Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

Le impusieron la pena máxima al filicida Luis Eduardo Valenzuela

A tres días de cumplir los 23 años de edad, Luis Eduardo Valenzuela Concha recibió ayer la pena máxima prevista en el Código Penal Argentino, tras ser hallado responsable de la violación y muerte a golpes de su hijo de 4 años, en el marco de un fallo con pocos precedentes, que contuvo duros calificativos de los integrantes del Tribunal en lo Criminal Nº 1.


 A tres días de cumplir los 23 años de edad, Luis Eduardo Valenzuela Concha recibió ayer la pena máxima prevista en el Código Penal Argentino, tras ser hallado responsable de la violación y muerte a golpes de su hijo de 4 años, en el marco de un fallo con pocos precedentes, que contuvo duros calificativos de los integrantes del Tribunal en lo Criminal Nº 1.


 Reclusión perpetua más la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado le impusieron los jueces Mario Lindor Burgos, Enrique José Montironi y Hugo Alberto De Rosa, al adherir en un todo al pedido del fiscal de juicio, doctor Emilio José Marra.


 Montironi también coincidió con el representante del ministerio público al entender que se trató de uno de los hechos más atroces analizados en el Departamento Judicial Bahía Blanca, mientras que la madre de la víctima expresó su deseo de que maten al criminal y que se "pudra" en la cárcel.


 Como lo había adelantado la semana pasada en el veredicto condenatorio, al cuerpo judicial no le surgieron dudas sobre la autoría de Valenzuela en el suceso ocurrido entre la mañana y el mediodía del 10 de mayo de 2002, en el interior de la precaria vivienda de Pablo Lejarraga 2050, en perjuicio del menor Luis Alejandro Reyes, quien, además de ser violado por su padre, fue ultimado por éste mediante una paliza que le provocó al menos 18 lesiones.


 Dijeron los jueces que se acreditaron "múltiples e inequívocos indicios probatorios... de plurales fuentes de prueba".


 Se citó, en ese sentido, la versión de al menos cuatro vecinos que aquel día observaron alterado al imputado, quien no los dejó entrar en su casa pese a que aquellos escucharon los gritos de auxilio de la víctima, y se hizo hincapié en la declaración de Gladys Haydée Castillo.


 La mujer dijo que oyó gritos del menor como que el sujeto le pegaba, aunque, en un momento dado, alrededor de las 12.30, advirtió que cesó la situación de manera abrupta, "como si hubiera sucedido algo".


 "Tiene especial significación asimismo como constancia gravosa, la mendacidad con que se expresara el encartado cada vez que se le preguntaba sobre el origen de los golpes que presentaba el menor. Dijo que se habían producido a raíz de que el mismo se había caído", sostuvo Burgos, quien contó con la adhesión de sus colegas.


 Agregó que, por un lado, dijo que el menor se accidentó al caer de una cama cucheta, mientras que, ante otros testigos, argumentó que se accidentó cuando era bañado, pero los médicos determinaron que las heridas no se correspondían con hechos de esas características.


 Por otro lado, se secuestraron prendas de Valenzuela con manchas de sangre del grupo cero, que compartían el chico y su padre, aunque Valenzuela no presentaba lesiones.


 "Lógicamente, se puede concluir que la sangre que detentaba en su ropa provenía necesariamente de las lesiones que infligió al menor", se explicó.


 La "temporaneidad" de todas las heridas con las que ingresó el niño en la guardia del Hospital Penna --los médicos hablaron de un daño de "corta evolución"--, se compadecen con la solitaria presencia del acusado junto a éste en el interior de la finca, añadieron.


 En otro orden, Lilian Reyes, madre del damnificado, dijo que al retirarse a trabajar ese día, su hijo no presentaba lesiones, relato coincidente con el aportado por una docente del Jardín de Infantes Nº 929, al que concurría Luis Alejandro Reyes, quien afirmó que hasta el día anterior el chico estaba sano.

"Rasgos psicopáticos"




 El tribunal también analizó las conclusiones del perito médico Eduardo Wrobel y del psicólogo Julio Germán Tapia, quienes, en resumen, afirmaron que el individuo era dueño de una personalidad con "rasgos psicopáticos".


 Wrobel aseveró que se mostró "sin conciencia de culpa y molesto por la situación de detención" y que se lo advertía impulsivo y "con tendencia a la acción antes que a la reflexión".


 Tapia, en tanto, dijo que Valenzuela "se siente juzgado por la mirada de los demás, discriminado y actúa en forma defensiva".


 "La angustia y dolor que presenta es por la pérdida de libertad, no existiendo conmoción afectiva por el hijo fallecido", manifestó.


 Para los magistrados, "las descripciones no solamente encajan perfectamente en la factura de los hechos analizados, sino que también se compadecen con el tipo de vida que llevaba el imputado e ilustran sobre el comportamiento mantenido por Valenzuela Concha durante la audiencia de debate, al punto de ni siquiera querer permanecer durante los alegatos de las partes".


 Casi como una formalidad, marcaron su carencia de antecedentes como atenuante, mientras que fueron múltiples los agravantes de su conducta.


 "La edad y sexo de la víctima, la cantidad de lesiones producidas a la misma con el consecuente sufrimiento que le ocasionaron, los actos anteriores de maltrato que hacían vivir temerosamente al menor Reyes, la falta absoluta dearrepentimiento o dolor por lo cometido, la peligrosidad que representa el acusado para terceros, así como la mendacidad con la que tratara de justificar su salvaje accionar", detallaron.


 En este tramo de la resolución, el doctor Hugo De Rosa aseguró que la perversidad del imputado evidenció un "desprecio hacia el género humano, hacia su prójimo, que no era nada ni nada menos que su propio hijo".


 "Cuando no media una anormalidad psíquica en el sujeto, tal el caso del imputado, muestra al delincuente nato o instintivo, lo que ello demuestra un estado, a mi entender, de máxima peligrosidad", dijo.


 Y al parafrasear un escrito sobre derecho penal de B. Gómez, el citado juez resaltó la intención de mantener lejos de la sociedad a Valenzuela.


 "Frente a quien mata sin odio, sin lucro, por la sola sed de sangre, nadie puede sentirse seguro".

Calificación y pena




 Al momento de abordar uno de los puntos de discusión del debate, la calificación legal, el tribunal también se inclinó por la postura del fiscal Marra, en detrimento del pedido de la defensora oficial adjunta, doctora María Laura Pinto, quien entendió que se trataba de una violación seguida de muerte.


 Así, encuadraron el episodio como homicidio agravado por el vínculo y la alevosía y abuso sexual con acceso carnal agravado, ambos en concurso real de delitos.


 Entendieron que el vínculo quedó acreditado por los testimonios y, en especial, la prueba de ADN, que determinó en un 99,99936 por ciento la relación paternal de Valenzuela con la víctima.


 Acerca de la alevosía, explicaron que esa posibilidad se da cuando "los medios empleados se encaminen a facilitar el propósito delictivo del culpable".


 "Objetivamente, la alevosía requiere una víctima desprevenida o indefensa, que no puede oponer resistencia al ataque del agente, situación que pudo ser procurada o aprovechada por el autor", agregaron, para aclarar que también necesita de la concurrencia de un elemento subjetivo.


 "En el episodio en análisis se conjuga perfectamente lo precedentemente reseñado", afirmaron, mientras que luego destacaron la decisión del condenado de no enviar esa mañana al niño al jardín de infantes, alejándolo de cualquier protección ante la ausencia de su madre.


 Además, mencionaron que el joven impidió la intervención de vecinos.


 Respecto del delito sexual, sintetizaron las probanzas en las pericias de rigor y en los testimonios de los médicos que asistieron a la víctima.


 Por otra parte, el tribunal rechazó el pedido de la defensora de considerar inconstitucional la pena impuesta.


 "Los tratados internacionales signados por nuestra Nación y que tienen jerarquía constitucional, en manera alguna contradicen la normativa imperante en el Código Penal --artículo 5--, en punto a la pena de reclusión, que se cuestiona", argumentaron.


 En cuanto a la accesoria fijada, explicaron que se partió de la premisa que detenta la naturaleza jurídica de una medida de seguridad y no de una pena accesoria, como lo referenciara la doctora Pinto.


 "Dicho artículo --52 del Código Penal-- se encuentra dentro de los sistemas adecuados para la realización de los fines asignados al Derecho Penal", se indicó, calificando como "razonablemente proporcionada" la sanción, teniendo en cuenta "la mayor temibilidad del delincuente, deducida objetivamente de su propio comportamiento".


 Por ello, el tribunal falló que Valenzuela era merecedor de la pena de reclusión perpetua con más la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado.

A Montironi nunca le tocó juzgar un hecho así




 Luego de compartir el voto del juez Mario Lindor Burgos, respecto de la pena impuesta a Valenzuela, el doctor Enrique José Montironi realizó algunas consideraciones acerca del aberrante caso.


 "Es mi deseo señalar que a lo largo de mi actuación judicial, 28 años en el fuero penal, de los cuales 17 de ellos como juez de primera instancia, nunca me ha tocado juzgar hechos de las características espeluznantes como el traído hoy a los estrados", confesó.


 Después calificó el accionar del imputado "de una bestialidad, ferocidad e irracionalidad manifiesta", que terminó con la vida de "un ser humano en manos de su propio padre --'sangre de su sangre'--, convirtiendo al suceso --parafraseando al agente fiscal, doctor Marra--, en uno de los más atroces ventilados en este Departamento Judicial".


 Montironi trajo a colación la obra de Oscar Pandolfi, referida a los delitos contra la integridad sexual, cuando considera que "el plus derivado del carácter incestuoso del abuso sexual, contribuye a la fundamentación de la agravante".


 "Y aquí el fundamento biológico de ese agravante --más allá de la repulsa social o ética derivada de aquel carácter--, está plenamente justificado, ya que rige no sólo entre los humanos, sino también entre todos nuestros parientes más cercanos en la escala zoológica: entre los primates el incesto es, casi sin excepciones, impedido", afirmó.


 Después puso acento en posibles comentarios "garantistas" que, eventualmente, pueden surgir de la lectura de la dura condena contra el joven violador y homicida.


 "Se escucharán voces alarmadas de opinólogos mediáticos, quienes invocando estadísticas --las más de las veces poco confiables--, expondrán sobre la inconveniencia de la aplicación de penas extensas en el tiempo, que no permitan la redención y readaptación de las personas sometidas a las mismas.


 "A ellos invito a que relean el informe autopsial practicado en el cuerpo del menor de cuatro años, como así también, que observen las diversas placas digitalizadas tomadas al cadáver del niño y luego sí, escucho atentamente su parecer y propuestas", enfatizó.


 El doctor Hugo De Rosa, por su lado, adhirió al pensamiento de sus pares y agregó que, atento a la "extraordinaria peligrosidad" del procesado, su personalidad y la inmotivación del hecho, es correcto que se le aplique de manera efectiva la citada pena.

"Que se pudra en la cárcel, que lo maten"




 Rompió el silencio después del fallo y, obviamente, no pudo contener su llanto.


 Lilian Reyes, la madre de la víctima y ex pareja de Valenzuela, visiblemente conmocionada, calificó al condenado como "un h... de p..." y se mostró complacida por la resolución judicial.


 Así lo manifestó en el breve diálogo que mantuvo con el periodismo al retirarse de la sala de audiencias.


 Cuando se le preguntó cómo iba a ser su vida de ahora en más, la mujer respondió: "Mi vida, cómo va a ser; era mi único hijo... pero bueno..."


 "Es un h... de p..., que no se merece más que eso, que ojalá que se pudra en la cárcel, que lo maten", afirmó.


 Acerca de la sentencia, sostuvo que "gracias a Dios, sí (dictaron la sentencia que esperaba), por lo menos me doy cuenta que existe un Dios acá".

No antes de los 48 años. Luis Valenzuela podría salir en libertad condicional recién a los 48 años de edad, aunque esa medida dependerá de su conducta en la cárcel y de la decisión de la justicia de Ejecución, que comenzará a funcionar en breve. Ayer, tras escuchar la sentencia y cuando lo retiraban de la sala, preguntado por un cronista radial si estaba arrepentido del hecho, respondió: "Porque no te vas a la c... de tu hermana".