Bahía Blanca | Martes, 01 de julio

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Trata de personas: condenan a 8 años a un exdirigente deportivo

A Víctor Hugo Iglesias lo habían absuelto en 2019, pero Casación anuló ese fallo y el tribunal federal bahiense, con otra integración, le impuso la sanción.

Luego de un maratónico proceso judicial de más de 8 años, la Justicia de nuestra ciudad, finalmente, condenó a un exdirigente deportivo de nuestra ciudad acusado del delito de trata de personas y de explotación de la prostitución ajena.

De esa manera se dio curso a un fallo dictado en 2019 por parte de la Cámara Federal de Casación Penal, que había anulado la absolución en favor del acusado, Víctor Hugo Iglesias, y ordenó un nuevo juicio, que tuvo lugar en estos días.

Iglesias recibió la pena de 8 años de prisión por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal bahiense, con la nueva composición de los doctores Ernesto Sebastián, Alejandro Silva y José Asís.

El expresidente del Club Huracán de Ingeniero White tiene 54 años y en la causa figura como transportista de ocupación.

En la misma resolución también fue condenado el exprefecto Eduardo Gutt (63), a 4 años de cárcel, por ser partícipe necesario de facilitación de la prostitución ajena.

Gutt, nacido en General San Martín, La Pampa, tiene 63 años y actual domicilio en un edificio de Viamonte al 400, en nuestra ciudad.

Los camaristas de Casación Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo habían considerado que el fallo de 2018 fue "arbitrario" en el caso de Iglesias y Gutt, mientras que en ese momento sí convalidaron la condena a 4 años contra Alfredo Ismael García.

En el caso de Gutt, las escuchas telefónicas dieron cuenta de la posible vinculación con García, “en cuanto a que el exprefecto le brinda información de los procedimientos y la intervención judicial sobre la actividad investigada”.

Y sobre Iglesia argumentó que el análisis de la prueba fue “parcial y aislado” y que el tribunal local “no dio debido tratamiento a las consideraciones del fiscal acusador”.

“El valor y el significado de las conversaciones registradas (llamadas telefónicas) no pueden ser abordados sin un mínimo examen del contexto, los actores, el medio utilizado, los usos y costumbres, las referencias idiomáticas, entre otros parámetros, que permiten sopesar su valor comunicativo y que, con evidente relación a otros indicios y parámetros, permiten construir una determinada hipótesis”, dijo Casación.

Esos aspectos tuvieron en cuenta los jueces de la nueva integración para, finalmente, dictar la sentencia condentoria.

Rescate de extranjeras

La investigación, que en su momento tuvo gran impacto, se inició en 2015 aunque alcanzó su punto clave en abril de 2016, cuando se realizaron distintos allanamientos que permitieron rescatar a 25 mujeres dominicanas y paraguayas, que supuestamente eran explotadas sexualmente al ser ofrecidos sus servicios en dos locales de nuestra ciudad y Punta Alta.

Los operativos -que también permitieron el secuestro de teléfonos celulares y 170.000 pesos en efectivo- tuvieron lugar en el entonces cabaret La Esquinita, de Colón y Rivadavia en Punta Alta y en el restaurante-parador Broadway y en la parrilla El Gran Chaparral, estos últimos ubicados en el barrio El Saladero de Ingeniero White.

El exprefecto Gutt y Alfredo García fueron detenidos sobre esa fecha, aunque contra Iglesias se dictó la orden de captura en julio de 2017 y se entregó una semana después, al presentarse junto a un abogado en la sede del Juzgado Federal Nº 2, en la tercera cuadra de la calle Belgrano.

Luego, una vez liberado y absuelto, declaró: “No existe la trata de personas en Bahía, sí la prostitución” y también disparó contra los entonces fiscales Antonio Castaño y Alejandro Salvador Cantaro, al afirmar que la causa era falsa y había sido armada.

Por ahora seguirá en libertad 

Procedimiento. El tribunal condenó a Iglesias y Gutt a penas de prisión efectiva, aunque mientras el fallo no adquiera firmeza, continuarán en libertad, según se dijo.

Pasaporte. Hasta tanto eso suceda, tanto él como Gutt tendrán prohibido salir del país y, a tal efecto, tendrán la obligación de entregar el pasaporte.

Decomiso. La sentencia, a su vez, ordenó decomisar los inmuebles utilizados para cometer el delito, como el de Perito Moreno al 400, en el barrio Saladero (local conocido como Brodway), el de Cárrega 3792 (Kaos) y la propiedad de Guillermo Torres 4091 (lugar que figura como domicilio de Iglesias), todos de Ingeniero White.

Código Penal. El artículo 23 del Código Penal habilita al Estado a decomisar "las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito", salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado.