Bahía Blanca | Domingo, 28 de abril

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Pablo Víctor Cuchán deberá seguir detenido en Saavedra

La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal no hizo lugar a un habeas corpus presentado por el abogado Maximiliano De Mira tras el fallo que negó su excarcelación.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal rechazó un habeas corpus presentado por el abogado de Pablo Cuchán, doctor Maximiliano De Mira.

Por una cuestión de forma la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal rechazó un habeas corpus presentado por el abogado de Pablo Víctor Cuchán, a partir del fallo que en las últimas horas denegó la excarcelación del detenido por la muerte de Luciana Jimena Moretti (15).

En la resolución, la Sala I del cuerpo --integrada por los jueces Gustavo Barbieri, Guillermo Giambelluca y Pablo Hernán Soumoulou-- no hizo lugar al pedido efectuado por Maximiliano De Mira, quien argumentó que el procesado sufre una detención ilegítima y que la decisión tomada en fallo dividido por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 resulta de gravedad institucional.

Fuentes judiciales mencionaron ayer que al ser notificado del rechazo en la Unidad Penal Nº 19 de Saavedra, Cuchán adelantó su intención de apelar, por lo que los camaristas señalaron en la víspera que no pueden resolver el pedido cuando aún no se ha definido esa instancia.

Trascendió que el próximo miércoles De Mira presentaría el escrito contra la denegatoria a la liberación de su cliente.

Pablo Cuchán --condenado a 17 años de prisión aunque sin sentencia firme, pese a llevar 11 años entre rejas-- está imputado de dar muerte a Lunciana Moretti en su casa de Ingeniero White, para luego descuartizar el cuerpo e incinerarlo en una parrilla.

El jueves pasado, con los votos de los jueces Hugo Adrián De Rosa y Eduardo d'Empaire, mientras que su colega Ricardo Nicolás Gutiérrez opinó en sentido contrario, el tribunal rechazó excarcelarlo teniendo en cuenta el peligro de fuga y el riesgo social que aún representa para sí y para la sociedad, como ejes de los fundamentos.

“Es una denegatoria peligrosamente errónea porque (el Tribunal en lo Criminal Nº 1) se desentiende del fallo superior y, como órgano inferior, interpreta otra cosa”, había considerado De Mira.

Previamente, la misma Sala que ayer no hizo lugar al pedido de la defensa, había indicado que para la excarcelación de los procesados --a diferencia de quienes ya están condenados-- sólo se debe tener en cuenta el tiempo de detención, ya cumplido para lograr el beneficio, y el informe de conducta y concepto carcelario, que es Ejemplar 10.

Por último, la defensa de Cuchán confirmó que tras el fin de semana largo, y cuando se retome la actividad en el Poder Judicial bahiense, presentará la apelación ante la Cámara, la que finalmente deberá resolver sobre la situación del detenido.