Bahía Blanca | Jueves, 16 de octubre

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Sin tacha delictual en la conducta del ex funcionario

La titular adjunta de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 8, Claudia Lorenzo, resolvió pasar al archivo las actuaciones iniciadas a raíz de la denuncia que formulara Mariano Barcia contra el ex secretario municipal de Economía y Hacienda, durante la gestión de Jaime Linares, contador Enrique Carlos Schivndt.


 La titular adjunta de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 8, Claudia Lorenzo, resolvió pasar al archivo las actuaciones iniciadas a raíz de la denuncia que formulara Mariano Barcia contra el ex secretario municipal de Economía y Hacienda, durante la gestión de Jaime Linares, contador Enrique Carlos Schivndt.


 La investigación penal preparatoria se había iniciado en junio de 2002, en torno de la posible existencia de un delito en las vinculaciones de Schivndt con la empresa rionegrina Altec y la administradora del servicio de parquímetros en la ciudad, Parsa.


 Barcia había pedido que la justicia investigara, entre otras cuestiones, si el software que utilizó el secretario de Economía para informatizar municipios de Río Negro era de su propiedad, de la comuna bahiense o de un privado.


 La polémica que motivó esta denuncia se inició cuando el diario "Río Negro" reveló la relación entre Altec y el ex funcionario (su consultora fue contratada en el marco de un programa de fortalecimiento de 38 comunas rionegrinas) y entre Altec y el empresario bahiense Gustavo Damiani, titular de Parsa.


 La investigación giró en torno del acceso de Altec al servicio del sistema de parquímetros municipales y la subcontratación de tal prestación a Park SA y Parsa SA, en un primer y ulterior momento, respectivamente.


 Además, profundizó en la participación de Schivndt en el manejo de las contrataciones y en su carácter de gerente de Editorial Estudios Municipales y Administración SRL (EEMA) y en el derecho del denunciante a ocupar la banca abierta a la ciudadanía en el Concejo Deliberante de Bahía Blanca.


 La fiscal Lorenzo señaló que la AFIP informó en relación a la inscripción de Altec, Parsa, Park y la EEMA ante el organismo, con lo que quedó descartada toda creación ficticia de entidades interpuestas para fines defraudatorios.


 En cuanto a la contratación entre Altec y la comuna, señaló que no existe irregularidad en la misma que sea evaluable a la luz del digesto punitivo sustancial.


 "Que fuere Altec SE y otra prestataria del servicio en cuestión la más idónea para sobrellevar la carga del servicio de estacionamiento medido no es materia propia de este fuero, pues la selección de aquella no ha obedecido, de las constancias de autos, a una maniobra defraudatoria que se perciba por redimensionamiento de los cuadros monetarios de la operación o de una necesidad fraudulenta del servicio", consigna, en su resolución, Lorenzo.


 A su entender, la transacción se impone como "cristalina y sin mácula en su diseño".


 En cuanto a la participación de Schivndt en los episodios denunciados, Lorenzo menciona que el "escenario delictual que se señala es la posibilidad de que el entonces secretario de Hacienda y Economía, Enrique Schivndt, efectuara negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones públicas.


 "Deviene claro --continúa-- que, si la sociedad de la que el mencionado resulta gerente participó o se benefició con cualquier contrato u operación en que tuviere injerencia la Municipalidad, nos enfrentaríamos a las operaciones punitivas del Código Penal, pues aquel habría utilizado una persona jurídica interpuesta en miras de un beneficio propio, a los efectos de beneficiarse ilegítimamente en contratos con la entidad que lo tenía por funcionario público".


 Sobre estas cuestiones, Lorenzo consideró que no existen elementos probatorios que acrediten la existencia del hecho referido y que no fue corroborado que la editorial del ex funcionario haya vendido software a ninguno de los municipios rionegrinos denunciados.


 Además, dijo que la provisión de software y hardware a la Municipalidad de Bahía Blanca fue efectuada por la empresa Jotafí, tal cual surge de la documental obrante y no por la empresa gerenciada por Schivndt.


 "No escapa a esta representación del ministerio que el objeto social de EEMA resulta controvertible precisamente del artículo 265 del Código Penal, puesto que su gerente se desempeñaba como funcionario público de la administración municipal.


 "Mas ello --continúa, antes de disponer el archivo de las actuaciones-- no impone sin más una tacha de delictualidad a la conducta de Schivndt, pues no se ha demostrado su participación en ningún hecho ilícito".