Bahía Blanca | Miércoles, 08 de mayo

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Dictaron el sobreseimiento de un docente al que allanaron por error

La Cámara Penal ratificó el fallo que desvinculó del caso a Sebastián Rodríguez Maidana, cuya vivienda fue registrada tras la muerte de Mariana Sol Bruna. Estaba imputado por el hallazgo de marihuana en el lugar.

Fotos: Archivo LN. y Pablo Presti-LN.

   Luego de más de dos años de la muerte por una sobredosis de Mariana Sol Bruna, abandonada sin vida en la puerta del Hospital Español, la justicia sobreseyó a un docente al que le allanaron su departamento por error cuando buscaban el lugar donde la joven habría obtenido la droga.

   En las últimas horas, por mayoría de opiniones, la Sala I de la Cámara Penal local rechazó la apelación de la fiscalía y confirmó el fallo de la Jueza de Garantías N° 3, Graciela Susana Calcinelli, quien determinó la exclusión probatoria del procedimiento y la nulidad del resto de las actuaciones, resolviendo desvincular del caso a Sebastián Rodríguez Maidana.

   Gustavo Barbieri y Pablo Hernán Soumoulou acompañaron la postura de la magistrada, mientras que Guillermo Alberto Giambelluca votó en disidencia.

   En su resolución, Calcinelli consideró que se produjo un error al allanar el inmueble de Rodríguez Maidana, ubicado en la primera cuadra de calle Uruguay, y que no era el lugar que los investigadores pretendían registrar a partir de la declaración de Nicolás Martínez –imputado por la muerte de la joven- y de una testigo.

   En su apelación el fiscal Mauricio Del Cero, quien llevó adelante la causa por tenencia simple de estupefacientes, sostuvo que no hubo equivocación al realizar el operativo, que la dirección había sido corroborada por la policía y que no se afectaron garantías constitucionales.

   Durante el registro, llevado adelante con orden judicial el 2 de abril de 2018, alrededor de la 1, por efectivos de la Policía Federal, se incautaron 47,7 gramos de marihuana (cogollos y cigarrillos combustionados).

Operativo injustificado

   El doctor Barbieri sostuvo que el fallo de Calcinelli fue “ajustado a derecho” y que no existían elementos para “justificar la realización de la medida en el inmueble en donde en definitiva se llevó a cabo”.

   Señaló que las tareas que se realizaron en la investigación tenían el objetivo de “dar con el domicilio donde Martínez fue a buscar la cocaína que se vincula con ese hecho, y ese era el domicilio que se pretendía allanar”.

   “En la tareas para dar con ese lugar, se identificó por error y por una apresurada conclusión, sobre la base de datos casualmente coincidentes, un domicilio ubicado en calle Uruguay, en un pasillo interno en planta baja, que poseía escrito en su timbre ‘2° B´”.

   Destacó que Martínez, en su declaración, describió que se trataba de un domicilio ubicado en un segundo piso.

   Dijo también que dos personas que llegaron en un auto treparon por el frente del edificio y brindó una descripción del mismo.

   El juez refirió luego que esos datos no tienen correspondencia con los informados por la policía durante las tareas investigativas solicitadas por la fiscalía.

   Indicó que una testigo que declaró en la causa describió el domicilio de un sujeto que presuntamente vendía droga, que no es el del docente y cuya descripción concuerda con la efectuada por el imputado.

   “Las marcadas diferencias que existían en los diversos datos evidenciaban que no podía afirmarse -con precisión- que en los medios de convicción se hiciera referencia al mismo lugar”.

   Finalmente, acompañado por el voto del juez Soumoulou, consideró que “esa contradictoria información impide considerar razonablemente que hubieran existido motivos suficientes para allanar el domicilio, lo que conlleva a la exclusión probatoria del allanamiento realizado y de los secuestros que allí se han realizado”.

Caso Bruna: juicio a fin de año

   Finalmente, y luego de varias postergaciones vinculadas a la pandemia del coronavirus, a fines de 2020 se llevaría adelante el juicio por la muerte de Mariana Sol Bruna.

   En las últimas horas el Tribunal en lo Criminal N° 3 determinó la reprogramación del debate para los días 2, 3 y 4 de noviembre.

   El pasado 11 de marzo estaba previsto que comenzaran las audiencias para juzgar a Luis Nicolás Martínez, por la muerte de la joven de 15 años, quien a principios de 2018 fue dejada sin vida en la puerta del Hospital Español.

   Sin embargo, la ausencia del juez Eduardo d´Empaire, quien había regresado de un viaje al exterior y debió aislarse de manera preventiva por el Covid-19, determinó que sea postergado para fines de ese mes, aunque la posterior declaración de cuarentena volvió a dejar trunco el debate.

   Los jueces habían decidido pasarlo para mediados de mayo, aunque la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio determinó que nuevamente debiera suspenderse.

   Martínez, quien se encuentra en libertad, está imputado de los delitos de abandono de persona seguido de muerte, estupro y suministro de estupefacientes a una menor de edad.