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Las AFJP y las obras sociales

Por Hugo Bugarini.

 A los trabajadores y empleados del sector privado se les dio la opción, en su momento, de elegir entre la obra social de su sindicato o de algún otro o de una prepaga. También se les ofreció la oportunidad de hacer sus aportes jubilatorios dentro del sistema estatal, régimen de reparto, u optar por un régimen de capitalización adhiriendo a una AFJP.




 Al abrirse tales opciones, se observó un comportamiento muy particular. Aquellos trabajadores de mayores o medianos ingresos se inclinaron por las nuevas alternativas, como fue, en el caso de las obras sociales, seleccionar una prepaga. Es que esta les otorgaba beneficios superiores a su obra social sindical. En cuanto al régimen jubilatorio, optaron en su mayoría por el de capitalización. En ambos casos, aun a costa de algún aporte adicional.




 ¿Por qué se dieron estos desplazamientos? Para el caso del beneficio jubilatorio, se debió a que el sistema de capitalización les aseguraba una renta poslaboral superior a la que ofrece el Estado en el régimen de reparto. Históricamente, en este modelo, se nivela hacia abajo y hasta se reparten beneficios aun entre quienes no aportan. En lo atinente a la cobertura médico-asistencial, se observa que la oferta de las prepagas u otras obras sociales de personal jerárquico contemplaba una cobertura más amplia, de mejor calidad y mayor listado de servicios. Se notó, por otra parte, que, dentro de sus planes, había un mejor arancelamiento a los prestadores, en cuanto a honorarios y derechos; además, había menor tiempo de espera para recibir las prestaciones, justamente por el amplio listado de servicios. También se destacaba una amplia cobertura de medicamentos, debido a un vademécum farmacéutico más extenso.




 Vale la pena consignar que las ventajas señaladas tuvieron mucho que ver en la selección de prestador por decisión personal del empleado. Pero debe reconocerse que el empleador, las empresas, canalizaba a sus trabajadores a oferentes ajenos a su obra social sindical; es decir, la de su gremio. Es de suponer que ello pudo deberse a la intención de debilitar, de algún modo, las estructuras sindicales. Tendencia similar, aunque por otras razones, se dio en el sistema jubilatorio: las grandes empresas procuran apoyar a otros emprendimientos de capital, ya que, por su intermedio, podrían lograr dividendos o recursos financieros. No olvidemos que ellas mismas son, o fueron, también, una empresa de capital.




 Así dados los hechos, se pudo apreciar que empleados con mayor capacidad de aporte se volcaron a las prepagas o a las AFJP. En el caso de las obras sociales sindicales, tal comportamiento significó una desventaja en sus ingresos para ellas. Eso, al perder a los trabajadores que perciben sueldos más elevados. De tal modo, fueron quedando para brindar prestaciones a quienes ingresan menores aportes. Respecto del desvío de los fondos jubilatorios, sucedió algo similar: enormes recaudaciones dinerarias fuero destinadas a las AFJP, las cuales, a su vez, se veían beneficiadas por tener muy pocas prestaciones que efectivizar, teniendo en cuenta que su universo estaba compuesto, predominantemente, por población joven.




 ¿Qué acontece, entonces? Por decisión política, el gobierno acaba de promulgar la ley que deja sin efecto el llamado régimen de jubilación privado o de capitalización. Quienes habían optado por tal modalidad fueron pasados compulsivamente al único sistema de reparto a cargo de la Anses. Los trabajadores perdieron una opción, de ahora en más, y, cuando se jubilen, estarán inmersos en el sistema de reparto. Ya no serán ellos los que regulen para su futuro la remuneración de pasivos que se hubiesen programado. Dicho organismo del Estado, modelo de reparto, les hará los pagos que estime corresponder, tal vez adjuntando un "manual práctico" de cómo vivir con lo que le toca a cada uno.




 De ahora en más, hay un futuro incierto, un oscuro horizonte. ¿Seguirán en pie prepagas y obras sociales? Es que la tendencia actual de las autoridades gubernamentales apunta al manejo total de los recursos que están previstos para las prestaciones sociales. Pareciera ser que quedará sin efecto la opción del trabajador de registrarse y hacer sus aportes a una prepaga. Ello significa que volvería a ser cautivo del sistema sindical de atención médica a proveer por su gremio.




 Este primer movimiento, de aparente ventaja a favor de los sindicatos, tendría como contrapartida que las gestiones contractuales para las prestaciones e insumos pasarán a ser facultad de la superintendencia de Salud. Ello significa, ni más ni menos, que estatizar los manejos de los fondos de las obras sociales sindicales. Dicha repartición estatal seleccionará el prestador, adjudicará las ofertas y efectivizará los pagos. Los sindicatos, desde años ha, ya no recibían directamente dinero a su cuenta, en concepto de los aportes de los afiliados. Es la AFIP quien los recibe y distribuye conforme a su modo y tiempo. Pero, además, no termina ahí la intromisión del Estado: sometería a las obras sociales a un relevamiento de afiliados. Es que, al parecer, las cifras que manejan los sindicatos, en cuanto a número de beneficiarios, no se ajustan a lo real.




 A esta altura de los hechos, y por lo que se avizora, cabe preguntarse: ¿qué queda de aquellas obras sociales? Me refiero a las que, en el año 1968, el gobierno defacto de Onganía pusiera en las manos a los cegetistas de turno, bajo la ley 18.610.

El Dr. Hugo Bugarini reside en nuestra ciudad.