Un nuevo fallo en Bahía ordena reajustar los haberes de un jubilado por las pérdidas desde 2020
En la misma dirección se pronunciaron las Cámaras de Mendoza, Salta, Córdoba, Mar del Plata, marcando así una amplia jurisprudencia a futuro.
La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca ordenó reajustar el haber de un jubilado por las pérdidas sufridas desde 2020 hasta comienzos de 2024.
El mismo se basó en que el haber de diciembre 2020 debe ser ajustado por la diferencia entre el 42,13 % que hubiera correspondido por aplicación de la suspendida ley de movilidad 27.426 (aprobada durante el gobierno de Mauricio Macri) y lo que efectivamente cobró, y la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 (del gobierno de Alberto Fernández), explicó Clarín en un informe.
Lo dictaminado sobre la causa "Italiano, Antonio, c/ ANSeS s/ Reajustes varios” va en la misma dirección que otros pronunciamientos de las Cámaras de Mendoza, Salta, Córdoba, Mar del Plata, marcando así una amplia jurisprudencia y una tendencia judicial en favor de reparar la pérdida sufrida por los jubilados y pensionados. Ahora, deberá ser tomada en cuenta por la Corte Suprema.
Hasta el momento —señaló el medio capitalino—, la Corte no se pronunció sobre estas pérdidas previsionales y tampoco sobre las anteriores, como el deterioro de la movilidad vigente entre septiembre de 2017 y fines de 2019, que fue del 18,5 %.
La novedad de esos fallos de segunda instancia es que señalan que de 2020 o 2021 hasta inicios de 2024 los haberes de los jubilados y pensionados sufrieron una fuerte pérdida en relación con la inflación (entre el 25 % y 45 %, con o sin bonos), pero no se adoptó ninguna medida de reparación por el daño causado. Ahora se agrega el congelamiento desde marzo 2024 del "refuerzo previsional" (bono) en hasta $ 70.000, agregó Clarín.
Roberto Daniel Amabile, Pablo Esteban Larriera y Pablo A. Candisano Mera, camaristas de Bahía Blanca, señalan que el gobierno de Javier Milei reconoció la depreciación de los haberes previsionales durante el gobierno de Alberto Fernández, pero esa pérdida “no fue compensada en forma adecuada ni tomada en cuenta en el contenido de la nueva fórmula implementada por el decreto 274/2024, contemplándose sólo una reforma de los períodos futuros, y otorgando un único incremento extraordinario del 12,5 % aplicable en abril de 2024 sobre el monto percibido en marzo, que sólo alcanzó para equiparar mínimamente la pérdida sufrida durante el mes de enero de ese año”. (Clarín)