Bahía Blanca | Sabado, 28 de junio

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Para desterrar mitos: no todo consumo de drogas es “gratis” para la Justicia

En qué situaciones cotidianas tener una pequeña cantidad de estupefacientes puede acarrear consecuencias penales. 

Fotos: Rodrigo García y Archivo LN.

En 2009, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la penalización de la tenencia de estupefacientes en el ámbito privado, a partir de un procedimiento policial realizado tres años antes en Rosario.

La resolución creó un mito o la creencia en algunos de que la posesión de sustancias en cantidades pequeñas no conlleva castigo.

Sin embargo, la Justicia bahiense dejó en claro que no es así, con fallos condenatorios de pesonas que fueron sorprendidas con droga mientras circulaban al mando de vehículos.

“Se ha instalado la idea que, siempre y en todos los casos, funciona la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal, ello a partir del fallo 'Arriola' de la Corte que, en apretada síntesis, declaró inconstitucional la penalización por posesión de estupefacientes si, y solo si, es muy escasa cantidad y no hay trascendencia hacia  terceros o que la conducta lo sea en un ámbito de estricta privacidad”, sostuvo el fiscal Mauricio Del Cero, a cargo de la UFIJ Nº 19.

“Si eso no ocurre, ese caso no se aplica y aunque la posesión de drogas sea para consumo, podría recibir sanción penal. De hecho, se ha condenado a conductores de rodados que, producto de un incidente de tránsito o durante un procedimiento policial de control rutinario, fueron sorprendidos con pequeñas cantidades de cocaína o marihuana en su poder”, agregó.

El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que tener drogas en el vehículo y conducir bajo los efectos de sustancias, “no es una conducta que se lleve a cabo sin trascendencia a terceros, ni es un consumo que no molesta a nadie. Pone en peligro la salud además de la vida y la integridad de otras personas”.

Del Cero indicó también que “el fallo 'Arriola' no se aplica en otras situaciones que podrían tener graves consecuencias penales, de 2 a 6 años de cárcel. Por caso, el artículo 12 de la Ley de Estupefacientes penaliza a quien preconice o difunda públicamente el uso de estupefacientes, induzca a otro a consumirlos y al que use estupefacientes con ostentación y trascendencia al público".

Mencionó además que las causas relacionadas con conductores que circulan bajo los efectos de las drogas comenzaron a incrementarse desde el empleo de dispositivos drager test en los operativos de tránsito, en especial tras la pandemia y al reactivarse la circulación y los controles.

Frente al hospital

Uno de los hechos se produjo el 13 de septiembre de 2023, frente al acceso a la guardia del hospital Municipal, en la primera cuadra de Bravard, cuando un joven que se movilizaba en un Chevrolet Prisma estaba realizando maniobras para estacionar y embistió a una mujer, quien sufrió lesiones en uno de sus brazos y en abdomen.

A partir de los dichos de algunos testigos, quienes indicaron que el sujeto se encontraba alterado y “parecía estar bajo los efectos de alguna sustancia o bebida alcohólica”, la Policía convocó a personal del área de Tránsito de la comuna.

El drager test realizado por los inspectores arrojó resultado positivo para cocaína.

Según describieron los efectivos, en medio del procedimiento descubrieron en poder del conductor un envoltorio que contenía un gramo de la sustancia.

Al momento de resolver, la jueza en lo Correccional Nº 3, Susana González La Riva, sostuvo que en ese caso la tenencia de la droga “ha trascendido la esfera de intimidad del sujeto, dado que se encontraba conduciendo un vehículo automotor, bajo los efectos de la referida sustancia, conducta que claramente representa un riesgo para terceros. Máxime aún que dicho riesgo se vio plasmado en un accidente de tránsito en el cual el imputado fue protagonista”. 

El joven fue sentenciado a un año de prisión de ejecución condicional por la tenencia simple de estupefacientes para consumo personal y reglas de conducta que tendrá que cumplir durante dos. 

Por las cámaras

El 14 de noviembre de 2023 los operadores del Centro Único de Monitoreo informaron al Comando de Patrulla sobre la circulación “sospechosa” de un vehículo con varios ocupantes en cercanías del barrio Moresino.

Los efectivos interceptaron el Ford Fiesta en la zona de Combate de Montevideo y Esmeralda, procediendo a la identificación del conductor y propietario de la unidad.

Al inspeccionar el rodado hallaron en el sector de la palanca de cambio un pequeño envoltorio conteniendo 0,54 gramos de marihuana, por lo que secuestraron el rodado y trasladaron al hombre a la seccional Sexta.

Personal municipal concurrió a la dependencia policial y realizó el control de drogas que arrojó resultado positivo.

La misma magistrada le impuso una sanción de seis meses de cárcel en suspenso y el cumplimiento de tareas comunitarias, a razón de 6 horas por cada día de prisión.

Operativo y secuestro

Otro caso se produjo el 3 de julio del año pasado, cuando un sujeto fue interceptado durante un procedimiento llevado adelante por personal de la seccional Cuarta, en la esquina de Láinez y Provincias Unidas.

El hombre circulaba a bordo de una motocicleta y entre sus prendas los efectivos incautaron medio gramo de cocaína.

Inicialmente el conductor fue absuelto por la Justicia Correccional, aunque el Ministerio Público Fiscal apeló la decisión y obtuvo dictamen favorable.

La presentación fue contemplada por la Cámara Penal, que revocó la decisión y ordenó la imposición de pena para el imputado por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal.

Por todo ello, el Juzgado en lo Correccional Nº 3, en el marco de un acuerdo entre las partes, le impuso una sanción de un mes de prisión en suspenso y reglas de conducta por dos años.