Absolvieron a una acusada de falso testimonio en un resonante crimen
Fallo a favor de Florencia Pulido, quien cambió su declaración en el juicio por el homicidio de Ramiro Barragán.
Florencia Estefanía Pulido declaró haber visto la fuga de los dos delincuentes que, en medio de un asalto a la despensa de Líbano y Patricios, mataron de un tiro al comerciante Ramiro Barragán.
Tanto en la DDI (sede policial) como en la fiscalía, pocos días después del hecho -consumado el 31 de julio de 2017- describió a los delincuentes y aseguró que quien esperaba afuera como “campana”, al mando de la moto, era Gastón Nicolás Figueroa.
Dos años después, en medio del juicio, se retractó: “En el barrio se corría el rumor de que había sido Gastón. Lo cierto es que no estuve, no lo vi. Me hago cargo del error y pido disculpas tanto a la familia Barragán como a la de Figueroa".
Sin embargo, por otras pruebas, reunidas tanto en la causa como en el juicio oral, Figueroa y Juan Manuel Ortiz (a quien se consideró ejecutor del disparo que terminó con la vida del querido almacenero del barrio Noroeste) fueron condenados a 28 años de cárcel y a prisión perpetua, respectivamente.
Por su evidente cambio de versión, Pulido fue sometida a un proceso penal por el delito de falso testimonio.
La fiscalía impulsó los cargos y se llegó a un acuerdo de juicio abreviado con la mujer y su defensa.
Sin embargo, el juez Cristian Yesari, entonces integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 1, la absolvió porque consideró que la existencia del hecho requería, de parte de la acusación, una demostración "certera e indubitada" de que Pulido sí había estado en el lugar de los hechos y sí había visto lo que manifestó en un principio.
La apelación
El abogado de Figueroa, defensor oficial Eduardo Zalba, apeló esa absolución y dijo que su asistido había sido condenado en base a la declaración de Pulido y que no cree que existieran las supuestas amenazas a las que aludió la testigo, sino que sería una excusa para justificar su mentira.
También argumentó Zalba que no se mide con la misma vara las declaraciones propuestas por las defensas en relación con las de la acusación.
"A los testigos de cargo no se les exige mas que repetir el apellido de los imputados, con independencia de las contradicciones e incongruencias de sus relatos y de las circunstancias que se acreditan como falsas", afirmó el defensor en la presentación.
Sin embargo, en los últimos días la Sala III del Tribunal de Casación Penal rechazó los argumentos de la defensa de Figueroa (presentada en el caso como particular damnificado) y confirmó el fallo del juez Yesari.
Los jueces Víctor Horacio Violini y Ricardo Maidana, de Casación, consideraron que el grueso de los argumentos de la apelación se direccionaron hacia la sentencia por el homicidio y no respecto del fallo absolutorio por el falso testimonio.
"No dedica ni una sola línea de su ensayo impugnativo al abordaje de los motivos explicitados por el a quo (juez Yesari) para fundar la absolución de la imputada, de la que lisa y llanamente no se hace cargo, insistiendo en su mera opinión divergente sobre la suficiencia de la prueba valorada en la sentencia para sostener la existencia del delito atribuido a Florencia Estefanía Pulido", sostuvo Casación.
Posición llamativa
Lo más llamativo del caso es que el abogado de Figueroa consideró que los primeros relatos de la testigo (cuando comprometió al detenido) "no impresionan forzados ni inventados", a diferencia de lo que dijo en el juicio, cuando dijo no haberlo visto en el lugar.
"Más allá de la inexplicable posición adoptada por el casacionista al insistir en que Pulido habría faltado a la verdad al brindar en el juicio una testimonial que en verdad lo beneficia, cabe resaltar que el impugnante ni siquiera intenta refutar las razones desarrolladas por el sentenciante para fundar la absolución cuestionada", remarcaron los jueces de La Plata.
En consecuencia, el Tribunal de Casación Penal bonaerense consideró "correcta" la aplicación por parte del juez bahiense del principio de duda favorable a Pulido y de esa manera confirmó la absolución de la testigo.
Un caso conmocionante
Asalto. El 31 de julio de 2017, alrededor de las 20, dos delincuentes llegaron en moto hasta el almacén de Líbano y Patricios. Uno de ellos, con casco rojo, bajó y amenazó a Ariel Barragán -uno de los dueños- con una pistola 9mm.
Encuentro. Luego de apoderarse de entre 3 mil y 5 mil pesos, en la fuga se topó con Ramiro (31), hermano de Ariel, quien intentó retener al ladrón.
Forcejeo. La víctima cayó al suelo y el asaltante lo remató de un tiro como para asegurar el robo.