Otra vez: la Cámara Penal revocó dos polémicos fallos del juez Stemphelet
La Sala II del cuerpo hizo lugar a las apelaciones de la fiscalía respecto de las decisiones del magistrado en las causas seguidas a un hombre condenado por el asalto a dos mujeres y a otra persona sentenciada por la venta de drogas.

Audionota: Romina Farías
Tal como viene ocurriendo en los últimos meses, la Cámara Penal revocó dos recientes y polémicas resoluciones del juez Onildo Stemphelet.
Los fallos del titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 2 -quien el año pasado se reincorporó a su cargo luego de zafar del jury que lo juzgó por incumplimiento de los deberes de funcionario público y actos incompatibles con la dignidad- beneficiaban a un sujeto condenado por asaltar a dos mujeres y a un individuo sentenciado por la venta de drogas.
En ambos casos los integrantes de la Sala II de la Cámara hicieron lugar a las apelaciones de los fiscales que intervinieron en las investigaciones y rechazaron la libertad condicional que les había otorgado Stemphelet.
Una de las resoluciones tiene relación con la situación de Marcos Andrés Beroisa, a quien en febrero de 2024 el juez del Tribunal en lo Criminal Nº 1, Hugo Adrián De Rosa, sentenció a cuatro años de prisión por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada.
Stemphelet le había otorgado recientemente el beneficio de libertad condicional, pero la decisión fue apelada por el fiscal de la UFIJ Nº 11, Diego Conti.
Los camaristas Guillermo Petersen y Guillermo Emir Rodríguez sostuvieron que si bien Beroisa, quien está detenido en la Unidad Penal Nº 19 de Saavedra, se encuentra en condiciones temporales de acceder al beneficio, no se cumplen las otras exigencias legales.
Destacaron que el Departamento Técnico Criminológico aconsejó como “viable” concederle al sujeto la libertad asistida, pero que al resolver no se tuvieron en cuenta elementos de tenor cautelar del informe psicológico.
“Deben analizarse necesariamente en relación a las circunstancias y características de violencia desplegada hacia las víctimas en el hecho por el cual el interno cumple condena”, indicaron.
Los profesionales que lo evaluaron refirieron que Beroisa “se considera autor del hecho, pero frente al mismo no expresó un posicionamiento crítico reflexivo que repare en el daño causado a la víctima”.
Finalmente, los jueces coincidieron en que del análisis de las actuaciones se desprenden reservas que “tornan desfavorable el pronóstico de reinserción social del interno”.
Decisión arbitraria
La otra causa en la que los magistrados de la Sala II intervinieron tiene como protagonista a Joaquín Ezequiel Vera, quien fue condenado por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 a 4 años y 3 meses de cárcel por los delitos de comercialización de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El juez de Ejecución Penal también le había otorgado el pasado 1 de septiembre la libertad condicional, considerando inconstitucional el artículo que niega el otorgamiento del beneficio a sentenciados por delitos graves, entre ellos la infracción a la Ley de Drogas.
Los camaristas reflejaron en el fallo que la sala que componen se expidió de la misma forma en situaciones similares.
Agregaron que “en aquellos precedentes se citó lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia provincial sobre el tópico traído a discusión”.
En este sentido, indicaron que “el resolutorio de primera instancia es arbitrario, ya que se aparta infundadamente del derecho vigente”.
Por todo ello, el cuerpo revocó las decisiones resueltas en las dos causas.
Regresó tras el jury pero está bajo la lupa
En agosto de 2023, un jurado de enjuiciamiento decidió restituir en su cargo al juez de Ejecución Penal Nº 2 de Bahía Blanca, Onildo Osvaldo Stemphelet, quien estaba acusado de incumplir los deberes y realizar actos incompatibles con la dignidad, al no alcanzar la mayoría exigida de votos para removerlo.
Por entonces el magistrado local afrontaba un pedido de destitución de parte del fiscal del jury, Lucas Oyhanarte, quien representó a la Procuración en este caso.
El juez estaba imputado de vulnerar los derechos de una trabajadora sexual con la cual había mantenido un encuentro íntimo previo, en mayo de 2019, en un departamento de Rivadavia 2200 de nuestra ciudad.
El jury de enjuiciamiento es un organismo de naturaleza política cuyo accionar se limita a determinar si el juez o funcionario denunciado debe -o no- continuar en el ejercicio de su cargo, verificando si subsiste la 'buena conducta' que la citada Carta Magna local.
No obstante, se informó que desde la acusción mantienen vigente un pedido de reconsideración del fallo y que, por otro lado, se evalúa avanzar otra vez contra el juez por sus controvertidas resoluciones.