Piden agravar los procesamientos de Tapia y Toviggino por la presunta evasión de $19.000 millones
El fiscal apeló la decisión del juez que procesó a la cúpula de la AFA, pero no incluyó las retenciones por ingresos de publicidad. Ahora, deberá decidir la Cámara en lo Penal Económico.
El fiscal Claudio Navas Rial presentó una apelación para endurecer los procesamientos dictados por el juez Diego Amarante en la causa que investiga irregularidades en el pago de impuestos y aportes por parte de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
La medida alcanza no solo a Claudio “Chiqui” Tapia y a Pablo Toviggino, sino también al gerente general de la Asociación del Fútbol ArgeGustavo Lorenzo, al secretario general Cristian Malaspina y al exsecretario general, Víctor Blanco.
Días atrás, los dirigentes fueron procesados por el delito de apropiación indebida de tributos agravado y de recursos de la seguridad social. El juez determinó que la AFA retuvo y no depositó en plazo más de 19.300 millones de pesos correspondientes a aportes e impuestos entre marzo de 2024 y septiembre del 2025.
Amarante aseguró que la conducta fue “un evidente plan que abarcaba el depósito tardío de enormes montos dinerarios, con la consiguiente posibilidad de obtener cuantiosos beneficios financieros”.
Sin embargo, el juez excluyó de la imputación las retenciones por ingresos de publicidad, que representan un 7,50% a cargo de los clubes. Argumentó que la AFA no actuó como agente de retención ni percepción de esos fondos y que emitió los certificados correspondientes.
El fiscal Navas Rial consideró que esta decisión implica un “análisis fragmentado de la maniobra investigada” y descartó “indebidamente sucesos que integran una única unidad antijurídica”. Para el Ministerio Público Fiscal, las retenciones por publicidad forman parte integral del régimen de aportes de la seguridad social y deben valorarse de manera conjunta.
“El agravio entonces no se dirige a la existencia del procesamiento sino a su indebida restricción por el análisis fragmentario de la maniobra, ya que, por la propia naturaleza de la figura, exige una valoración integral”, dijo el fiscal.
Ahora, la Cámara en lo Penal Económico deberá resolver tanto la apelación del fiscal como las de las defensas. Días atrás, el mismo tribunal rechazó un pedido de sobreseimiento por inexistencia de delito, al sostener que esa cuestión debe analizarse en el juicio de fondo y no por vía de excepción.
La causa comenzó cuando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acusó a la AFA de haber actuado como agente de retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad social sin depositar los montos correspondientes dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.
Tapia y Toviggino se presentaron ante la Justicia, y el argumento de la AFA es que pagaron la deuda pero fuera de término, por lo que el delito se habría consumado.
Los acusados argumentaron que no estaban obligados a pagar fuera de plazo, porque hay resoluciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y del Ministerio de Economía que establecen que hasta mitad de año no se pueden ejecutar deudas fiscales de asociaciones civiles sin fines de lucro.
La defensa de Tapia planteó que si una deuda fiscal no se puede ejecutar, tampoco se puede exigir su pago.
El juez, en tanto, dispuso una serie de medidas que tanto Tapia como Toviggino deberán cumplir tras el procesamiento y el embargo
- La obligación de no ausentarse de sus respectivos domicilios por un término mayor a las 72 horas sin poner en conocimiento dicha circunstancia al Tribunal.
- La prohibición de modificar sus lugares de residencia sin notificarlo al Tribunal.
- La obligación de comparecer ante este Tribunal cada vez que se les requiera.
- La obligación de mantener una fluida comunicación con sus defensas a los fines de cumplir con las eventuales citaciones que este Tribunal pudiese disponer. (TN)