Vidal Ríos: cuáles son los pasos previos antes de la nueva sentencia
Luego de que Casación anulara las absoluciones de los hermanos, por narcotráfico, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía tendrá que cambiar parcialmente su conformación para dictar otro fallo.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca tendrá que tener otra conformación para dictar nueva sentencia en la causa por narcotráfico que se les sigue a los hermanos Adrián y Ricardo Vidal Ríos y otras 12 personas.
Es que uno de los tres jueces que tomó parte del juicio en agosto de 2023 (José María Triputti) ya se jubiló, con lo cual se deberá designar nuevo magistrado para acompañar a los dos jueces titulares del TOCF bahiense: Sebastián Foglia y Ernesto Sebastián.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló ayer las absoluciones que había dictado el tribunal bahiense hace dos años y ordenó que el cuerpo bahiense dicte una nueva sentencia (no habrá otro juicio) que, según se desprende del fallo, ahora sería condenatoria.
Actualmente los hermanos acusados de traficar drogas y el resto de la supuesta organización se encuentran el libertad.
Luego de la conformación del nuevo tribunal, y previo al dictado del nuevo fallo, los jueces fijarían una audiencia para que la acusación y las defensas vuelvan a postular los eventuales pedidos de pena.
La fiscalía, durante el primer juicio, había reclamado penas de entre 6 y 9 años de cárcel para todos los acusados.
La absolución se había dado porque los jueces Foglia, Sebastián y Triputti consideraron nulo el origen de la investigación, al entender que la declaración clave de un testigo de identidad reservada recién llegó a conocimiento de las defensas poco antes del juicio, con lo cual se habían vulnerado derechos de los acusados.
Por otro lado marcaron irregularidades en la toma de aquel testimonio, porque era de uno de los hijos de los Vidal Ríos, quien dijo estar amenazado de muerte por su familia para no declarar (después de dar testimonio ingresó en el Programa de Protección de Testigos).
Sin embargo, la fiscalía apeló y Casación revocó.
Los jueces Daniel Antonio Petrone, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, de la Sala I, coincidieron en anular las absoluciones.
Explicaron que la investigación por este caso se inició el 11 de marzo de 2020 y que el "testigo" se presentó el 9 de junio de 2020 en la sede de la Policía Federal para manifestar temor por su integridad y que luego de ser protegido declaró ante la fiscalía y el juzgado.
"La causa se inició por un cauce independiente con motivo de tareas de inteligencia y denuncias previas y el testimonio de esa persona fue recibido dentro de un legajo independiente. Se desprende que la identificación de los imputados con mayor responsabilidad no fue consecuencia directa ni necesaria de la declaración de la persona de identidad reservada, sino de los distintos expedientes que se fueron acumulando en el transcurso de la instrucción", sostuvo Petrone.
Tampoco consideraron un "error procesal" que no se haya hecho valer la facultad de abstención de declarar contra parientes porque "no existía un vínculo de cohesión familiar digno de protección entre el declarante y los imputados".
"La persona que prestó declaración se presentó de manera voluntaria ante las autoridades policiales a fin de resguardar su vida, en un contexto de riesgo concreto. Fue la forma que tuvo el testigo para salvaguardar su seguridad personal", agregó Petrone.
Los otros dos jueces coincidieron con Petrone, con la salvedad que Hornos pretendía que el propio cuerpo porteño fijara las condenas, aunque por la mayoría de sus colegas se ordenó mandar nuevamente a Bahía la causa, para que el tribunal local las disponga.