Bahía Blanca | Lunes, 23 de febrero

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La apuesta comunitaria en la provincia por un futuro sustentable

Al fomentar el autoconsumo y ampliar el acceso a tecnologías limpias, se busca reducir la dependencia de fuentes de energía convencionales y contaminantes. 

La provincia de Buenos Aires dio un paso decisivo hacia la transición ecológica al reglamentar el nuevo Reglamento de Generación Distribuida Comunitaria.

Esta normativa, oficializada a través de la Resolución 17/2026, marca un hito en la política ambiental bonaerense al permitir que vecinos, pymes, consorcios y cooperativas se asocien para producir su propia energía a partir de fuentes renovables e inyectar los excedentes a la red eléctrica.

La importancia de esta decisión para el cuidado del medio ambiente es fundamental.

Al fomentar el autoconsumo y ampliar el acceso a tecnologías limpias, la provincia busca reducir la dependencia de fuentes de energía convencionales y contaminantes.

Hasta el momento, el régimen estaba limitado a usuarios individuales, lo que dificultaba que grandes grupos de personas en edificios o barrios cerrados pudieran invertir en infraestructura verde.

Con este nuevo marco legal, se incentiva la creación de proyectos con una potencia superior a los 10 kW, lo que permite una reducción significativa de la huella de carbono a nivel local al aprovechar recursos como el sol o el viento para la generación eléctrica.

La posibilidad de compartir la inversión inicial elimina una de las principales barreras económicas para la adopción de energías limpias, democratizando el acceso a un modelo energético más respetuoso con el entorno.

Un esquema que premia la sustentabilidad

El sistema no solo beneficia al planeta, sino que ofrece un esquema de incentivos para quienes decidan sumarse a la iniciativa:

--Autoconsumo y venta: La energía generada se destina primero al consumo de los integrantes del proyecto, y cualquier excedente se traduce en un crédito de dinero en sus facturas de luz.

--Beneficios impositivos: Los proyectos que se inscriban en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable (RUGER) podrán acceder a exenciones fiscales y beneficios previstos en la Ley 15.325.

--Seguridad jurídica: La normativa establece condiciones claras —técnicas, jurídicas y tarifarias— para que la asociación de usuarios bajo una misma distribuidora sea viable y segura.

Esta medida se alinea con una tendencia regional de avanzar en la eficiencia energética y la movilidad sustentable, sumándose a esfuerzos similares en otras provincias que buscan transformar la matriz energética nacional.

Al facilitar que los ciudadanos dejen de ser meros consumidores para convertirse en "usuarios-generadores", Buenos Aires acelera su camino hacia un modelo de desarrollo que prioriza la salud de nuestro ecosistema.

¿Cómo se hace?

Para que los proyectos de generación distribuida comunitaria puedan operar en la Provincia de Buenos Aires, deben cumplir con una serie de requisitos técnicos y operativos fundamentales establecidos en la nueva normativa:

--Capacidad de potencia: Una de las condiciones técnicas centrales es que los sistemas de generación de energía renovable deben contar con una potencia superior a los 10 kW.

--Vinculación a la red: Todos los usuarios que deseen asociarse para un proyecto comunitario deben estar bajo la órbita de la misma distribuidora eléctrica, ya sea esta de carácter provincial o municipal.

--Configuración de los usuarios: El esquema permite la asociación de varios usuarios que posean puntos de suministro (medidores) independientes. También se habilita la posibilidad de que un mismo titular con al menos dos suministros diferentes pueda integrar el proyecto.

--Inscripción obligatoria: Es requisito indispensable que los usuarios-generadores se inscriban en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable (RUGER), organismo que depende del OCEBA. Este registro es el encargado de emitir el certificado habilitante para operar y acceder a beneficios.

--Definición de cuotas de participación: Desde el punto de vista contractual y técnico para la acreditación, los proyectos deben definir claramente el porcentaje de participación de cada integrante. Esta definición es la que determinará cómo se distribuirán los créditos económicos por la energía inyectada a la red en las facturas de luz individuales.

Estas exigencias buscan garantizar que la infraestructura técnica sea adecuada para la inyección de excedentes a la red de distribución de manera segura y organizada.

Ganancias

La distribución de las ganancias por la venta de energía en los proyectos comunitarios de la Provincia de Buenos Aires se realiza a través de un sistema de créditos directamente en las facturas de electricidad de los participantes.

De acuerdo con las fuentes, el proceso funciona de la siguiente manera:

--Prioridad de consumo: La energía generada por el sistema renovable se destina primero al autoconsumo de los integrantes del proyecto.

--Inyección de excedentes: Cuando se produce más energía de la que se consume, ese excedente se inyecta a la red eléctrica.

--Acreditación monetaria: El valor económico de esa energía volcada al sistema no se entrega en efectivo, sino que se acredita en dinero en las facturas de luz de los usuarios que integran el proyecto.

--Criterio de distribución: La repartición de estos montos se realiza según el porcentaje de participación que los integrantes hayan definido previamente en su acuerdo. Este porcentaje es el que determina exactamente qué parte de los ingresos derivados de la inyección de energía le corresponde a cada uno.

Además de estos créditos directos, los participantes pueden acceder a beneficios impositivos y exenciones fiscales (como las de ARBA) una vez que el proyecto esté debidamente inscrito en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable (RUGER).