Un productor de la región deberá ir a juicio oral por crueldad animal
Pedro Barcellandi fue acusado de atropellar y matar a un perro en la zona céntrica de Adolfo Gonzales Chaves.
Mientras distintos entes proteccionistas impulsan una reforma a la ley 14.346, que lucha contra el maltrato animal pero que fue sancionada hace más de 70 años, en el ámbito judicial se avanza hacia una mayor protección y consideración de los animales como "seres sintientes".
De todas maneras, la normativa creada en 1954 tiene bajas penas para delitos que, muchas veces, son de extrema gravedad.
Tal es el caso de un productor agropecuario de la región, que tendrá que afrontar un juicio por crueldad canina.
Se trata de Pedro Daniel Barcellandi, a quien la Justicia bahiense le rechazó el sobreseimiento y ordenó enviar su causa a juicio.
Barcellandi fue imputado en septiembre de 2024 de atropellar y matar de manera dolosa a un perro en el centro de Gonzales Chaves y contar con antecedentes de ese tenor, aunque sin el resultado fatal.
Histórico fallo: la Justicia reconoció a los animales como “seres sintientes”
Un mes antes de aquella fecha, una vecina aseguró que su mascota Mayla había sido arrollada intencionalmente por Barcellandi a bordo de su camioneta.
Testimonios y filmaciones de las cámaras de seguridad habrían sido contundentes para vincularlo con la conducta delictiva.
Según reportaron en aquel momento algunos portales informativos de Chaves, los vecinos aseguraron que no era la primera vez que Barcellandi maniobraba con intenciones de atropellar a Mayla.
El Juzgado de Garantías de Tres Arroyos no hizo lugar al sobreseimiento del hombre y dispuso elevar la causa a juicio.
La defensa de Barcellandi, a cargo del abogado Javier Isaac Arriola, apeló la decisión al considerar que en la imputación figuraban hechos de una causa anterior, ya resuelta, y que la valoración de la prueba fue "irracional" y "arbitraria".
Aseguró que su asistido no pudo conocer la trayectoria que llevaba el perro y que los testimonios carecían del conocimiento de un experto.
En ese sentido, dijo que el perito de parte informó que el animal se encontraba en un "punto ciego" de su alcance visual.
"Parcializado"
De todas maneras, la Cámara Penal de Bahía rechazó los argumentos del defensor y confirmó que tendrá que ir a juicio.
"Lo cierto es que la 'única' conducta típica atribuída ha sido la de atropellar intencionalmente y con la finalidad de darle muerte a un perro de raza indefinida y luego continuar su camino sin detenerse", afirmaron los camaristas Gustavo Barbieri y Christian Yesari.
En cuanto al informe pericial, los jueces entendieron que hizo una "valoración parcializada", porque el estudio señala que "no se puede determinar si el animal se encontraba dentro del cono de visión del conductor", que no es lo mismo que decir -como el abogado- que "el animal "se encontraba fuera" de ese cono de visión.
En su descargo, Bercellandi declaró que su conducción era reglamentaria y que el perro habitualmente se posicionaba adelante del vehículo, con la supuesta intención de morder la parrilla.
"Conociendo que esa era la manera de reaccionar del can -como pretende demostrar con los testigos ofrecidos por esa parte- lo lógico hubiera sido que actuara con cautela y disminuyera -o frenara- su marcha, ante la posibilidad de que el animal se le cruzara.
"De hecho, si bien negó que en aquel momento hubiera visto al animal que -según la pericia de parte estaba 20 metros por delante de su vehículo-, también dijo que "el perro iba siempre adelante para morder la parrilla. Y el ataque era común, lo que pasa es que nadie lo denunciaba. A mí no me molestaba, ladraba a la camioneta, iba a morder adelante, no era como los otros que iban por detrás", detalló la Cámara.
También resaltó su actitud posterior, al no frenar inmediatamente para asistirlo y retirarse del lugar, lo cual se corroboró con las filmaciones.
"Para más, todos los testigos fueron contestes en destacar que advirtieron lo acontecido a partir de la "acelerada" de la camioneta, lo que permite inferir que no se trató del incremento de velocidad propio de la salida de una encrucijada -como alega la defensa- sino de una aceleración que excedía lo normal (de allí que fuera advertida por los vecinos) y efectuada en forma intencional, con el fin de arremeter contra el can", explicaron los jueces.
No sería la primera vez
Antecedente. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal remarcó que "no habría sido la primera vez" que el imputado "adoptaba ese temperamento en relación a este animal".
Testigo. Un hombre que declaró en la causa judicial dijo lo siguiente: "He visto que el señor Barcellandi, al pasar por la cuadra en su camioneta, la perra le toreaba y él aceleraba para provocarla y cuando corría a la camioneta. Esta persona se la tiraba encima con claras intenciones de atropellarla"
Ley. El artículo 1 de la ley 14.346 (conocida como maltrato y crueldad animal), reprime con prisión de 15 días a un año a quien infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad relacionados con los animales.
Concepto. En el artículo 3, entre los llamados "actos de crueldad", figura el inciso 7, que se ajustaría a la conducta de Barcellandi. Se trata de "lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad".