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Monotributo y recategorización de oficio: ARCA informó la situación de los reclamantes

El organismo recaudador comunicó en qué categoría quedarán quienes se habían opuesto al trámite. La polémica que generó y la solución que dispuso.

Foto N/A

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó el número total de monotributistas que fueron notificados con la recategorización de oficio, al tiempo que indicó cuáles serán los pasos a seguir y en qué categoría quedaron ubicados tras el procedimiento del organismo.

El ente recaudador señaló que fueron más de 220.000 contribuyentes a los que se les envió la notificación sobre la recategorización de oficio. 

El procedimiento de ARCA detalla en qué categoría del monotributo se ubica al contribuyente en cuestión. En caso de ubicarlo por encima de la categoría actual, el monotributista debe pagar una obligación al organismo: la misma surge en base a la diferencia entre el importe total mensual que paga por la nueva categoría y el monto que ya se abonó en la categoría menor.

El proceso de recategorización y la polémica

Durante este verano, el organismo dirigido por Andrés Vásquez llevó adelante el proceso habitual semestral para recategorizar a una parte de los monotributistas. 

La acción del ente es notificada a los contribuyentes mediante el domicilio fiscal. "Producto de los controles sistémicos que efectúa el organismo, a partir de la información obrante en nuestros registros, hemos detectado que la categoría que reviste actualmente resulta inexacta, por lo que se procederá a recategotizarlo de oficio", detalla la comunicación oficial.

El punto conflictivo con los contribuyentes radica en que diferentes testimonios aseguraron que la fiscalización sistémica no distinguió entre ingresos por actividad económica y otras transacciones personales, por lo que las quejas se multiplicaron.

Desde el Gobierno, mediante la Oficina de Respuesta Oficial, salieron a negar que el procedimiento de ARCA utilice transferencias personales para recategorizar indicando que “lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas” y remarcaron que “se miran cobros, no transferencias”.

El tributarista César Litvin explicó que este proceso "está previsto en la normativa vigente cuando hay diferencias entre lo declarado por el contribuyente y los datos que tiene ARCA”. "En principio se toma como una inconsistencia sujeta a que el contribuyente pueda demostrar en un descargo que parte de los ingresos en las cuentas o billeteras no se relacionan con ganancias gravadas", dijo en declaraciones a esta agencia, poniendo como ejemplo las transferencias entre cuentas del mismo titular, acreditaciones que no se relacionan con la actividad, préstamos, entre otros.

"Cualquier ingreso en cuenta presume ganancia, con lo cual el contribuyente debe ser muy cuidadoso y prolijo en el uso de las cuentas cuando no provengan de su actividad", remarcó Litvin.

Ante la escalada de la polémica por la situación, ARCA presentó una opción para manifestar disconformidad, que derivará en una nueva fiscalización. La función fue incluida en el link correspondiente al monotributo y cada contribuyente podía ejercerla hasta el 16 de marzo inclusive. En total, alrededor de 24.000 contribuyentes presentaron su disconformidad o apelaron ante la recategorización automática de ARCA, por lo que —en ese caso— el procedimiento quedó en suspenso.

Medición cada seis meses

Esto no es una novedad de ARCA, dado que se realiza semestralmente cuando finaliza el período en el que el contribuyente revisa su facturación y otros indicadores.

Es un trámite obligatorio que se realiza en función de la actividad desarrollada durante los últimos 12 meses. El objetivo es verificar si los ingresos y demás parámetros continúan encuadrando dentro de la categoría vigente o si corresponde subir o bajar de escala.

La recategorización del monotributo ante ARCA se realiza dos veces por año en los siguientes períodos: hasta el 5 de febrero y hasta el 5 de agosto. En cada instancia se deben analizar los parámetros correspondientes a los últimos 12 meses de actividad.

Para la recategorización de agosto 2026 se toma el período comprendido entre julio de 2025 y junio de 2026.

Para determinar la categoría correcta del monotributo, los contribuyentes deben revisar cuatro variables principales:

Ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses.

Energía eléctrica consumida.
Alquileres devengados, en caso de corresponder.
Superficie afectada a la actividad económica.
Si alguno de estos parámetros supera o queda por debajo de los límites establecidos para la categoría actual, corresponde efectuar la recategorización. (N/A)