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​​​​Le negaron la libertad anticipada al exfuncionario Marcelo Caramelli

Revés judicial para el hombre que en 2020 fue condenado a la pena única de 15 años de prisión por distintos delitos. Está con arresto domiciliario.

Carlos Marcelo Caramelli, condenado en 2020 a la pena única de 15 años de prisión por distintos delitos -entre ellos su responsabilidad en la muerte de la menor Daiana Herlein en el Parque de Mayo- tendrá que seguir detenido bajo arresto domiciliario. 

Es que la Cámara Penal de Bahía Blanca rechazó su libertad asistida, medida que se otorga a quienes están a meses de finalizar temporalmente la sentencia.

De esa manera la Sala I (votos de los jueces Gustavo Barbieri y Christian Yesari) confirmó la resolución adoptada por el juez Claudio Brun, interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 2.

Caramelli, exdirector de Parques Municipales, fue sentenciado en tres causas diferentes. La primera de ellas, en 2017, por extorsión y exacciones ilegales; la segunda, en 2019, por el homicidio culposo de Daiana y la omisión de sus funciones y la tercera, el mismo año, por extorsión reiterada (6 casos) y tentativa de extorsión.

Su defensora particular, Bárbara Sager, apeló la decisión de no hacer lugar a la libertad asistida, al considerar que el juez Brun no había tenido en cuenta un dictamen pericial de mayo pasado, favorable a su asistido.

Autocrítica limitada

Sin embargo, los camaristas Barbieri y Yesari ratificaron el fallo.

"Entiendo que en autos no se cuenta con un informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable la reinserción social del condenado. Ello con fundamento en los elementos de tenor cautelar que surgirían de los informes psicológicos", explicó Barbieri, con la adhesión de Yesari.

En la última pericia, conocida en junio último, se destacó cierta evolución en el condenado, pero se concluyó que su autocrítica es "limitada" (frente a los hechos que motivaron su condena) y que presenta "falta de elaboración de dificultades en el plano subjetivo".

Así la Cámara entendió que existen "aspectos cautelares" que impiden otorgar el beneficio y, en consecuencia, consideró "improcedente" el recurso de la defensa.