Simplificación impositiva: punto por punto, el detalle de los cambios que impulsa el Gobierno
El Gobierno busca facilitar el cumplimiento fiscal con un nuevo sistema opcional para personas humanas. El salario mínimo para pagar Ganancias subió en junio.
El Gobierno presentó en el Congreso el proyecto de ley de reforma tributaria que introduce, entre otros puntos, un régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias, destinado a personas humanas y sucesiones indivisas.
Este nuevo mecanismo, de adhesión voluntaria, quedó habilitado el 1° de junio para las obligaciones tributarias desde el 1° de enero de 2025.
¿Cómo funciona la nueva declaración simplificada?
A partir de este régimen:
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ARCA determina el monto a pagar por cada contribuyente en función de su facturación y gastos deducibles.
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El contribuyente puede aceptar el monto sugerido y realizar el pago, cumpliendo así su obligación.
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Si no está de acuerdo, podrá realizar observaciones y esperar una respuesta.
Este modelo utilizará la información disponible en el organismo y los datos aportados por contribuyentes, responsables o terceros.
Una ventaja clave para quienes elijan este sistema es que quedan exceptuados de informar su patrimonio, una medida alineada con el plan para captar los llamados “dólares del colchón”.
A partir de cuánto se paga Ganancias desde junio de 2025
Con la nueva ley, las escalas del Impuesto a las Ganancias se actualizan dos veces al año, en enero y julio, según la inflación semestral.
En este marco, ARCA realizó el último ajuste en enero (11,8%), actualizando deducciones y alícuotas aplicables.
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Un trabajador soltero sin cargas familiares comenzará a pagar Ganancias con un sueldo bruto de $2.280.647 (neto: $1.892.937).
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Con cónyuge y dos hijos menores, el piso sube a $3.024.494 brutos (neto: $2.500.000).
Escala de deducciones vigente desde junio
Estas deducciones permiten reducir la base imponible del impuesto:
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Ganancia no imponible: $3.916.268,37
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Cónyuge/unión convivencial: $3.688.339,32
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Hijo menor de 18 años: $1.860.042,98
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Hijos con discapacidad: deducción doble, sin tope de edad
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Especial empleados: $18.798.088,20
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Especial autónomos: $13.706.939,31
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Emprendedores: $15.665.073,50
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Servicio doméstico: $3.916.268,37
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Seguro de vida: $573.817
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Intereses hipotecarios: $20.000
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Alquiler de vivienda: $3.916.268,37
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Escolaridad: $1.566.407
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Alquiler inquilino/propietario: sin límite
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Gastos médicos: sin límite
Condiciones para adherir al régimen simplificado
Para sumarse a esta modalidad, los contribuyentes deben cumplir, al 31 de diciembre del año anterior y durante los dos años fiscales previos, con los siguientes requisitos simultáneos:
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Ingresos totales: hasta $1.000 millones (gravados, exentos y no gravados).
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Patrimonio total: hasta $10.000 millones (bienes en el país y en el exterior).
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No ser Gran Contribuyente Nacional, según ARCA.
El Poder Ejecutivo podrá fijar requisitos reglamentarios adicionales.
Monotributistas que deseen adherirse deberán renunciar a su régimen actual y pasar al régimen general. (Cronista)