Bahía Blanca | Lunes, 22 de diciembre

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Muerte en la pileta: declaraciones y la recta final de la investigación

La fiscalía podría solicitar durante el primer semestre de 2026 la elevación a juicio de la causa por el deceso de Agustín Elián Alarcón, de 13 años. 

Luego de completarse la ronda de indagatorias, durante el primer semestre del próximo año la fiscalía estaría en condiciones de solicitar la elevación a juicio de la causa por la muerte de Agustín Elián Alarcón (13), registrada en una pileta de un complejo gremial ubicado en General Daniel Cerri.

Fuentes judiciales señalaron que la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1, a cargo del fiscal Cristian Aguilar, continuará trabajando en la “producción de prueba” y analizando las declaraciones de los investigados.

A partir de los elementos recolectados, otros voceros dejaron abierta también la posibilidad de ampliar las imputaciones hacia otras personas.

El adolescente, como se informara, falleció el 11 de febrero pasado, en el predio correspondiente al Personal de Industrias Químicas, Petroquímicas y Afines de Bahía Blanca, ubicado en la avenida Pernici y Alvarado, de la vecina localidad.

El menor, quien se encontraba con sus familiares pasando un día de recreación, falleció por ahogamiento por inmersión cuando uno de sus brazos quedó atrapado por la succión de la boca de la salida del agua.

Investigados

En la causa se encuentran imputados el encargado del predio, Fabricio Fabián Canteros; Lucas Partal, quien se desempeñaba como inspector de la Municipalidad de Bahía Blanca; y Andrés Arturo Goñi, en su carácter de ingeniero que inspeccionó las piletas.

Según el Ministerio Público Fiscal, incumplieron los deberes de cuidado de cada uno de sus roles al no responder con la exigencia respecto de la colocación de las rejillas que cubren las bocas de salida del agua de la pileta principal.

En el caso Canteros, se lo acusa de no acatar esa medida, mientras que a Partal y a Goñi, de no advertir la ausencia de esas rejillas en los informes presentados en el legajo  municipal.

Las fuentes destacaron la importancia del decreto provincial 3.181, de 2007, que, según mencionaron, establece en el artículo 8 la obligatoriedad de la colocación de ese elemento para evitar los efectos de succión.

También determina que debe estar adecuadamente colocada y que no pueda ser retirada por los bañistas.

Tras el hecho en el que perdió la vida Agustín Elián, el fiscal ordenó una serie de pericias para establecer cómo se produjo el incidente.

En ese momento, Aguilar pidió recabar declaraciones testimoniales de las personas que estaban presentes (tanto usuarios como el personal del predio), el registro de cámaras de seguridad si las hubiera y trabajos de inspección en el lugar del incidente fatal.

En la causa se encuentra presentado el abogado Martiniano Grecco, como representante legal de la familia de la víctima.

El encargado

En los últimos días declaró ante el fiscal Aguilar el encargado del predio perteneciente al sindicato bahiense.

El hombre iba a ser indagado el pasado 3 de noviembre, aunque por cuestiones de fuerza mayor determinaron en ese momento la postergación de la audiencia.

Fabricio Canteros, asesorado por el abogado Sebastián Martínez, dijo que en diciembre de 2024 lo postularon para el puesto y estuvo tres meses a prueba. También que tenía a su cargo el complejo ubicado en la zona de Villa Ventana.

El hombre señaló que nunca estuvo informado de la ausencia de la rejilla y que, teniendo en cuenta el tiempo que llevaba al frente del lugar, la pileta “ya estaba funcionando” como la encontraron el día del trágico episodio.

Detalló que desde su ingreso nunca estuvo colocado ese dispositivo de seguridad y que, según le refirieron otros trabajadores a los que consultó, desde 2012, cuando se realizaron refacciones, se utilizó en esas condiciones.

También consideró que Goñi mintió cuando declaró haber observado la rejilla colocada al momento que  inspeccionó la pileta para realizar el certificado de habilitación.

Describió que luego de ser imputado, el profesional le consultó a los empleados sobre la presencia o no de esa rejilla.

Responsabilidades

Canteros agregó que sus tareas estaban dirigidas a la coordinación de los trabajos de mantenimiento del orden y limpieza del lugar, parquizado, desmalezamiento y cuestiones administrativas (turnos y horarios de los empleados).

Se ubicó como “un intermediario” entre los responsables del gremio y los trabajadores del predio.

Sostuvo además que “no era mi función controlar la pileta o lo que pase” en ella.

Dijo que se limitaba a comprar los productos que le solicitaban los responsables para la limpieza de la piscina.

Acerca del trámite de habilitación, admitió que se encargó de recolectar la documentación.

Manifestó también que respecto al informe técnico “le pedía a Goñi actualizarlo, porque el que teníamos estaba cerca de la fecha de vencimiento”.

A preguntas del fiscal, dijo desconocer si Partal se presentó en el predio para inspeccionar la pileta.

Finalmente, Canteros remarcó que no era el encargado de controlar la seguridad de la piscina y que para esa cuestión había sido contratado el ingeniero Goñi.