Se viene el juicio por un terrible choque fatal en la avenida Colón y Drago
Ángela Leguizamo afronta cargos por homicidio simple con dolo eventual, con penas de 8 a 25 años de cárcel. Víctima del hecho, sucedido el año pasado, fue la motociclista Sandra Romero.
Miércoles y jueves próximos se realizará, en dependencias del Tribunal en lo Criminal Nº 3, el juicio oral y público para analizar la conducta de Ángela Leguizamo acusada de haber atropellado y matado a una mujer que guiaba una motocicleta por la avenida Colón, a la altura de Drago, en nuestra ciudad.
Según la investigación, a cargo de la UFIJ Nº 14, cuyo titular es el fiscal Cristian Aguilar, el hecho se produjo el 9 de marzo de 2024, cuando la imputada conducía una camioneta Nissan Frontier por la avenida Colón en sentido descendente de la numeración catastral, violando los deberes de cuidado exigidos a la hora de conducir un vehículo por la vía pública, y bajo los efectos del consumo de cocaína y anfetaminas.
Además, en virtud de nuevas pericias efectuadas, se acreditó que manejaba con exceso de velocidad, a un promedio de 126 kilómetros por hora -en una zona de 30 kilómetros por hora de velocidad máxima- y sin respetar la señal del semáforo existente en la intersección con la Peatonal de Drago que le impedía el paso con la luz roja encendida.
“Deseo que no salga más”, afirmó una de las hijas de la víctima
Eso produjo que embistiera por detrás a la motocicleta Gilera Smash que conducía Sandra Amalia Romero, quien se encontraba delante suyo en la intersección de Colón y la peatonal Drago, ocasionando su muerte a causa de las lesiones sufridas.
Asimismo, se logró determinar que Leguizamo (nació como hombre pero se autopercibe mujer) circuló con exceso de velocidad, por lo menos desde la avenida Colón al 900 hasta el lugar del impacto con la motocicleta, no respetando al menos los semáforos de Colón y Chile, Colón y Berutti y Colón y Darregueira, los cuales atravesó con luz roja.
En la elevación a juicio, el fiscal calificó la conducta atribuida a Leguizamo como homicidio simple con dolo eventual -con penas de 8 a 25 años de cárcel-, calificación que fue compartida por la jueza de Garantías al momento de otorgar la prisión preventiva y con posterioridad por la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal.
De manera subsidiaria la fiscalía planteó, para ser analizada en el debate, la figura de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor, exceso de velocidad, bajo los efectos de estupefacientes, paso con semáforo en rojo y culpa temeraria.