Prioridad de paso: la derecha, los derechos y una demanda “frenada”
Interesante opinión de la Cámara Civil de Bahía Blanca -por un incidente vial en Punta Alta- en un tema hartamente discutido en materia de responsabilidad vial.



Que la prioridad de paso en cada esquina la tiene el automovilista que viene desde la derecha está claro. Lo marca la ley.
Sucede que entre tantas situaciones de la dinámica del tránsito surgen matices, mitos que se instalan -por ejemplo, el punto de impacto en los vehículos- y dudas que deben ser despejadas.
Más allá de que quien viene por la derecha no cuenta con "un bill de indemnidad" (como dicen los jueces) para hacer lo que se le antoja, siempre tiene prevalencia en una encrucijada.
Lo volvió a establecer la Cámara de Apelación el lo Civil y Comercial de nuestra ciudad, al confirmar el rechazo a una demanda por un siniestro vial, de menor repercusión, sucedido hace algunos años en Punta Alta.


El hecho que generó la demanda económica sucedió el 10 de octubre de 2019, en la esquina de Jesús María y Sargento Cabral, de Punta Alta.
Fue cuando chocaron dos autos Volkswagen. Una de las conductoras (E.V.I.), la que venía por la izquierda, reclamó contra la otra automovilista (M.A.O.) porque, según su criterio, ella ya estaba pasando la esquina y recibió el impacto en el lateral de su vehículo.
Interesante "choque" de posturas por la prioridad de paso en una avenida
El juez de primera instancia rechazó el planteo y consideró probado que la conductora de la derecha gozaba de prioridad de paso, sin que existieran circunstancia que determinen la pérdida de esa "ventaja".
A su vez, tuvo en cuenta que la única testigo presencial era la acompañante de la demandante y no dio mayores precisiones, salvo que la otra conductora "venía fuerte", dato que fue desconocido, incluso por su compañera de habitáculo.
Al llegar a instancia de Cámara, los jueces Marcelo Osvaldo Restivo y Fernando Carlos Kalemkerian no solo confirmaron el rechazo sino que dejaron algunos conceptos de interés para estas cuestiones recurrentes de nuestro tránsito diario.
"Una y mil veces"
Los camaristas dejaron en claro, de movida, que la decisión apelada se inscribe en la "gastada" jurisprudencia de ese tribunal sobre la interpretación que le cabe dar al artículo 41 de la Ley 24.449, a la que adhirió la provincia con la Ley 13.927.
"Ya hemos oído una y mil veces partituras de tenor similar a la de la apelante, que intentan justificarse de no haber respetado la prioridad de paso del que circulaba por la derecha, emanada de aquella norma. La respuesta, entonces, viene por añadidura, y resulta ser la misma que venimos subrayando, en forma invariable y con fatigosa insistencia", sostuvieron los jueces.
En ese mismo sentido, consideraron "inútil e inconducente" la controversia sobre cuál de los vehículos interfirió la línea de marcha del otro.
"Si quien debía ceder el paso no resignó su marcha y se interpuso, ilegítimamente, en la línea de circulación del otro, la condición de 'embestido' no expía el pecado original de haber avanzado sin derecho", remarcaron.
Dilemas de tránsito: derecha, avenidas y prioridad de paso
"De otro modo, la violación misma de la regla de prioridad –que es la causa de haber sido 'embestido'- operaría la extraña consecuencia de invertir sus alcances a través de la victimización del infractor".
Y remarcaron que "no cambia las cosas" si hubiera traspuesto la mitad de la esquina, las tres cuartas partes o la fracción que fuere.
"En definitiva se trata de otra versión de la cantinela 'embistente/embestido'", remarcaron.
La Cámara dejó en claro que no considera "de modo dogmático" las cuestiones fácticas de cada caso, la calidad de embistente, la velocidad y el lugar de la bocacalle en que se produjo el siniestro, aunque en el hecho juzgado (el de Punta Alta) están claras las reglas de prioridad de paso, siendo acertada la valoración de la sentencia de primera instancia.
Prioridades que marca la ley
Normativa. El artículo 41 de la Ley de Tránsito 24.449 marca prioridades de paso. "Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha", señala.
Excepciones. Esa "prioridad" es absoluta y solo se pierde en algunas situaciones, como cuando la señalización marca lo contrario, el paso de trenes o de vehículos de emergencia.
Más. También la "derecha" resigna su paso con vehículos que vienen por semiautopistas (antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha), el cruce de peatones o se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada.