Cuento del tío: otra cautelar a favor de un cliente bancario estafado
El Juzgado Federal N° 2 ordenó al Nación no cobrar, al menos por 3 meses, las cuotas de un crédito que un delincuente sacó a nombre del denunciante.
El hombre cayó, como tantos, a través de una de las variantes del cuento del tío.
A través de un portal de avisos clasificados, había puesto a la venta dos banquetas de barra desayunadora pertenecientes a su hija, por un valor de 3 mil pesos.
Un supuesto interesado coordinó la compra, le pidió CBU para la transferencia, pero luego le dijo que, por error, le había depositado 30 mil pesos.
Si bien C.K. no lo observaba en su saldo, minutos después recibió una llamada de un presunto empleado bancario, que le pedía que se trasladara hasta un cajero para subsanar el inconveniente.
C.K. en principio se resistió pero fue virtualmente presionado hasta que concurrió y en esas circunstancias, mediante engaños, lo llevaron a habilitar una clave Token y los estafadores sacaron a su nombre un crédito por 300 mil pesos.
Los abogados del hombre, Valentín Fernández y Gustavo Germán Muiños, hicieron una presentación judicial para frenar las cuotas que le debitaban desde el banco, al considerar que se rompió la cadena de custodia del servicio.´
"El banco conocía las estafas, la magnitud, metodología, periodicidad, y no adoptó medida alguna adicional de seguridad durante la pandemia, por el contrario flexibilizó la operatoria", consideró la parte afectada.
Ya pagó 6 cuotas
Entre marzo y agosto, C.K. debió afrontar cuotas de entre 31 mil y 33 mil pesos mensuales (más de un tercio de sus ingresos), teniendo en cuenta que sostiene una familia con dos hijos (uno de ellos discapacitado) y además afronta una cuota mensual de casi 20 mil pesos por un crédito hipotecario.
El Nación negó los cargos en su contra y argumentó que todo se trató de una "torpeza inexcusable" del cliente.
Sin embargo, la jueza federal N° 2, María Gabriela Marrón, le dio la razón a los abogados de C.K.
"Sin que implique emitir opinión sobre el fondo de la cuestión, es posible adoptar coherente y razonablemente la medida solicitada", resolvió Marrón y le ordenó al banco que se abstenga de descontarle la cuota al menos por 3 meses.
En el mismo sentido, reconoció que es preferible excederse en acordar una decisión cautelar de este tipo al perjuicio que se puede generar si se la rechaza.
"Para estos casos la medida cautelar es efectiva, porque si hay que esperar una sentencia, que puede tardar un año o más, el derecho llega tarde. Aun cuando le ordene devolver el dinero, mientras tanto el descuento de las cuotas le genera un perjuicio", explicó una fuente judicial.
Y aclaró que al cumplirse los 3 meses -de no haber fallo de fondo, como se presume- se podría pedir una renovación de la cautelar.