Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

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¿Fin de la indemnización? Avanza la implementación del nuevo Fondo de Cese Laboral

Con la creación de una cuenta especial bancaria, que se suma a los FCI y los seguros, se completan las tres nuevas modalidades de fondo de cese previstas en la ley.

El Banco Central reglamentó las cuentas especiales para depósitos del Fondo de Cese Laboral, que ya había sido habilitada por el decreto 847/2025 incluida en la Ley Bases.

Se trata de un régimen opcional que se puede reemplazar por la indemnización por antigüedad prevista en el Contrato de Trabajo.

El Fondo de Cese Laboral es un nuevo mecanismo que busca ofrecer una alternativa a la indemnización tradicional por despido. No reemplaza el sistema actual, sino que se presenta como una opción distinta, voluntaria y acordada previamente entre las partes.

Es decir, solo se aplica si hay un acuerdo firmado, ya sea en el marco de un convenio colectivo, entre una empresa y sus trabajadores o incluso de forma individual. 

En lugar de pagar una indemnización al finalizar la relación laboral, el empleador realiza aportes periódicos a un fondo que luego podrá ser utilizado por el trabajador como compensación al terminar el vínculo.

La principal diferencia con la indemnización tradicional es que, con este nuevo esquema, no hace falta que exista un despido para que el trabajador cobre. El fondo se activa cuando finaliza la relación laboral, cualquiera sea el motivo. 

Se trata de un dinero que se acumula a lo largo del tiempo, con aportes fijos o variables definidos por las partes. Este monto se deposita en un instrumento financiero gestionado por Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF), supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Este régimen permite que el empleador planifique con anticipación cuánto va a destinar a este fondo y, al mismo tiempo, da previsibilidad al trabajador, que sabe que tiene un ahorro constituido. 

Las cuotapartes o valores fiduciarios quedan a nombre del trabajador una vez que se concreta el fin del vínculo, y desde ese momento puede disponer libremente de ese dinero. Durante el tiempo que dure la relación laboral, los fondos son inembargables y no se pueden usar para ningún otro fin. Tampoco se pueden hacer nuevos aportes una vez que se produce la desvinculación.

Desventajas

El Fondo de Cese traslada riesgos al trabajador, diluye derechos adquiridos y favorece la flexibilidad empresarial en detrimento de la protección laboral. Las principales desventajas son:

--Se pierde el efecto punitivo de la indemnización, ya que la indemnización tradicional tiene una función disuasoria: desalienta los despidos arbitrarios o injustificados porque implica un costo alto para el empleador. Con el fondo, el empleador simplemente va aportando una suma fija o un porcentaje regular, lo que podría facilitar decisiones de despido, ya que el impacto económico sería menor y más previsible.

--No refleja la antigüedad real ni el salario al momento del despido. En el régimen tradicional, la indemnización se calcula según el último sueldo y los años trabajados. En el fondo, lo que cobra el trabajador es lo que haya aportado el empleador, con el rendimiento (o no) de la inversión. Si los aportes fueron bajos o los rendimientos malos, puede terminar cobrando mucho menos de lo que le correspondería con una indemnización clásica.

--Riesgo financiero y falta de certeza. El dinero del fondo está invertido en instrumentos financieros, por lo tanto está sujeto a los vaivenes del mercado. No hay garantía de que el monto final sea suficiente, ni siquiera que cubra una situación de desempleo prolongado. Además, una mala administración del fondo podría afectar directamente lo que recibe el trabajador.

--Desvinculación sin despido = sin reclamo: como el fondo se cobra al finalizar la relación laboral sin importar la causa, no hay incentivo para iniciar un reclamo si el despido fue injusto. Esto puede debilitar la posición del trabajador frente a decisiones arbitrarias o discriminatorias.