Muerte en el gym: hasta cuándo se mantendrá la clausura de Sport Club
La justicia penal levantó la medida pero la querella apeló y el juzgado de faltas suspendió la autorización para hacer las refacciones necesarias ¿Cómo sigue la historia?
Mientras continúa la investigación por la absurda muerte del abogado Juan Roberto Cafasso (68) en Sport Club, el gimnasio, a casi dos meses de la tragedia, sigue clausurado, pese a que hace unos días la justicia penal había cesado la medida.
Es que los abogados de la familia de la víctima (Martiniano Greco y Carlos Carnevale) apelaron la decisión ante la Cámara Penal y el juzgado de faltas municipal (que a su vez mantiene la clausura de tipo administrativo) decidió sostener el cierre hasta tanto el órgano judicial se expida.
Se cree que la cuestión puede ir para largo porque la querella ya aclaró en el escrito que, en caso de ordenarse un fallo en favor de la franquicia, interpondrá recursos ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense y, de ser necesario, las Cortes de provincia y nación.
Esta situación genera incertidumbre, no solo por los miles de clientes del gimnasio y el interés comercial de sus dueños sino, especialmente, por la treintena de empleados que cumplía tareas en el lugar.
"Esta parte no pretende prolongar una clausura comercial por una finalidad punitiva ni reemplazar a la autoridad municipal. El establecimiento reconoce que no puede reanudar la actividad sin habilitación administrativa. La pretensión es estrictamente probatoria y temporal. Se limita a conservar los sectores vinculados con el hecho hasta que exista un dictamen susceptible de control y pueda definirse, con información técnica, si se requieren nuevas operaciones.
"La medida es idónea porque evita cambios sobre la fuente. Es necesaria porque una fotografía o un plano no sustituyen necesariamente la percepción de la estructura, sus uniones y sus relaciones espaciales. Es proporcionada porque admite el ingreso de autoridades y peritos, así como tareas privadas no invasivas previamente autorizadas, documentadas y controladas. El costo temporal es acotado y depende de la presentación del informe ya ordenado. El perjuicio opuesto, en cambio, es definitivo.
"En la medida que la clausura penal sigue siendo materia de controversia judicial resulta improcedente autorizar refacciones o trabajos en las instalaciones de referencia", sostuvo la querella en el recurso que presentó.
Muerte en el gimnasio: ordenan secuestrar los celulares de los dueños
Con la apelación judicial pendiente, el juzgado de faltas dio marcha atrás con el permiso -otorgado el mes pasado, como paso previo a una eventual habilitación- para realizar las refacciones necesarias en el establecimiento, especialmente el resguardo de las paredes del entrepiso, desde donde cayó Cafasso.
"Suspender la autorización conferida el 20 de julio para efectuar tareas en el inmueble de la avenida Cabrera 3.974, hasta tanto se realicen las verificaciones pertinentes que permitan determinar la inexistencia de afectaciones al inmueble y/o al entorno comprometido", definió Faltas en el fallo.
Quiere decir que hasta tanto no quede firme la decisión de la justicia penal, el local se mantendría cerrado y no podría abrirse ni siquiera para realizar las obras de mejora en seguridad, siempre dependiendo de qué postura adopte el juzgado de faltas en cuanto al efecto suspensivo.
"Lo que no está claro es qué temperamento va a adoptar Faltas en caso de un fallo intermedio favorable al gimnasio, en el mientras tanto, sabiendo que la querella eventualmente va a apelar", explicó un informante.