Investigación de delitos: cambios estructurales en fiscalía
El fiscal Marcelo Romero Jardín asumió la jefatura de la UFIJ 14, especializada en delitos sexuales, en reemplazo de su colega Marina Lara, quien quedó al frente de la UFIJ 7 genérica. La UFIJ 8 cesó temporalmente el ingreso de causas.
La falta de designación de funcionarios en el Ministerio Público Fiscal de esta ciudad -es recurrente el planteo por las vacantes- y el cúmulo de causas en trámite obligó a las autoridades del organismo que investiga los delitos en Bahía y la región a reorganizar su estructura de manera transitoria.
Entre los principales cambios figura la titularidad de una de las fiscalías especializadas en delitos sexuales (UFIJ 14), que desde hoy está a cargo del fiscal Marcelo Romero Jardín, en reemplazo de la fiscal Marina Lara.
Además el fiscal general Juan Pablo Fernández (a través de la Instrucción General Nº 183) dispuso el cese temporal de ingreso de causas en la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 8, así como la reasignación a la UFIJ 7 de expedientes en curso en las fiscalías 2 y 8 (esta última tenía como jefe a Romero Jardín).
En consecuencia, la UFIJ 7, ahora al mando de la doctora Lara, continuará las Investigaciones Penales Preparatorias por delitos genéricos, es decir no relacionados con temáticas especializadas, como por ejemplo homicidios o narcomenudeo.
Las causas que se inicien desde hoy, y que no corresponda la intervención de una unidad especializada, se asignarán a la UFIJ 2, bajo subrogancia del fiscal Diego Conti.
Filtro en la UFIJ 2
La fiscalía 2 "identificará tempranamente los hechos de la denuncia y dispondrá inmediatamente lo que corresponda si los hechos no resultan delictivos, si se ignora quiénes son los autores o si se les puede dar una solución alternativa a la investigación y proceso penal mediante mecanismos de mediación y conciliación penal".
Luego de esta selección, las denuncias restantes pasarán a tramitar en la UFIJ 7 (antes dirigida por Romero Jardín) para su "investigación y eventual promoción de la acción penal".
"De esta forma cesan dos unidades fiscales de investigación y una de ellas se transforma en una unidad de identificación temprana para proceder prontamente al modo de finalización correspondiente de lo que no es delito, de lo que se ignora quiénes son sus autores o de lo que se le puede dar una solución alternativa al proceso penal".
También se redistribuyeron los juicios orales de forma "equitativa" entre los fiscales y se estableció un "sistema de prioridades" para la investigación de delitos en los que no tiene competencia una UFIJ especializada.
Estas últimas medidas se implementaron en función del "mayor daño social, pluralidad de víctimas, damnificados en situación de vulnerabilidad y reiteración delictiva, con especial atención a los delitos contra la integridad física".
Otro de los motivos de la disposición "excepcional" son las seis vacantes de fiscales titulares, que "impiden continuar indefinidamente con el esquema organizacional" original.
Las modificaciones regirán hasta que se produzcan nuevos nombramientos para cubrir las vacancias.