Bahía Blanca | Viernes, 17 de mayo

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Lo que se puede definir como una verdadera tomadura de pelo

La historia de dos kinesiólogos que sugerían detener la caída del cabello, provocando ilusión y pérdida de dinero a sus incautos pacientes.

   El viernes 7 de diciembre del año pasado la Real Academia Española presentó a la expresión “vende humo” -“tratar de convencer con palabras o argumentos carentes de sentido”- como una de las 2.451 modificaciones realizadas en la vigesimotercera edición de su diccionario.  

   En realidad, la RAE no hizo otra cosa que distinguir -¿quién no conoce algún gran vendedor de humo?-, a esos artistas (¿marginales?) que han hecho del engaño una tarea sumamente productiva... obviamente en beneficio, casi absolutamente, propio. 

   Y que se haya aceptado el término se debió a la incesante actividad del fuerte “movimiento” que no es exclusivo de un rubro y, ni siquiera, de un país.

   Un par de esos “vendedores”, refugiados en sus condiciones de kinesiólogos, tuvieron la lucrativa idea de buscarle el pelo al...calvo, ilusionándolo con la esperanzadora alternativa que la parte exterior de su cabeza presente un aspecto parecido al que supo tener, pero que el tiempo (o el paso de él, precisamente) le facturó.

   “Quiero puntualizar que la calvicie o la caída de cabello no constituye ninguna enfermedad en sí mismo, aunque puede derivar de alguna enfermedad”, dijo Héctor Piromanelli, cuando prestó declaración indagatoria en la causa Nº 64.747 que se le siguió por ejercicio ilegal de la medicina, y que motorizó un grupo de dermatólogos matriculados en el Colegio Médico.

"Apuntaba a lo estético"

   Al declarar ante el doctor Hugo Alberto De Rosa, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1, Piromanelli afirmó que su tratamiento “apunta a lo estético” y comentó que “también tironeaba el cabello, ello como producto de los masajes que hacía”, a la vez que presenta su título de kinesiólogo fisiatra que -aseguró- lo habilitaba “para el uso de técnicas tendientes a combatir la caída de cabello, al igual que la caspa y la seborrea”. 

   La denuncia formulada por el doctor Jorge Enrique Aldacour, fiscal de Cámaras cuando el 28 de febrero de 1991 se inició la causa, también tuvo como coprocesada a Marta Ángela Luna, quien prefería ser llamada Maleza.

   En entrevistas periodísticas, Maleza aseguraba ser kinesióloga, con 20 años dedicados a los estudios capilares, y negaba que lo suyo sea curanderismo y afimando que usaba una fórmula natural de tratamiento, en base a una loción regenerada vegetal que no contenía alcohol y que no penetraba en el torrene sanguíneo, ¡permitiendo recuperar el cabello en pocas horas!

   La promoción autogestionada por la mujer, también a través de avisos publicitarios, provocó la inquietud de algunos dermatólogos que publicaron una solicitada “con el fin de aletar a la poblacion en general” para que “no sea sorprendida en su buena fe, efectuamos, a traves de la presente, un alerta a los vecinos de esta ciudad y la zona", precisando que “nos referimos a dos casos puntuales, como los del los sr. H. Piromalli y la Sra. Maleza, quienes carecen del titulo de profesionales médicos y, por consiguiente, están inhabilitados para ejercer la medicina”.

Declararon dos "pacientes" y médicos

Más de 160 fojas. En el trámite de la causa, que consta de 162 fojas, el médico Jorge Alberto Valera (entonces de 55 años de edad) criticó conceptos de Marta Luna, al afirmar que el título de kinesióloga “no la habilitaría para realizar tratamientos capitales”. 

Testigos. Al menos dos testigos, que fueron “tratados” por los acusados, coincidieron en la ineficacia del tratamiento.

Sin habilitación. El 8 de abril, el doctor Carlos Paten, de Región Sanitaria I, informó que “no consta en esta Región Sanitaria pedido de habilitacion de local alguno para el tratamiento de esas patologías, a nombre de las personas citadas” y que “no están inscriptos en el Colegio de Farmaceuticos, por lo cual no estan habilitados".

"Les enseñaba a lavarse la cabeza"

La explicación. Héctor Piromanelli dijo, ante el juez, que había atendido desde 1975 en la ciudad (hasta la denuncia) y que su tratamiento “consistía en lavado de cabeza con un shampoo de venta libre”, que “les enseñaba a sus pacientes a lavarse la cabeza” y que “no aplicaba un producto preparado por el dicente”. 

Estimulación. Sí reconocía un tratamiento de “electro estimulación” con un aparato en la cabeza que mueve los músculos de los folículos filosos; es decir masajes kinefiláctos” y que, “por supuesto”, cobraba la consulta.
Sobreseimiento. El juez Hugo De Rosa sobreseyó las actuaciones al no encontrar debidamente acreditado el delito de ejercicio ilegal de la medicina.

¿Y Luna?. El 22 de octubre de 1993 fue declarada rebelde y en 2001 se extinguió la acción penal. Al margen de todo, la caída del cabello, la caspa y la seborrea siguen siendo problemas para mucha gente.