Justicia por Zoom: la Defensoría pide evitar las audiencias virtuales
Defensores penales deberán asesorar en persona a los acusados durante la declaración indagatoria, en vez de hacerlo de manera remota.
Audionota: Marina López
La Defensoría General de Bahía Blanca resolvió limitar el trabajo remoto por parte de los defensores penales, instando así al restablecimiento de la modalidad presencial para las audiencias previas a los juicios.
La resolución firmada por Fabiana Vannini, defensora general del Departamento Judicial Bahía Blanca, se alinea con la campaña "Basta de justicia por Zoom" promovida por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP).
La entidad con sede en la ciudad de Buenos Aires planteó el "abuso" de la virtualidad por parte de jueces, fiscales y defensores.
A nivel local, Vannini dispuso que, como regla general, los defensores y defensoras oficiales del fuero penal "deberán realizar de manera presencial (citados, aprehendidos y detenidos) la entrevista previa y la asistencia en la audiencia de declaración (indagatoria) del imputado" frente al fiscal.
El método de trabajo virtual podrá utilizarse "únicamente de forma excepcional cuando, por razones debidamente fundadas por el magistrado a cargo, dicha vía resulte más beneficiosa para los intereses del asistido o existan impedimentos insalvables para el encuentro físico".
"En tales supuestos, el defensor/a deberá asegurar la existencia de canales de comunicación privados y solicitar las pausas procesales que resulten necesarias para entrevistarse con su asistido/a", indica el resolutorio.
Además se encomendó que los detenidos sean trasladados a la sede del Ministerio Público Fiscal o de la Defensa para participar de las audiencias preliminares al debate oral y, en su defecto, se sugiere el "desplazamiento del defensor al centro de detención o dependencia policial" donde esté alojado el asistido.
De esta manera se garantiza la "confidencialidad absoluta de la comunicación, la asesoría inmediata y la captación de las condiciones personales del detenido en el marco de su privación de libertad".
La titular de la Defensoría provincial también les encargó a los defensores penales que, si el tribunal o la fiscalía intervinientes "pretenden imponer la modalidad virtual para estos actos sin el consentimiento de la defensa, planteen la oposición fundamentada e invoquen el control de constitucionalidad/convencionalidad, asentando las protestas por afectación a la inmediación y al derecho de defensa eficaz".
En un reciente informe publicado por La Nueva., se informó que en esta jurisdicción hay una fuerte tendencia al uso de la vía telemática para el desarrollo de audiencias previas, aunque los juicios orales se realizan presencialmente en las salas de los tribunales.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense autoriza a los tribunales a hacer las audiencias a distancia.
"De hecho la Corte nos brinda el software (Microsoft) Teams, cuyo uso autoriza y paga su licencia para no movilizar, por motivos de seguridad y costos, a detenidos que muchas veces ni siquiera están en Bahía", confirmó una fuente.
Sin "justificación"
El INECIP plantea que los sistemas judiciales "renunciaron a concurrir a las salas de audiencia sin ningún tipo de justificación".
"Eluden la presencialidad casi como un acto reflejo de las peores prácticas burocráticas, lo que evidencia una falta de dedicación y compromiso con la tarea y un modo de evitar el contacto con las partes y con el público en general", opina el instituto.
"Las excusas son varias: que no se dispone de suficientes salas de audiencias, que se necesita optimizar el tiempo de los jueces, que las partes tienen agendas saturadas, entre otras", añade el comunicado.
"En nombre de una supuesta eficientización (del servicio de justicia) se están afectando severamente derechos y garantías", sostiene el INECIP.
Según el abogado Valentín Fernández, la virtualidad es una opción "útil" para audiencias de indagatoria a detenidos alojados en comisarías de la zona, quienes por recomendación de sus defensores no van a responder al interrogatorio del fiscal.
"Después de la pandemia lamentablemente quedó impuesto como una costumbre que las audiencias se hagan virtuales en vez de presenciales", dijo el letrado.
"Si bien en algunos casos las audiencias virtuales son prácticas para las partes, porque se ahorran traslados, lo presencial siempre brinda más calidad en lo referido a la oralidad y la inmediatez de la prueba y el contacto personal entre todas las partes", finalizó.
Contacto directo
Inmediación. "El principio de inmediación es una pieza fundamental del derecho procesal, definido como el contacto directo y sin intermediarios que debe existir entre el defensor, el imputado y el órgano juzgador. Este principio posee una vertiente subjetiva que exige la presencia física e ininterrumpida de las partes durante el proceso", señala la Defensoría.
Calidad. "El ejercicio de la defensa pública debe realizarse con parámetros de efectividad y calidad, garantizando el respeto de los derechos y la dignidad de las personas sujetas a un proceso penal", agrega.
Sin datos. Ninguna de las sedes consultadas tiene estadísticas oficiales sobre el porcentaje de audiencias virtuales que llevan a cabo en comparación con las presenciales.
Conversatorio. Vannini participó hace unos días del conversatorio “El abuso de la virtualidad en la justicia penal de la provincia de Buenos Aires”, organizado por el INECIP y que se realizó vía telemática.