica en un hospital de nuestra ciudad.

En consonancia con el fallo penal, que lo condenó a 10 meses de prisión en suspenso, la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca acaba de sentenciar a un médico de nuestra ciudad a pagar un resarcimiento por una llamativa falla en una intervención quirúrgica. 

Se trata del cirujano Luis Edgardo Caviglia, quien tendrá que abonarle 12 millones de pesos, más intereses, a la paciente G.T.K., a quien debía operar de hemorroides pero le extirpó la vesícula.

La mujer, según trascendió cuando tomo impulso la causa penal, se mostró muy molesta no solo por la acción sino porque nunca le pidió disculpas.

El fallo penal, dictado en noviembre de 2018 por el entonces juez en lo Correccional José Luis Ares, más allá de la sanción por lesiones culposas, también le aplicó al facultativo 2 años de inhabilitación para ejercer su profesión.

La demanda por daños y perjuicios, además del médico, alcanzó a la empresa Sermex, a cargo del hospital Raúl Matera -donde se realizó la operación en 2014- y a la obra social Osecac, así como a las aseguradoras respectivas.

Duplicaron el monto

La resolución correspondió a la Sala I de la Cámara Civil, con votos de los doctores Fernando Kalemkerian y Marcelo Restivo.

Así se confirmó la medida dictada en primera instancia, aunque se duplicó el monto en favor de G.T.K., quien tenía programada una operación de hemorroides y fue sometida a una colecistectomía.

El juez de origen había hecho lugar por un monto de 6,7 millones por el daño moral (la mayoría), los gastos médicos y el tratamiento psicológico.
Todas las partes en litigio apelaron a la Cámara.

Sermex objetó la responsabilidad del centro de salud, teniendo en cuenta que el médico actuó como particular, sin mediar relación de dependencia; Osecac dijo que no existe obligación de seguridad por la cual deba responder; Caviglia opinó que los padecimientos de la víctima fueron transitorios, no dejaron huellas y los superó antes de la sentencia.

G.T.K., por su parte, pidió un mayor monto -postura aceptada por los camaristas-, al entender que hubo otras afectaciones y que la ablación de la vesícula le generó graves trastornos.

La Cámara desestimó el recurso de la obra social, por no presentar las pruebas necesarias para su análisis y tampoco le dio cabida a Sermex, ya que el médico formaba parte del staf del hospital.

"Más allá de la disciplina legal o formal de esta vinculación -al punto que era jefe del Servicio de Cirugía- es una conclusión a la que también arriba la sentencia, que no ha sido rebatida y llega firme a esta instancia. En efecto, el señor juez consideró irrevisable dicha condición, por haber sido recogida en la resolución penal", dijeron.

En cuanto al daño moral, que fue incrementado, los camaristas entendieron que el juez de primera instancia se quedó corto.

Se tuvo en cuenta el planteo de la mujer, sobre costos de reparación y padecimientos morales, en cuanto "a las cicatrices y la hernia abdominal" y el llamado "daño estético" como un capítulo de daño moral.

También repararon en el relato de al menos tres testigos que declararon en la causa y afirmaron que la víctima, "como un gato escaldado", no se animó en lo sucesivo a someterse a la operación de hemorroides, "lo que demuestra el impacto espiritual que el episodio le habrá producido".

En consecuencia, elevaron a 12 millones de pesos el resarcimiento, equivalente a un viaje de placer al exterior en compañía de un ser querido o lo que le resulte de agrado.

Jueces como "peritos tasadores"

Como "un problema extraordinario", que "no tiene una solución consistente", calificó la Cámara Civil el cálculo de dinero para cubrir el concepto de daño moral, como en este tipo de casos analizados.

Explicaron que la disposición del artículo 1.741 del Código Civil y Comercial (en su último párrafo menciona textualmente: "El monto de la indemnización debe fijarse ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas") es "francamente bastante precaria".

"Tal es su fragilidad que, con frecuencia, vemos que el eje del debate se traslada al precio actual de automóviles, inmuebles o viajes turísticos y los jueces nos convertimos en peritos tasadores de las supuestas alternativas placenteras o hedonísticas", explicaron. 

Y en el mismo sentido sostuvieron que "en la medida en que lo otorgado no sea irrisorio o desproporcionado y el juez haya tenido en cuenta las circunstancias personales de la víctima y los hechos del caso, la ausencia de un parámetro concreto o de una específica alternativa placentera no puede invalidar lo decidido, máxime cuando el actor tampoco la proporcionó".

"Me faltó la palabra perdón"

Impulso. La mujer afectada por este caso reconoció que, más allá de la negligencia, la impulsó a la acción judicial la falta de pedido de disculpas de parte del médico.

Dolor. "Lo que a mí más me dolió es que el doctor Caviglia jamás me pidió perdón, sino que solo se lamentó por su carrera, por su familia, y no por mi situación", declaró.

Decisión. "A mí me faltó la palabra perdón, si esta palabra hubiera existido yo no hubiera iniciado todo esto", agregó la paciente.

Condicionamiento. A partir de la fallida intervención quirúrgica, la mujer sufrió tal condicionamiento psicológico que, según se informó, no pudo volver a un quirófano, pese a que aún tenía la afección de origen.

Segunda instancia. El fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca todavía no está firme, aunque se trata de la segunda instancia condenatoria, más alla´de que se amplió el monto resarcitorio.