Bahía Blanca | Martes, 16 de abril

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¿Cómo organizar un negocio para pagar menos Ganancias?

Recientes modificaciones en la ley del impuesto permiten que, ante ganancias iguales, algunas formas societarias tengan menos costos tributarios.

Foto: archivo La Nueva.

Andrés Robledo (*)

   El Impuesto a las Ganancias aplica alícuotas distintas según el tipo de contribuyente. Esto genera que, a un mismo nivel de ganancia, algunos paguen 25% de impuesto y otros 35%.

   Durante muchos años las sociedades (Sociedades Anónimas, de Responsabilidad Limitada, etcétera) pagaban una alícuota fija del 35% de impuesto.

   Esto se modificó desde hace unos años y a partir 2021 las sociedades tienen alícuotas escalonadas del 25%, 30% y 35%, según sus ganancias impositivas anuales (hasta $5.000.000, entre $5.000.000 y $50.000.000, y más de $50.000.000; respectivamente).

   Pero las Sociedades de Hecho y Empresas Unipersonales tiene un tratamiento distinto. Los dueños (personas humanas) son los que declaran y pagan el impuesto generado por las empresas aplicando una alícuota que varía entre el 5%, 9%, 12% … ¡llegando hasta el 35%!. La alícuota máxima del 35% se aplica cuando las ganancias impositivas anuales son mayores a $ 760.000.

   Y aquí está la diferencia entre las Sociedades de Hecho o Empresas Unipersonales y las Sociedades (SA o SRL).

   Si la ganancia de la SA o SRL es menor a $5.000.000, la Sociedad aplicará la alícuota del 25% para determinar el impuesto, mientras que el dueño de una Sociedad de Hecho o Empresa Unipersonal aplicará la alícuota del 35%. A iguales ganancias y actividades, unos pagan 25% de Impuesto a las Ganancias y otros, 35%.

   Pero existen distintas alternativas para sortear esta situación.

   Las Sociedades de Hecho pueden transformarse en Sociedad Anónima o de Responsabilidad Limitada a través de un procedimiento ante la Dirección Provincial de Persona Jurídica. Si se aplica este criterio, la nueva sociedad pasa a ser contribuyente del Impuesto a las Ganancias, reemplazando al dueño de la Sociedad de Hecho.

   Las Sociedades de Hecho también pueden reducir el impacto del Impuesto a las Ganancias solicitando a la AFIP que se les aplique la misma alícuota que pagan las SA o SRL. A cambio, la AFIP exige que la Sociedad de Hecho lleve una contabilidad que le permita confeccionar Estados Contables. Si se elige esta opción deberá mantenerse por el plazo de 5 años.

(*) Contador Público y Especialista en Derecho Tributario. Docente UNS.