Criterio sobre delitos de lesa humanidad
CORDOBA (Télam) -- Un juez de Río Cuarto rechazó ayer la prescripción de la causa por la desaparición y muerte del niño Alejandro Flores, de 5 años, ocurridas en 1991 tras haber sido aparentemente atropellado por policías en esa ciudad cordobesa, por considerar que se trata de un caso de "lesa humanidad".
La decisión fue resuelta ayer a la mañana por el juez de Control riocuartense, Daniel Muñoz, quien se opuso a la solicitud de absolución por prescripción formalizada la semana pasada por el fiscal del caso, Javier Di Santo.
Esta no es la primera vez que el magistrado falla diferente al fiscal, ya que en febrero de 2007, Muñoz ordenó excarcelar a Gastón Zárate, el pintor sospechado en la causa por el crimen de Nora Dalmasso.
En esta ocasión, Muñoz desestimó el pedido de prescripción de Di Santo, quien había imputado de homicidio culposo al comisario retirado Mario Gaumet y de encubrimiento al efectivo del Grupo Eter, Gustavo Funes.
El representante del ministerio público había sostenido que los acusados debían ser sobreseídos, debido al tiempo transcurrido desde el accidente y ocultamiento de los restos del chico y el hallazgo del cadáver, hace un año, en un descampado ubicado a 500 metros de donde había sido atropellado.
Sin embargo, Muñoz consideró que son delitos de "lesa humanidad", por lo que no pueden prescribir, y se basó en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso de Walter Bulacio.
"Es posible sostener que la definición tradicional (de delitos de lesa humanidad) nació como consecuencia de las atrocidades cometidas por sistemas políticos totalitarios o con la producción de conflictos bélicos. Pero también es posible concluir razonablemente, que pueda acentuarse el nivel de conflictos particulares al extremo de otorgarles el trato de delitos excepcionales...", indicó.
"El niño Alejandro Flores padeció la violación a sus derechos esenciales, por un irregular ejercicio del deber de asistencia por parte de quienes le habían provocado las lesiones, omitiendo la adopción de medidas de protección que el estado del menor requería. Pero la gravedad se configura porque la inactividad no se debió a una simple desidia, sino que tuvo por finalidad el reprobable logro de la impunidad", agregó.
Más fundamentos
El magistrado consideró que "los dos empleados policiales se trasladaban en un móvil cumpliendo funciones para el Comando Radioeléctrico" y "sus tareas debían preservar vidas y bienes de los ciudadanos".
También dijo que "cuando ocurre el accidente omiten llevar al niño a un nosocomio, de acuerdo a la complejidad y gravedad que el cuadro presentaba".
Y agregó que los acusados, "incumpliendo obvios deberes de humanidad, no hicieron nada para encontrar a los padres de la criatura, que a esta altura lo daban por perdido".
"Todo esto no se debió a una mera negligencia, sino que todo estaba destinado a lograr la impunidad y el ocultamiento del hecho que los había tenido como protagonistas", manifestó el juez Muñoz, en declaraciones a la prensa.
Para el magistrado, lo ocurrido "es de tal gravedad que supera los estándares de los delitos ordinarios y trae aparejada la imprescriptibilidad del delito penal".
De acuerdo con la investigación del fiscal Di Santo, el hecho ocurrió el 16 de marzo de 1991, cuando Gaumet y Funes viajaban en un móvil Renault 12, del Comando Radioeléctrico, por Carlos Rodríguez y Pedro Zanni, en Río Cuarto, y atropellaron a Flores.
Según esa hipótesis, el patrullero chocó al chico de 5 años, los efectivos lo cargaron en el auto y luego pidieron ayuda a enfermeras para que asistieran a la víctima que agonizaba.
"Ambos uniformados dispusieron borrar todo rastro del accidente, habrían reparado los escasos daños producidos en el móvil policial, disponiendo el enterramiento del cuerpo del niño para eludir toda investigación en su contra", resaltó el fiscal.
En tanto, a partir de la resolución del juez, el fiscal de Cámara, deberá resolver ahora la cuestión, lo que se estima ocurrirá tras la feria judicial que comenzó en la víspera.
Satisfechos. El fallo del juez Muñoz fue recibido con satisfacción por los padres del niño, Víctor y Rosa, y sus abogados Juan Oberti y Enrique Zabala, quien defiende a Zárate en el caso Dalmasso. "Mi hijo fue el primer desaparecido de la democracia y no podía quedar impune el accionar policial", expresó Víctor Flores a la prensa.