Denuncia mapuche contra pozos de YPF fue girada de Bahía a Neuquén
La comunidad Kaxipayiñ advirtió un abandono sistemático de varias perforaciones hidrocarburíferas en la cuenca de aquella provincia, situación que provocaría contaminación interjurisdiccional.
El Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca se declaró incompetente para intervenir y giró a su par de Neuquén la denuncia presentada días atrás por una comunidad mapuche contra la firma YPF por posible contaminación acuífera.
Si bien la presentación alude a presuntos daños interjurisdiccionales, el juez Walter López Da Silva declinó su intervención y giró las actuaciones al Juzgado Federal Nº 2 de la capital neuquina.
Carlos Carnevale, uno de los abogados que asesoraron a los referentes mapuches, explicó que el riesgo de afectación no solo alcanza a la cuenca neuquina (ríos Limay, Neuquén y Negro) sino también al estuario atlántico, a la altura de Carmen de Patagones- Viedma, en la desembocadura del último curso de agua mencionado.
"Esto determina la competencia federal de la Fiscalía Federal Nº 1 de Bahía Blanca", se aclaró en la denuncia.
Sin embargo, el titular del Juzgado Federal Nº 1 local desestimó ese argumento y giró las actuaciones a la Justicia Federal de Neuquén, donde ya existen otras presentaciones de estas características.
Se tuvieron en cuenta razones de inmediatez, economía procesal y mejor derecho a defensa para tomar esa decisión, según trascendió.
La denuncia fue formulada por David Eduardo Cherqui, en su carácter de "Lonko" (jefe o cabeza de una comunidad Mapuche) y Gabriel Juan Cherqui, como "Werken" (autoridad tradicional del Pueblo Mapuche), en representación de la Comunidad Mapuche Kaxipayiñ.
Acusan a YPF S.A., sus directivos, responsables técnicos y todo funcionario público nacional o provincial que haya participado en "la omisión sistemática, prolongada e injustificada del abandono técnico de pozos hidrocarburíferos en la Cuenca Neuquina".
Esas conductas las calificaron como violatorias de los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 24.051 y 200, 203 y 248 del Código Penal.
Según la presentación, a la que tuvo acceso La Nueva., en distintos puntos del territorio neuquino -particularmente en áreas operadas históricamente por YPF y sus cesionarias- se habría verificado la existencia de numerosos pozos hidrocarburíferos abandonados, sin haber recibido el sellado y la cementación definitivos exigidos por la normativa.
Acuíferos afectados
Esta acumulación de "pozos inactivos y sin cierre técnico adecuado" en la provincia de Neuquén representa, a criterio de los mapuches, "una fuente comprobada de contaminación para acuíferos y cuerpos de agua superficiales y subterráneos".
La falta de aislamiento -explicaron- haría que los pozos actúen como "canales de migración para hidrocarburos, gases y aguas hipersalinas" hacia los acuíferos que son utilizados, entre otras funciones, para consumo humano.
Explicaron en la denuncia que esta situación "trascendería los límites provinciales".
Los pozos están ubicados sobre el sistema hidrogeológico de la cuenca interjurisdiccional Neuquén–Limay–Negro, con lo cual se generaría un riesgo ambiental proyectado aguas abajo, hacia las provincias de Río Negro y el sur de Buenos Aires, alcanzando potencialmente el estuario atlántico, lo que otorgaría a los hechos un carácter de delito ambiental federal.
Los Cherqui, a su vez, señalaron "una omisión reiterada" de parte de "las autoridades de aplicación provinciales", quienes no habrían exigido los planes de abandono ni el saneamiento de pasivos ambientales, actuando únicamente ante desastres ya consumados.
En consecuencia, los representantes de la comunidad Mapuche pidieron que se diera inmediata apertura de la investigación penal.
Priorizar el lugar de origen
Argumento. El juez López Da Silva se declaró incompetente porque los pozos a los que se hace mención están ubicados en Neuquén, con lo cual "la intervención de esta sede dificultaría el avance de la pesquisa, debido a la distancia con ese lugar y los inconvenientes que ello representa para adoptar medidas con la inmediatez necesaria y la celeridad que la buena administración de justicia aconseja".
Jurisdicción. Si bien la denuncia apunta a una afectación interjurisdiccional (que podría llegar hasta nuestro ámbito), "lo cierto es que debe estarse a aquel lugar en el que se originó la conducta lesiva o donde se encuentra el factor degradante, es decir en la Cuenca Neuquina".
Antecedentes. El juez bahiense recordó fallos de la Corte y de la Cámara Civil y Comercial Federal que aluden a la competencia penal en razón de territorio, con prioridad a los actos de mayor relevancia y para lograr economía procesal e inmediatez.